El Programa de Becas Santander Movilidad Internacional Pregrado está impulsado por el Grupo Santander y en Chile, por el Banco Santander Chile. El programa pretende, mediante la donación de una suma de dinero a una Institución de Educación superior, apoyar la formación de estudiantes de educación superior en el extranjero, permitiendo con esto insertar a Chile en una sociedad globalizada del conocimiento, dando así un impulso definitivo al desarrollo educacional, social y cultural de nuestro país. NUMERO DE BECAS El Programa permite la formación de al menos 400 estudiantes de educación superior de pregrado con excelencia académica, a través de la especialización de sus estudios en la especialidad que el beneficiado defina. DESTINATARIOS Los destinatarios de las sumas de dinero donadas, serán las instituciones de educación superior chilenas, identificadas en lo sucesivo conjunta e individualmente, -con independencia de su naturaleza jurídica- “Las Instituciones Participantes” y que. a tal objeto, suscriban un formulario online por el que se regule la adhesión de cada una al Programa. OBJETIVO DEL PROGRAMA Este Programa tiene por objeto fomentar la diversidad (económica, cultural o de situación de discapacidad) en la comunidad de beneficiarios en la forma y de acuerdo con los criterios y requisitos adicionales que la Institución Participante tenga a bien considerar a los de la presente convocatoria. La Institución Participante se responsabilizará de la verificación del cumplimiento de este tipo de requisitos a partir de los datos de carácter personal del solicitante de la beca de los que se dispone en las bases de datos de la propia institución. En el supuesto de que la Institución Participante tuviera que recabar datos de carácter personal que sean especialmente sensibles de los candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la institución como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento. Banco Santander declarará sin efecto la adjudicación o el término anticipado en caso que se compruebe, tanto en la etapa de admisibilidad, evaluación, adjudicación y durante toda la vigencia de la donación, que los beneficiarios hayan entregado documentación o información inexacta, no verosímil y/o ha llevado a error en el análisis de admisibilidad por parte del Banco. Lo anterior, atendido el alto interés que se ha manifestado desde la comunidad universitaria de pre grado para postular a las becas, sumado al de las instituciones de educación superior que promueven desde las casas de estudios la postulación a estas becas, Santander ha recogido este interés y ha decidido ampliar el beneficio, para que así puedan postular los estudiantes de pre grado, que estén cursando su segundo año o más, siempre y cuando, lo acredite su casa de estudios. INFORMACIÓN ADICIONAL IMPORTANTE Se actualizan las bases de postulación y ahora pueden postular alumnos desde segundo año de carrera.
1. El importe unitario para todos los beneficiaros de las mismas, sin distinción de país, será de 4.000 dólares o el importe equivalente en pesos chilenos a la fecha de su otorgamiento, aporte entregado por el Banco a la Institución Participante, quien abonará directamente el importe al becado, velando que el destino de éste se ajuste a los fines y objetivos descritos anteriormente. 2. En ningún caso Santander será responsable de la fluctuación de la moneda durante el período transcurrido entre la entrega de fondos a la institución participante y de ésta al estudiante beneficiado. 3. La finalidad de otorgar las donaciones a las Instituciones Participantes, es facilitar a los estudiantes de dichos establecimientos, el seguimiento de estudios durante un semestre académico en una universidad de otro país distinto al de origen. 4. Este apoyo será compatible con otras ayudas o formas de financiación que pueda obtener o recibir el estudiante beneficiario, con la condición de que no haya sido beneficiario de parte del Santander en el mismo año de la presente convocatoria. Su importe se destinará a ayudar a sufragar los costos de matrícula -si los hubiera-, desplazamiento, seguro de viaje, manutención y alojamiento.
Los candidatos deberán acompañar y acreditar el cumplimiento de los requisitos que se establecen a continuación: 1. Deberán ser estudiantes regulares de pregrado o licenciatura, desde el 2° año de carrera”. 2. Deberán, en todo caso, cumplir los criterios de elegibilidad, condiciones y procedimientos establecidos por sus instituciones en el correspondiente proceso de selección, y no haber obtenido con anterioridad una Beca de Movilidad de Santander Universidades.
1. Banco Santander creará una convocatoria específica del Programa en su página web www.becas-santander.com, que invitará a gestionar a las Instituciones Participantes a través del correo electrónico que éstas determinen. 2. El gestor de dicho correo, será el autorizado para gestionar la convocatoria y acceder a la información de los estudiantes de su institución que apliquen a la misma. 3. El gestor deberá seleccionar y becar a los alumnos a través de dicha plataforma. 4. No se abonará a la Institución Participante ninguna donación cuyo aspirante no haya seguido el proceso establecido a través de www.becas- santander.com. 5. Completar el formulario de postulación a través de www.becas-santander.com
1. Acreditar documentalmente ser alumnos regulares al momento de realizar su solicitud. 2. Presentar completamente lleno, impreso y firmado, el formulario de postulación a través de: www.becas-santander.com
SISTEMA DE CONVOCATORIA Y SELECCIÓN. 1. Cada una de las Instituciones Participantes, será responsable, en todos sus términos, de gestionar la correspondiente convocatoria, que éstas sean asignadas y que su resolución se ajuste a los criterios generales de publicidad, transparencia interna, objetividad, no discriminación, mérito y equidad. 2. Asimismo, y con independencia de los canales habituales que la Institución Participante utilice para la gestión, será requisito imprescindible para permitir la participación de los estudiantes de pregrado en los procesos de selección, el que los postulantes realicen su inscripción a través del enlace en la página web www.becas-santander.com 3. Las Instituciones Participantes, deberán velar porque las donaciones asignadas, sean efectivamente aprovechadas por los becarios, esto es, que estén en condiciones personales y materiales de realizar el viaje y completar sus estudios en el extranjero. En caso que por cualquier motivo, quedaran donaciones asignadas sin utilizar, Banco Santander Chile se reserva el derecho de disminuir la asignación en posibles futuras convocatorias. 4. No obstante, en lo referente a las fechas de inscripción en el Programa, se advierte a los posibles beneficiarios, que las Instituciones Participantes serán las responsables, en todos sus términos, de gestionar la correspondiente convocatoria. SELECCIÓN DE LOS BECARIOS a. Es responsabilidad de la Institución Participante que, al momento de adjudicar al beneficiado, verifique previamente que el candidato que postuló, cumpla con los requisitos que las bases indican y que los datos ingresados al sistema, sean iguales a los entregados de manera impresa por el becado de forma física a su institución. b. Todo el proceso de postulación y selección, así como la ratificación de los beneficiados deberá realizarse a través de la página www.becas-santander.com. Será obligación de la Institución Participante gestionar la postulación de sus estudiantes e informar oportunamente tanto a los estudiantes como a Santander Universidades, la identidad de los beneficiados.
OTROS ASPECTOS DE IMPORTANCIA 1. El alumno beneficiado deberá autorizar a la Institución Participante y a Banco Santander Chile, para que éstos proporcionen a terceros o sus respectivas sociedades filiales, de apoyo al giro o relacionadas, la información ingresada por éste a través de la página www.becas-santander.com y en el enlace correspondiente al programa. 2. Antes de iniciar su viaje, el beneficiario habrá de suscribir e incluir comprobante de la contratación de un seguro de viaje especial para todo el período de su estancia con cobertura médica y sanitaria, fallecimiento e invalidez por accidente, asistencia en repatriación de fallecidos por cualquier causa y reembolso de gastos médicos por accidente. 3. El beneficiado que fue adjudicado por la Institución Participante como beneficiario no deberá presentar a la fecha de su adjudicación o haber presentado en el pasado, antecedentes o conductas contrarias a la moral, las buenas costumbres, al orden público y/o que atenten contra el normal desenvolvimiento o funcionamiento de las actividades académicas respectivas. CONSIDERACIONES GENERALES DEL PROGRAMA a. Los estudios en la universidad de destino, deberán realizarse hasta el 31 de julio de 2023. b. La postulación a las universidades extranjeras, es de exclusiva responsabilidad de los postulantes y será realizada y/o auto gestionada directamente por éstos con apoyo de sus instituciones de educación superior. c. El importe de la donación será entregado a la respectiva Institución Participante, el cual a su vez, abonará directamente al becario sólo un mes antes de realizar el viaje y será requisito fundamental, la carta de aceptación de la Universidad de destino. d. Los beneficiados, deberán autorizar a la Institución Participante para que proporcione al Santander, a través de la página www.becas-santander.com y en el enlace correspondiente al programa, la información que éste les requiera a estos efectos. e. Con la concesión de la donación, el seleccionado podrá incorporarse y participar en las actividades y servicios que le ofrecerá la comunidad de becarios Santander. f. En caso que el beneficiario ya hubiese recibido los 4.000 dólares y por algún motivo decidiera retornar a Chile antes, será de exclusiva responsabilidad de la Institución Participante el establecer si obedece a un motivo justificado el retorno anticipado y consecuentemente, velar por el correcto destino de los recursos económicos aportados. En caso que la respectiva institución no realizara el adecuado seguimiento ante una situación de retorno anticipado, el Banco se reserva desde ya el derecho a no convocar a la institución para futuros programas. CONSIDERACIONES DE LA INSTITUCIÓN PARTICIPANTE 1. Mediante la gestión del Programa que se hace a través de la página web www.becas- santander.com, la correspondiente Institución Participante, declara conocer y aceptar, sin reservas y en toda su extensión, las condiciones y requisitos de las Bases Generales de la Convocatoria 2021 – 2022 / 2023 del Programa “Becas Santander Movilidad Internacional Pregrado” vigentes, sus contenidos, el procedimiento para la gestión y otorgamiento de las donaciones, así como los derechos y obligaciones para las Instituciones Participantes, que se recogen en www.becas-santander.com. Mediante la adhesión a estas bases, las Instituciones Participantes se considerarán parte de la Convocatoria 2021-2022 / 2023 del Programa “Becas Santander Movilidad Internacional Pregrado” en su condición de Instituciones Participantes y por tanto, asume los derechos y obligaciones que se derivan de la ejecución del mismo y acepta los que en el mismo ostenta Santander. 2. La adhesión por medio de la página web www.becas-santander.com, tendrá efectos vinculantes, desde la fecha de inicio de la gestión del Programa por parte de la Instituciones de educación superior. 3. Las Instituciones Participantes deberán suscribir los acuerdos bilaterales pertinentes de reconocimiento de estudios, reciprocidad y colaboración con las universidades de destino, que faciliten el mejor aprovechamiento académico de los estudiantes beneficiarios. 4. En todo caso, las Instituciones Participantes deberán haber realizado las correspondientes asignaciones de los beneficiarios a través de la plataforma habilitada www.becas- santander.com en los plazos establecidos a tal efecto y el estudiante beneficiario, haber aceptado correctamente en la misma plataforma para proceder a su abono. 5. Con objeto de garantizar el máximo aprovechamiento de las donaciones, las Instituciones Participantes se comprometen a hacer las asignaciones en los plazos establecidos a tal efecto. De no ser así, sin causa debidamente justificada y por escrito, se entiende que las Instituciones Participantes renuncian a las donaciones no otorgadas, por lo cual, las donaciones que no hayan sido asignadas, quedarán a disposición del Programa. 6. Las Instituciones Participantes prestarán su apoyo a los beneficiarios, en los trámites relacionados con el viaje a realizar y reconocerán los estudios seguidos en las universidades de destino, siempre que los hayan superados de manera satisfactoria. 7. Propiedad intelectual e industrial. 8. La adhesión al Programa y a su Convocatoria 2021 – 2022 / 2023 no supone cesión ni traspaso o renuncia de los derechos que correspondan a cada una de las Instituciones Participantes y al Banco, en relación con leyes relativas a la propiedad intelectual o industrial; conservando cada una todos los derechos sobre sus respectivos nombres, logos, marcas, bases de datos y cualquier otro bien protegido por la legislación vigente en materia tanto de propiedad intelectual como industrial. CONFIDENCIALIDAD a. En el marco de las conversaciones mantenidas para el lanzamiento del Programa de Becas Santander Movilidad Internacional Pregrado, de su Convocatoria 2021 - 2022 / 2023 y la ejecución de las acciones que a partir del mismo se decidan, Santander y las Instituciones Participantes podrán revelarse determinada información relativa a sus actividades necesaria para el lanzamiento y ejecución. b. Los deberes de confidencialidad derivados de lo establecido anteriormente permanecerán durante la convocatoria y subsistirán con posterioridad a la extinción de la misma, por tres años. Asimismo, el Santander y las Instituciones Participantes se comprometen a devolverse o destruir la información confidencial en el momento de la extinción de la convocatoria sin que sea necesario requerimiento previo para ello. c. El Santander y las Instituciones Participantes se comprometen a no copiar, reproducir, ceder información o material facilitado para la gestión de la presente convocatoria, así como a no permitir a ninguna otra persona física o jurídica la copia o reproducción o divulgación, sea total, parcial o de cualquier forma, de la información o materiales facilitados en cualquier momento, sin la autorización previa de la otra parte manifestada expresamente y por escrito. d. El Santander no será responsable de la veracidad de la documentación presentada, quedando en su caso facultado para ejercer las acciones oportunas en caso de que se dedujesen engaños y/o repercusiones frente a terceras partes como consecuencia del otorgamiento de las donaciones. e. En todo caso, el candidato mantendrá indemne al Santander, que no será responsable en modo alguno, de cualquier reclamación judicial, extrajudicial, acciones comerciales, contractuales o de cualquier otra naturaleza, que traigan causa en el contenido de la candidatura presentada, ni del otorgamiento de la donación. f. La aceptación de estas bases implica el consentimiento de los candidatos participantes para la incorporación de sus datos personales al fichero de titularidad de Banco Santander Chile, y a su tratamiento automatizado así como a la cesión que Banco Santander Chile realizará a la institución de procedencia y a la de destino, así como al Banco filial del país de residencia del participante en el Programa, en su caso, con la finalidad de verificar la participación en el Programa y seguimiento del mismo, de la gestión y poder recibir todo tipo de información acerca de las actividades académicas y programas que realiza o promueve el Banco Santander. g. La Institución Participante se compromete a recoger, en el momento de la concesión de las donaciones, respecto de cada uno de los beneficiarios de las mismas, la autorización necesaria para la cesión de sus datos a Banco Santander Chile, para su incorporación al fichero del Portal Comunidad de Becarios, en la forma que éste tenga por conveniente. En este sentido, Santander y las Instituciones Participantes, se comprometen, a cumplir lo establecido en la Ley 19.628 de Protección de Datos de Carácter Personal y demás legislación concordante y aplicable en esta materia. h. Los deberes de confidencialidad derivados de lo establecido anteriormente permanecerán durante la convocatoria y subsistirán con posterioridad a la extinción de la misma, por tres años. Asimismo, el Santander y las Instituciones Participantes se comprometen a devolverse o destruir la información confidencial en el momento de la extinción de la convocatoria sin que sea necesario requerimiento previo para ello. PROTECCIÓN DE DATOS 1. En particular el Santander y las Instituciones Participantes, manifiestan expresamente que, por causa de la redacción de las presentes bases, no será necesario el acceso, por parte de ninguna de ellas, a datos de carácter personal titularidad de las otras, no obstante, se comprometen a cumplir las previsiones establecidas en la normativa nacional y comunitaria de protección de datos. A tal efecto, en el supuesto de que pueda producirse un acceso por parte de cualquiera de ellos a datos de carácter personal responsabilidad de las otras, se suscribirá un acuerdo de encargo de tratamiento, con carácter previo a dicho acceso, en el que se dé cumplimiento a las obligaciones que la normativa establece para los Encargados de Tratamiento. 2. Los datos de contacto de las personas representantes de Santander y de las Instituciones Participantes para la redacción de las presentes bases serán tratados en base al interés legítimo de los mismos, con la finalidad de gestionar el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de los dispuesto en las presentes bases. 3. Tales datos se tratarán mientras que se mantenga la convocatoria y, posteriormente, se conservarán bloqueados hasta un plazo máximo en virtud de la normativa aplicable de Prevención de Blanqueo de Capitales. MODIFICACIÓN DE LAS BASES. a. El hecho de concurrir a la presente Convocatoria del Programa, supone la aceptación por el candidato de sus bases y de su resolución, que será inapelable, y la renuncia a cualquier tipo de reclamación. El Santander, se reserva el derecho de modificar las bases de la Convocatoria del Programa, parcial o totalmente en cualquier momento, informando acerca de las modificaciones introducidas a los candidatos a través de la página web http://www.becas-santander.com b. En caso de dudas y/o conflictos de interpretación referentes al contenido de las presentes bases, el Santander se encuentra facultado para interpretar y determinar el alcance de las bases. CERTIFICADO DE DONACIÓN 1. Será obligación de las Instituciones Participantes, sujetarse y dar estricto cumplimiento a las normas legales que amparan este tipo de donaciones. Especialmente, al momento de recibir el importe de las donaciones entregar el respectivo certificado de donación al Banco de conformidad al Art. 69 de la Ley 18.681, esto es, el certificado deberá ser impreso, con numeración correlativa, timbrado y registrado por el Servicio de Impuestos Internos, contener la individualización completa del donante y donatario, monto y fecha de la donación, llevar impresa la referencia al artículo 69 de la Ley 18.681, señalar el destino de la donación, debiendo ser entregado al banco antes del 20 de octubre del 2021. Además, el certificado deberá contar con una copia de la resolución de visado de las donaciones emitido por el Ministerio de Educación Pública. 2. La no entrega oportuna del certificado de donación, será causal suficiente para excluirla de posibles futuras convocatorias. LEGISLACIÓN APLICABLE. La Convocatoria 2021 – 2022 / 2023 del Programa de Becas Santander Movilidad Internacional Pregrado y las adhesiones de las Instituciones Chilenas Participantes al mismo se someten a la legislación chilena.
Las postulaciones al programa podrán realizarse a través de la página web www.becas- santander.com de acuerdo con el siguiente calendario: Desde el 17 de junio de 2021 al 12 de julio de 2021, ambos inclusive: Periodo de inscripción Evaluación de solicitudes: de 12/07/21 al 19/07/21 Desde el 13 de julio de 2021 al 19 de julio de 2021, ambos inclusive: Periodo de asignación de los beneficiados Selección de candidatos: 19/07/21 Desde el 20 de julio de 2021 al 26 de julio de 2021, ambos inclusive: Periodo de aceptación de parte de los beneficiados Inscripciones abiertas de: 17/06/21 al 12/07/21 23:00 (GMT-04:00) Los estudios en la universidad de destino, deberán realizarse hasta el 31 de julio de 2023.
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