Las becas para escuelas particulares del Gobierno de Guerrero están dirigidas a los alumnos inscritos en escuelas particulares, con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), incorporadas a la Secretaría de Educación de Guerrero, para estudios en los niveles de Educación Inicial, Preescolar, Especial, Primaria, Secundaria, Medio Superior, Superior y Capacitación para el Trabajo.
1. Las becas consisten en la exención total o parcial del pago de la inscripción y colegiaturas mensuales, o sólo de éstas últimas. La exención parcial deberá ser equivalente cuando menos al 25% del total de dichas cuotas, podrá asignarse un porcentaje menor, solamente cuando las tres cuartas partes de los miembros del Comité de Becas Institucional así lo decidan, conforme al acta de acuerdos debidamente formalizada, que señale a los alumnos considerados con este criterio. 2. La vigencia de la beca será por el número total de meses que incluyan las colegiaturas durante el Ciclo Escolar 2022-2023. 3. La institución educativa deberá otorgar, al menos, un número de becas completas, o el correspondiente número de becas parciales, equivalentes al monto de las colegiaturas anuales del 5% de los alumnos inscritos en el nivel o servicio educativo. Dentro de este porcentaje no deberán considerarse las becas que la institución conceda a los hijos o familiares de su personal con el carácter de prestación laboral, ni las que impliquen la aceptación de algún crédito, servicio, actividad o gravamen a cargo del beneficiario.
1. Acreditar un promedio mínimo de 8.0, en el Ciclo Escolar 2021-2022, excepto para los niveles educativos Inicial y Preescolar. 2. Demostrar que el padre/madre/tutor o interesado, no perciben ingresos mayores a 4 veces el salario mínimo mensual vigente, siendo la cantidad de $12,321.60 (doce mil trescientos veintiuno pesos 60/100 m.n.). 3. En el caso de renovantes, la beca será autorizada siempre y cuando prevalezcan las condiciones que originaron su otorgamiento. 4. El becario no podrá ser beneficiado en más de una institución educativa.
1. Formato de Solicitud de beca del Ciclo Escolar 2022-2023, firmado por el padre/madre/tutor o interesado. (original) 2. Acta de Nacimiento delalumno solicitante. (copia) 3. Clave Única de Registro de Población (CURP) del alumno solicitante. (copia al 200%) 4. Reporte de Evaluación del Sistema Educativo Nacional o Kardex del Ciclo Escolar 2018- 2019, con firma del Director y sello oficial (copia por ambos lados en una sola hoja y original para cotejo). Si la evaluación es por período: - Semestral: boleta o Kardex de los 2 semestres (2021-2022) - Trimestral: boleta o Kardex de los 4 trimestres (2021-2022) - Cuatrimestral: boleta o Kardex de los 3 cuatrimestres (2021-2022) 5. Constancia de inscripción del Ciclo Escolar 2022-2023, señalando el nombre del educando y grado, debidamente rubricada por el director y sello oficial. (original). 6. Comprobante de ingresos económicos máximo 3 meses de antigüedad desde la fecha de la publicación de la convocatoria, del padre/madre/tutor o interesado que especifique el total de percepciones sin descuentos y la ocupación. Serán válidos los siguientes: a. Comprobantes de pago, que acrediten un mes de salario. (copia) b. Constancia de ingresos, expedido por la empresa, señalando el sueldo mensual, el RFC y el sello oficial de la misma. (original) c. Constancia de ingresos, expedida por el H. Ayuntamiento especificando el salario mensual y ocupación. Ésta en caso de no tener cómo comprobar ingreso salarial. (original) d. No se recibirán declaraciones ante el SAT, ni estados de cuentas bancarios. 7. Identificación oficial del padre/madre/tutor o interesado (INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla de Servicio Militar). (copia al 200%)
CAUSAS DE CANCELACIÓN DE LA BECA 1. Término de estudios, la beca no podrá ser extensiva para opciones de titulación y/o liberación de servicio social. 2. Pérdida de alguno de los requisitos previstos en la Convocatoria. 3. Cuando el beneficiario proporcione declaraciones o datos falsos. 4. En caso de que el alumno no concluya el trámite en tiempo y forma 5. Por baja temporal o suspensión de estudios. 6. Cuando la (el) beneficiaria (o) renuncie a la beca, lo deberá manifestar por escrito. 7. Que el becario atente contra la integridad de los demás educandos o realice actos de bullying. 8. Que el becario cause baja por fallecimiento.
Inicio periodo solicitud: 5/9/2022 Fin periodo solicitud: 30/9/2022 Publicación de resultados: 28/11/2022