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Beca de Doctorado Igualdad de Oportunidades Fulbright - ANID (Beca BIO), 2022

Becas para realizar estudios de doctorado en universidades de Estados Unidos (Programa de Becas Fulbright Chile)

Inicio Convocatoria
23/06/2022
Cierre Convocatoria
26/07/2022
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

01
¿Quién concede la beca?

Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo de Chile - ANID|Gobierno de Chile|Fulbright|Gobierno de los Estados Unidos

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
02
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

La beca de Doctorado Igualdad de Oportunidades Fulbright - ANID (Beca BIO) es parte del programa BECAS CHILE de ANID, que tiene como objetivo aumentar las oportunidades de estudio y perfeccionamiento en el exterior para estudiantes de postgrado y fortalecer la vinculación internacional con instituciones de educación e investigación de excelencia. Para ello la Subdirección de Capital Humano de la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo - ANID tiene como misión contribuir al incremento del número de investigadores/as, que permita insertar a Chile en la sociedad del conocimiento, dando así un impulso definitivo al desarrollo económico, social y cultural de nuestro país. OBJETIVO GENERAL La Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID), en el marco del acuerdo de Formación de Capital Humano Avanzado suscrito entre esta entidad y La Comisión para el Intercambio Educativo entre Chile y los Estados Unidos de América (Comisión Fulbright), llaman a concurso para otorgar becas -en adelante denominadas BECAS DE DOCTORADO IGUALDAD DE OPORTUNIDADES – FULBRIGHT - ANID, CONVOCATORIA 2022, a chilenos/as que no posean el suficiente conocimiento de inglés que les permita postular en igualdad de condiciones a los programas de becas ofrecidos por BECAS CHILE y la COMISIÓN FULBRIGHT, y que, asimismo, presenten una situación de vulnerabilidad socioeconómica que amerite la adjudicación de una beca especial para iniciar estudios conducentes a la obtención del grado académico de Doctor en universidades de excelencia en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Esta beca tiene el objetivo de formar capital humano avanzado en todas las áreas del conocimiento para que los/as graduados/as, a su regreso a Chile, apliquen los conocimientos adquiridos y contribuyan al desarrollo científico, académico, económico, social y cultural del país. Se EXCEPTÚAN de este financiamiento las siguientes áreas del conocimiento: Ciencias Jurídicas (JSD o SJD), Enfermería, Kinesiología, Medicina Clínica, Odontología, Psicología Clínica. SOBRE LA DURACIÓN DE LA BECA La duración de los beneficios de la beca de Doctorado, será de carácter anual, renovable hasta un máximo de CUATRO (4) años contados desde el ingreso del/de la becario/a al programa de estudios y sujeto al rendimiento y resultados académicos obtenidos por éste/ésta. Si luego de la adjudicación y/o firma del convenio de beca, se detectare que los estudios de postgrado de un/a seleccionado/a se desarrollarán en Chile (de manera total o parcial), o que éstos no se desarrollarán de manera continua, diurna, presencial y a tiempo completo en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, la ANID procederá a declarar sin efecto la adjudicación de la beca o el término anticipado de la misma. Sin perjuicio de lo anterior, los/as becarios/as podrán realizar trabajos de campo en cualquier país del mundo, incluido Chile, los que sólo podrán desarrollarse con el correspondiente apoyo del/de la tutor/a. En estas situaciones, el/la becario/a deberá cumplir con lo establecido en el numeral 16.10 de las bases. El plazo total de la beca no podrá exceder los CUATRO (4) años, contados desde el ingreso del/de la becario/a al programa de Doctorado. Los beneficios de la beca estarán vigentes hasta ese plazo o hasta la fecha del examen de grado o instancia equivalente, según el hito que suceda primero. Los/as becarios/as deberán informar por escrito a la ANID la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente y acreditarlo mediante documento emitido por la universidad. En caso que el/la becario/a reciba beneficios con posterioridad a la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente, los/as becarios/as deberán restituir dichos fondos a la ANID en las condiciones que este Servicio establezca. PATROCINIO DE LA COMISIÓN FULBRIGHT. Los/as interesados/as a la obtención de esta beca, deberán primeramente obtener el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT.

03
¿Qué beneficios ofrecen las Becas de Doctorado Igualdad de Oportunidades Fulbright - ANID (Beca BIO)?
Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
Alimentación / Manutención / Comedor / Despensa
Seguro / Beneficios médicos
Transporte internacional
Matrícula / Colegiaturas
Asesoría
Trámites / Visa
Apoyo para gastos de instalación
Apoyo para familiares
Cursos de idioma local
Libros / Útiles / Material
Otros
Duración de la beca > 1 año
                                

ASPECTOS GENERALES SOBRE LOS BENEFICIOS 1. Las asignaciones de manutención mensual se otorgarán a partir del día en que se inicie la beca y se pagarán hasta el día en que ésta termine, de manera que para el primer y último mes sólo se pagarán las asignaciones en proporción a los días que correspondan. Lo anterior, no se aplicará a las demás asignaciones las cuales se pagarán íntegramente, las que en todo caso sólo corresponderán mientras la beca se encuentre vigente. 2. Los/las becarios/as deberán cumplir con los mecanismos que estipule la ANID para hacer efectivos los pagos de los beneficios asociados a la beca. Esto incluye la obligación por parte de los/las becarios/as, de enviar a la ANID la información de una cuenta bancaria unipersonal a nombre del/de la becario/a, en Chile o el extranjero. BENEFICIOS OTORGADOS POR LA ANID: 1. Un pasaje de ida, en clase económica, desde el aeropuerto más cercano a la ciudad de residencia del/de la beneficiario/a en Chile hasta la ciudad donde corresponda que el/la beneficiario/a inicie su programa de estudio en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 2. Un pasaje de retorno a Chile, en clase económica al término del programa de estudio, tanto para el/la becario, como para su cónyuge o conviviente civil e hijos/as, cuando corresponda, y de acuerdo a las disposiciones legales sobre migración de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. No corresponderá la entrega del pasaje de ida en el caso que el/la becario/a, o su familia, lo haya o hayan recibido en razón del beneficio de nivelación idiomática indicado en el Anexo Nº II, o tenga residencia en el extranjero antes de la adjudicación del concurso. 3. Una suma equivalente al costo de arancel y matrícula del programa de estudios, de corresponder, una vez consideradas las reducciones o rebajas obtenidas por el acuerdo de formación de capital humano avanzado entre la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo – ANID y la COMISIÓN FULBRIGHT. Sólo se pagarán por este concepto los costos directamente relacionados con el programa de estudios y que sean obligatorios para la realización de éstos, excluyéndose todo pago por servicios de otra naturaleza prestados por la universidad, tales como, seguros médicos, sala cuna, actividades deportivas, entre otros. 4. Asignación única de instalación correspondiente a US $500 (quinientos dólares americanos). No corresponderá la entrega de este beneficio en el caso que el/la becario/a se encuentre en EE.UU. realizando un curso de nivelación idiomática o tenga residencia en EE.UU. antes de la adjudicación del concurso. 5. Asignación anual para compra de libros y/o materiales de US $300 (trescientos dólares americanos). 6. Asignación de manutención mensual para el/la becario/a durante la duración efectiva del programa de estudios de doctorado, correspondiente a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, renovable anualmente hasta un máximo de cuatro años contados desde el ingreso del/de la becario/a al programa de estudios. Los montos de las asignaciones de manutención se encuentran establecidos en el Anexo I de las bases. Esta asignación será proporcional a la duración de la vigencia de la beca, es decir, los/as becarios/as recibirán su manutención por los días en que efectivamente realizaron sus estudios de doctorado financiados con la beca. 7. Asignación de manutención mensual por el/la cónyuge o conviviente civil, establecida en el Anexo I de las bases, por el tiempo que el/la becario/a declare su compañía. En caso que ambos/as cónyuges o convivientes civiles ostenten la calidad de becarios/as, se perderá este beneficio. En caso que el/la becario/a contraiga matrimonio o celebre un acuerdo de unión civil con posterioridad a la adjudicación de la beca, o su cónyuge o conviviente civil obtenga una Beca Chile, éste/ésta deberá informar sobre dicha situación a la ANID con el objeto de evaluar si se cumplen las condiciones exigidas en este numeral para percibir el beneficio. Esta asignación será conferida en la forma que se otorga al/a la becario/a, según el numeral 14.3.5 de las bases, y por el tiempo que éste declare su compañía con el/la cónyuge o conviviente civil. 8. Asignación de manutención mensual por cada hijo/a menor de 18 años, establecida en el Anexo I de las bases, por el tiempo que éste declare su compañía. En caso que ambos padres ostenten la calidad de becarios/as, sólo uno de ellos percibirá esta asignación. En caso que el/la becario/a tenga un/a hijo/a con posterioridad a la adjudicación de la beca, éste deberá informar sobre dicha situación a la ANID con el objeto de evaluar si se cumplen las condiciones exigidas en este numeral para percibir el beneficio. Esta asignación será conferida en la forma que se otorga al/a la becario/a, según el numeral 14.3.5, y por el tiempo que éste/ésta declare su compañía con el/la hijo/a menor de 18 años. 9. Asignación anual de salud para seguro médico para los/as hijos/as y/o cónyuge o conviviente civil del/de la becario/a que residan con éste en el país de destino por un monto máximo de US $800 (ochocientos dólares americanos). 10. Extensión de la asignación de manutención mensual para becarias con permiso de pre y post natal hasta por seis meses en total. Para gozar de este beneficio la becaria deberá encontrarse en estado de gravidez durante la beca y enviar a la ANID el certificado médico respectivo que acredite el estado de gravidez con el objetivo de evaluar si se dan las condiciones exigidas en este numeral para percibir el beneficio. Los meses utilizados por motivo de pre y post natal no se considerarán para el cómputo del período original de la beca. Este beneficio sólo podrá solicitarse durante la vigencia de la beca. 11. Asignación única de regreso por un valor de hasta US $500 (quinientos dólares americanos). 12. Beneficios asociados a la nivelación de idioma en Chile y EE.UU., según el Anexo II de la convocatoria. NOTA 1: La lista de beneficios es de carácter taxativo por lo que no procederá la entrega de ningún otro adicional por la ANID. NOTA 2: Para efectos de hacer efectiva la asignación del cónyuge o conviviente civil e hijos/as menores de 18 años el/la becario/a deberá entregar el respectivo certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil y/o el certificado de nacimiento del/de la hijo/a o la libreta de familia donde se señale el nombre del/de la becario/a como padre o madre del mismo. En el caso de que el evento del matrimonio o unión civil se efectúe en el extranjero, deberá acreditar este hecho a través del respectivo certificado del Registro Civil de Chile. Ver las condiciones señaladas en los numerales 14.3.6 y 14.3.7. NOTA 3: En el caso de aquellos/as becarios/as que contraigan matrimonio o celebren el acuerdo de unión civil o tengan hijos/as durante el goce de la beca, podrán solicitar los beneficios correspondientes solo durante la vigencia de la beca. LA COMISIÓN FULBRIGHT SERÁ RESPONSABLE DEL FINANCIAMIENTO E IMPLEMENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES BENEFICIOS PARA LOS/AS SELECCIONADOS/AS POR LA ANID Asesoramiento a cada postulante en el proceso de búsqueda de universidades en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA para obtener admisión académica. Asesoría en presentaciones de las postulaciones a las universidades estadounidenses, incluyendo ensayos de objetivos de estudio y personales. 1. Certificación de traducción de concentración de notas y certificados emitidos por universidades chilenas. 2. Exención del costo de postulación a universidades en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 3. Provisión de textos para la preparación de exámenes TOEFL y GRE. 4. Rendición sin costo para los seleccionados de exámenes TOEFL y GRE antes de la postulación a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 5. Gestionar, a través de agencias cooperadoras en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, la admisión de los/as becarios/as a un programa de doctorado en una universidad, y/o centro de investigación, y/o centro de estudios estadounidense ubicada(o) dentro de los primeros 150 lugares de los rankings de mejores universidades según el Times Higher Education (THE) o el Academic Ranking of World Universities (Shanghai, ARWU), relativos a la últimas publicaciones de los mismos vigente a la fecha de cierre de las postulaciones, o bien que se encuentren ubicados dentro de los 50 primeros lugares de los rankings ya señalados, en el área específica a que se refiere el programa. 6. Gestionar, a través de agencias cooperadoras en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, la reducción de aranceles de los programas de doctorado. 7. Tramitación sin costo de visa J-1 a las y los/as becarios/as y visas J- 2 para los familiares dependientes de la becaria o el becario. 8. Orientación antes de la partida a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 9. Curso de nivelación de inglés en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA antes del inicio del doctorado. 10. Provisión de seguro de salud para el/la becario/a otorgado por el Departamento de Estado del Gobierno de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA durante el patrocinio de Fulbright. 11. Participación en seminario regional Fulbright durante el segundo semestre académico en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 12. Seguimiento durante i) el período que el/la becario/a realice el curso de nivelación de inglés y ii) los cuatro años de duración del doctorado en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a través del Instituto Internacional de Educación (IIE) y Fulbright Chile. 13. Cobertura de los costos administrativos en que incurran las agencias cooperadoras de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA designadas para la supervisión y seguimiento de los/as becarios/as en universidades estadounidenses. 14. El pasaje de ida y retorno para cónyuge o conviviente civil e hijos/as, la asignación de manutención por cónyuge o conviviente civil e hijos/as y la extensión de la asignación de manutención mensual para becarias con permiso de pre y post natal serán otorgados solamente a aquellos/as becarios/as cuya duración de la beca sea igual o superior a los 12 meses. Es obligación del/de la seleccionado/a conocer los requisitos de migración de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en particular aquellos que permitan viajar al/a la cónyuge o conviviente civil y dependientes mientras el/la becario/a realiza cursos de nivelación de idioma en este país. No será responsabilidad de la entidad ejecutora de éste y otros requisitos, de acuerdo a leyes migratorias de la ciudad/país de destino. COMISIÓN FULBRIGHT no será responsable ante los/as becarios/as en caso que, debido a fluctuaciones de la tasa de cambio, la manutención mensual caiga por debajo del mínimo requerido para estar en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y obtener la visa. Los/as becarios/as deberán mantener un rendimiento académico acorde con los estudios de doctorado y cumplir con las exigencias indicadas por el programa de estudios. El incumplimiento de lo anterior faculta a ANID para poner término anticipado a la beca y con ello poner el fin al financiamiento otorgado por la ANID y COMISIÓN FULBRIGHT. NOTAS 1. La ANID pagará el saldo del arancel directamente a la universidad o centro de investigación en el cual los/as becarios/as desarrollen los estudios de doctorado. Los pagos de manutención, y otros montos indicados, se efectuarán directamente a los/as becarios/as. 2. Los beneficios que otorgan la ANID y los contemplados por la COMISIÓN FULBRIGHT se complementarán entre sí. No se permitirá ni otorgará duplicidad de beneficios. CLASIFICACIÓN DE POSTULANTES SELECCIONADOS SEGÚN EL NIVEL DE IDIOMA INGLÉS a. Los/as seleccionados/as serán clasificados según el nivel de idioma que demuestren. Esta clasificación está establecida en tres niveles y permitirá determinar el curso de idioma al cual podrá acceder el/la seleccionado/a. Así, para efectos de definir el grado de dominio del idioma y los cursos de nivelación de los/as seleccionados/as, se considerarán las pruebas y/o certificaciones vigentes según el nivel respectivo que se expone en la Tabla Nº 1, en la que los niveles están definidos de la siguiente forma: a.1. Nivel 1(N1): está definido como aquél en el cual el/la seleccionado/a no requiere de un curso de idioma para realizar estudios en el extranjero. a.2. Nivel 2 (N2): está definido como aquél en el cual el/la seleccionado/a posee un dominio intermedio del idioma. a.3. Nivel 3(N3): está definido como aquél en el cual el/la seleccionado/a posee un nivel insuficiente de dominio del idioma requerido para realizar estudios en el extranjero. BENEFICIOS PARA NIVEL DE IDIOMA. Se contemplan los siguientes beneficios para el nivel de idioma: 1. Curso de nivelación de idioma en Chile previo al inicio del programa de DOCTORADO: para aquellos/as seleccionados/as que posean un nivel de idioma insuficiente para cursar estudios de doctorado en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 1.1. Curso de nivelación idiomática en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA previo al programa de DOCTORADO: destinado a aquellos/as seleccionados/as que posean un nivel del idioma considerado aún insuficiente para iniciar su programa de DOCTORADO y se encuentren aceptados condicionalmente al nivel de idioma en universidades de Estados Unidos: 1.2. Costos del curso intensivo de idioma inglés. 1.3. Un pasaje de ida y vuelta, en clase económica, desde el aeropuerto más cercano a la ciudad de residencia del/de la seleccionado/a en Chile hasta la ciudad de residencia en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, al inicio del curso de nivelación de idioma y al término del programa de DOCTORADO tanto para el/la becario/a como para sus hijos/as8 y cónyuge o conviviente civil, según corresponda El pasaje de ida correspondiente a la 1.3.1. Para recibir esta asignación deberá entregar el respectivo certificado de nacimiento del/de la hijo/a donde se señale el nombre del/de la becario/a como padre o madre del/de la mismo/a. 1.3.2. Es obligación del/de la seleccionado/a conocer los requisitos de migración de ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, en particular aquellos que permitan viajar al/a la cónyuge o conviviente civil y dependientes mientras el/la becario/a realiza cursos de nivelación de idioma en este 1.3.3. La nivelación idiomática reemplaza el beneficio de pasaje de ida establecido en el numeral 14.3.1. de las bases. 1.4. Asignación única de instalación correspondiente a US $500 (quinientos dólares americanos), para aquellos/as becarios/as que inicien estudios de nivelación de idioma en el país de destino. 1.5. Asignación de manutención mensual para el/la becario/a, por un período máximo de hasta 8 (ocho) meses contados desde el ingreso de el/la becario/a al curso de nivelación de idioma, correspondiente a ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y ciudad de destino. (Ver montos en el Anexo I). La asignación de manutención relativa al programa de doctorado, indicada en el numeral 14.3.5, no podrá ser utilizada para este propósito. Esta asignación será proporcional a la duración efectiva del financiamiento del curso de idioma en el extranjero, es decir, los/as becarios/as recibirán su manutención por los días que correspondan a dicha duración. 2. Asignación de manutención mensual para el/la cónyuge o conviviente civil, por el período de vigencia del curso de nivelación de idioma en el extranjero que no excederá de 8 (ocho) meses, dependiendo del curso de idioma que realice el/la becario/a, correspondiente a la ciudad de destino (Ver montos en el Anexo I). En caso que ambos/as cónyuges o convivientes civiles ostenten la calidad de becarios/as, se perderá este beneficio. En caso que el/la becario/a contraiga matrimonio o celebre un acuerdo de unión civil con posterioridad a la adjudicación de la beca, este deberá informar sobre dicha situación a la ANID con el objeto de evaluar si se dan las condiciones exigidas en este numeral para percibir el beneficio. Esta asignación será proporcional en la forma que se otorga al/a la becario/a, según el numeral 2.4, y por el tiempo que éste/ésta declare su compañía con el/la cónyuge o conviviente civil. 3. Asignación de manutención mensual para cada hijo/a menor de 18 años, por el período de vigencia del curso de nivelación de idioma en el extranjero que no excederá de 8 (ocho) meses, dependiendo del curso de idioma que realice el/la becario/a, correspondiente a la ciudad de destino (Ver montos en el Anexo I). En caso que ambos padres ostenten la calidad de becarios/as, sólo uno de ellos será causante de esta asignación. Esta asignación será proporcional en la forma que se otorga al/a la becario/a, según el numeral 2.4, y por el tiempo que éste/ésta declare su compañía con el/la hijo/a menor de 18 años. 4. Prima anual de seguro médico para el/la becario/a por un monto máximo de US $800 (ochocientos dólares americanos), en la cual podrá incluir como cargas a los/as hijos/as y/o cónyuge o conviviente civil. No será responsabilidad de la entidad ejecutora de éste y otros requisitos, de acuerdo a leyes migratorias de la ciudad/país de destino.

04
¿En qué país(es) podrás estudiar?
05
¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
07
¿Para qué nivel es la beca?
Doctorado
08
¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas de Doctorado Igualdad de Oportunidades Fulbright - ANID (Beca BIO)?
                                

CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS GENERALES 1. Los/as postulantes, para la selección de la beca otorgada por la ANID deberán poseer el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT 2. Aquellas postulaciones que reciban el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT serán remitidas a la ANID, para verificar si la postulación cumple con la presentación de toda la documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las bases para el otorgamiento de la beca, es decir, la ANID verificará que el/a postulante patrocinado/a cumpla con los requisitos establecidos en las bases y que no posee alguna incompatibilidad para ser beneficiario/a. El/la postulante deberá mediante una declaración simple, entregada al momento de la postulación ante la COMISIÓN FULBRIGHT, autorizar el envío de sus antecedentes a la ANID. 3. Los beneficios conferidos por la COMISIÓN FULBRIGHT quedarán condicionados al otorgamiento de la beca por parte de la ANID, razón por la cual el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT no tendrá efecto si el/la postulante no es seleccionado/a por la ANID. 4. Es de exclusiva responsabilidad del/de la seleccionado/a cumplir con los plazos y requisitos establecidos por cada universidad en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Es obligación del/de la postulante conocer los requisitos para la obtención de la visa, así como las leyes migratorias de los Estados Unidos de América. 5. Los beneficios de la beca se devengarán a partir de la fecha de la adjudicación del concurso o la indicada en convenio de beca si la fecha de inicio de estudios fuere posterior a la adjudicación. Los beneficios se pagarán una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el mencionado convenio. 6. Quienes se adjudiquen la beca deberán iniciar estudios doctorales en las fechas establecidas en las bases, situación que se deberá acreditar al momento de la firma de convenio, en conformidad con lo dispuesto en el numeral 15. 7. Los/as postulantes deberán acreditar su nivel de idioma inglés a través de las pruebas y/o certificados vigentes indicados en el Anexo Nº II de las bases concursales. 8. Una vez recibida la postulación en la ANID, patrocinadas por la COMISIÓN FULBRIGHT, no podrán realizarse modificaciones o incorporarse nuevos antecedentes y/o documentos por parte del/de la postulante. 9. la ANID no hará devolución de los antecedentes recibidos por la COMISIÓN FULBRIGHT. Asimismo, los/as postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que la ANID juzgue necesarios durante el proceso de firma de convenio y/o durante el período en que se esté percibiendo los beneficios de la beca. 10. El incumplimiento de las condiciones establecidas en las bases para el otorgamiento de la beca, se considerará causal para que la postulación sea declarada fuera de bases o la beca quede sin efecto o se declare el término anticipado de la misma. REQUISITOS DE POSTULACIÓN AL PATROCINIO DE LA COMISIÓN FULBRIGHT a. Ser chileno/a. b. Residir en Chile al momento de postular. c. Poseer el grado académico de Licenciado en carreras de al menos 8 semestres, o título profesional en carreras de al menos 10 semestres de duración. La duración referida deberá estar señalada en un documento oficial de la universidad en donde haya cursado sus estudios. d. Encontrarse en una situación de vulnerabilidad socioeconómica que amerite el otorgamiento del patrocinio, para lo cual deberá cumplir con, al menos, dos de los siguientes criterios: d.1. Haber egresado de la enseñanza media de establecimientos de educación subvencionados por el Estado1 (municipal, particular subvencionada o aquellos regidos por el DL 3.166, éste último para el caso de los liceos técnico profesionales de administración delegada), o de establecimientos particulares pagados certificando, en este último caso, que obtuvo una beca de estudio otorgada por situación socioeconómica desfavorable. d.2. Haber cursado el pregrado con crédito y/o beca otorgada por situación socioeconómica desfavorable. d.3. Nivel educacional de los padres2 igual o inferior a Educación Media completa. e. Poseer excelencia académica acreditando, al menos, uno de los dos siguientes requisitos: e.1. Haber obtenido un promedio de notas egreso de pregrado igual o superior a cinco punto cero (5.0), sobre un máximo de siete (7.0). Éste corresponde al promedio simple de las notas de pregrado, excluyendo las notas de la práctica profesional, examen de grado y tesis. O bien haber egresado dentro del 30% superior de su promoción de pregrado. REQUISITOS DE POSTULACIÓN A LA BECA ANID. 1. Ser chileno/a. 2. Poseer el grado académico de licenciado/a en carreras de al menos 8 semestres, o título profesional en carreras de al menos 10 semestres de duración. 3. Contar con el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT. INCOMPATIBILIDADES PARA SER BENEFICIARIO/A DE LA BECA OTORGADA POR LA ANID. No podrán ser beneficiarios/as de esta beca: a. Las personas que hayan percibido una Beca Chile o una beca administrada por la ANID, incluidas las becas reguladas por el artículo 27 de la Ley Nº 19.595, por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1999, del Ministerio de Planificación Cooperación y en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 22, de 1981, del Ministerio de Educación, para la obtención de un grado académico o certificación igual o superior al que postulan. b. Respecto de quienes hayan percibido una beca administrada por la ANID para la realización de un doctorado, podrán realizar un postdoctorado con una beca regulada en el Decreto Supremo N° 664/2008, y sus modificaciones, pero quienes hayan recibido una Beca Chile para la realización de un postdoctorado no podrán recibir con posterioridad ningún tipo de financiamiento regulado por dicho reglamento. c. Los que mantengan deudas o compromisos con las entidades ejecutoras derivadas de su situación de becario/a. Sin perjuicio de lo anterior, podrán ser beneficiarios/as quienes mantengan compromisos pendientes derivados de su condición de becario/a, correspondientes sólo a periodos de retorno y/o retribución previa autorización de la entidad ejecutora. d. Ningún/a seleccionado/a de BECAS CHILE podrá ser beneficiario/a en forma simultánea de más de una BECA CHILE. e. La incompatibilidad señalada en el numeral 9.1 de la convocatoria será verificada por la ANID durante el examen de admisibilidad de las postulaciones de acuerdo al numeral f. En aquellos casos de patrocinados/as que se detectare que la incompatibilidad no es susceptible de subsanar, la postulación será declarada fuera de bases por la ANID. g. En los casos de patrocinados/as que se detecte durante el examen de admisibilidad realizado por la ANID que la incompatibilidad es subsanable, esta situación deberá regularizarse al momento de la firma de convenio en el caso que la postulación patrocinada supere el examen de admisibilidad efectuado por la ANID y resulte seleccionada. Todo/a aquel/aquella que resulte seleccionado/a con la beca y no pueda subsanar dicha incompatibilidad su adjudicación será declarada sin efecto.

09
¿Cómo hago la solicitud?
                                

POSTULACIÓN AL PATROCINIO DE LA COMISIÓN FULBRIGHT a. Los/as candidatos/as a la obtención del patrocinio tendrán que postular en la COMISIÓN FULBRIGHT ingresando a www.fulbright.cl. b. Asimismo, los postulantes deberán ingresar, completar y enviar la información que ANID solicite en conformidad a las bases. Los detalles de la postulación al patrocinio y de la información que ANID solicita están disponibles en el sitio web: www.fulbright.cl y https://spl.anid.cl, respectivamente. POSTULACIÓN A LAS UNIVERSIDADES ESTADOUNIDENSES 1. Los/as seleccionados/as deberán postular a las universidades estadounidenses a través de los procesos regulares de admisión para los estudiantes de doctorado y en los plazos establecidos por éstas. 2. Será responsabilidad de él/la seleccionado/a el hecho de ser admitido en un programa de doctorado de una universidad, y/o centro de investigación, y/o centro de estudios estadounidense. 3. Los/as seleccionados/as que hayan terminado satisfactoriamente los cursos de nivelación de inglés en Chile, de corresponder, pasarán a la etapa de nivelación de inglés en EE.UU, una vez que hayan recibido una carta de aceptación condicional al idioma de parte de una universidad estadounidense. La carta de aceptación deberá ser oficial y emitida por la oficina de graduados o admisión de la universidad o la autoridad competente. 4. Los/as candidatos/as deberán ser admitidos/as en un programa de doctorado de una universidad, y/o centro de investigación, y/o centro de estudios estadounidense, ubicada/o dentro de los primeros 150 lugares de los rankings de mejores universidades según el Times Higher Education (THE) o el Academic Ranking of World Universities (Shanghai, ARWU), relativos a la últimas publicaciones de los mismos vigente a la fecha de cierre de las postulaciones, o bien que se encuentren ubicados dentro de los 50 primeros lugares de los rankings ya señalados, en el área específica a que se refiere el programa. 5. En el caso que los/as candidatos/as sean admitidos/as en un programa de doctorado que se imparte en una universidad, y/o centro de investigación, y/o centro de estudios que no se encuentra dentro de los rankings indicados en el numeral precedente (12.4), la o el seleccionada/o deberá incluir información adicional que acredite la excelencia del programa académico y/o de la universidad a través de, por ejemplo, otros rankings de universidades. La excelencia académica de estos programas, en definitiva, será determinada por la ANID, previa propuesta de un panel de evaluación externo.

Becas en los Estados Unidos
Becas en los Estados Unidos. Foto: Becas sin fronteras
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¿Qué documentos necesito?
                                

DOCUMENTOS GENERALES DE POSTULACIÓN. El/la postulante, deberá presentar los siguientes documentos, EN FORMATO PDF: 1. FORMULARIO DE POSTULACIÓN 2. CURRÍCULUM VITAE 3. COPIA DE CÉDULA DE IDENTIDAD CHILENA 4. DOCUMENTO QUE ACREDITE LA RESIDENCIA DEL/DE LA POSTULANTE EN CHILE al momento de presentar la postulación, según el numeral 5.1.2. Para estos efectos se aceptarán al menos uno de los siguientes documentos que debe ser emitido por la autoridad competente durante el período que se encuentre abierta la presente convocatoria, según lo establecido en el numeral 20.3: 4.1. Certificado de viaje emitido por Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional u oficinas del Departamento o Sección de Extranjería de Policía de Investigaciones (PDI). 4.2. Certificado de la junta de vecinos correspondiente a su domicilio. 4.3. Declaración jurada de domicilio ante Notario Público de Chile. 4.4. Certificado de la unidad comunal de juntas de vecinos. 5. DECLARACIÓN SIMPLE, en la cual se exprese que el/la postulante autoriza a remitir a la ANID los antecedentes necesarios, en un archivo PDF, para la postulación a la beca. En relación a la admisibilidad del concurso, la ANID solamente realizará la revisión de los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos de la beca y no aquellos relativos al otorgamiento del patrocinio por parte de la COMISIÓN FULBRIGHT. Solo es posible presentar la Declaración Simple cuyo formato se encuentra en el Anexo III. 6. COPIA DE GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO/A O TÍTULO PROFESIONAL o certificado de éstos3, según las condiciones del numeral 5.1.3. 7. CERTIFICADO DE CONCENTRACIÓN DE NOTAS DE PREGRADO4 suscrito por la autoridad competente de la institución de educación superior de origen de pregrado. 8. CERTIFICADO DE RANKING DE PREGRADO emitido por la autoridad competente, donde se exprese explícitamente el lugar que el/la postulante ocupó respecto del total de alumnos/as de su pregrado. 9. LOS/LAS POSTULANTES DEBERÁN ACREDITAR EL PROMEDIO FINAL DE NOTAS OBTENIDO EN EL PREGRADO (Éste corresponde al promedio simple de las notas de pregrado, excluyendo las notas de la práctica profesional, examen de grado y tesis) para la obtención de su Licenciatura y/o Título profesional expresada en escala de notas de 1 a 7 con el fin de determinar si poseen excelencia académica según el numeral 5.1.5.1. Dicha nota deberá aparecer expresamente en algunos de los documentos señalados en los numerales 5.5, 5.6 y 5.7 en escala de notas de 1 a 7. Esto no es obligatorio cuando el postulante acredite el cumplimiento del numeral 5.1.5.2, esto es, estar dentro del 30% superior del ranking de pregrado, sin embargo, si se cuenta con dicho documento puede adjuntarlo para efectos de evaluación. En caso de no contar con la equivalencia de notas en escala de 1 a 7, se aceptará cualquier documento emitido por la institución de educación superior de origen de pregrado en que se expliquen las equivalencias. 10. TRES CARTAS DE RECOMENDACIÓN confidencial, las cuales deberán ser enviadas directamente por los/as recomendadores/as. Es de responsabilidad de los/as postulantes asegurarse que las cartas sean enviadas en los plazos señalados en las bases. Se entiende por confidencial el hecho que dicha carta de recomendación no puede ser conocida por el/la postulante, a menos que el/la recomendador/a lo autorice. 11. CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN DE IDIOMA. Los/as postulantes, deberán presentar alguna de las siguientes pruebas y/o certificados para acreditar idioma: IELTS, TOEFL iBT, TOEFL ITP, TOEFL iBT Special Home Edition, ETAAP, TOEIC, DUOLINGO English Test, Cambridge English Language Assessment, que se detallan en la Tabla N°1 Anexo Nº II. No se aceptarán otros certificados o pruebas. Los certificados no deberán tener una antigüedad superior a dos años contados desde la fecha de cierre de la postulación al patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT. 12. INFORMACIÓN SOCIOECONÓMICA: Enviar a Fulbright el certificado de recepción exitosa de postulación en ANID para el año 2022. Esta información se debe completar y enviar en el Sistema de Postulación en Línea https://spl.anid.cl 13. Quienes envíen la postulación a la COMISIÓN FULBRIGHT sin el certificado de recepción exitosa de postulación en ANID, serán declarados fuera de bases. Esta información no será considerada para el proceso de evaluación, sino que para definir el financiamiento de los cursos de nivelación de idioma en Chile. Ver numeral IV en Anexo II. 14. OBJETIVO PERSONAL (PERSONAL STATEMENT). El documento debe indicar las razones por las cuales quiere estudiar un postgrado (doctorado) e incluir los intereses personales, historia familiar y planes profesionales futuros. Extensión máxima de 2 páginas en formato PDF. 15. OBJETIVO DE ESTUDIO (STUDY OBJECTIVE). El documento debe indicar detalladamente las razones por las que desea continuar estudios en EE.UU. Describa el programa de estudio e indique la relevancia de su área de estudios para Chile y el carácter creativo e innovador de la propuesta. Extensión máxima de 2 páginas en formato PDF. 16. RETRIBUCIÓN DEL/DE LA POSTULANTE AL PAÍS. El documento debe indicar, el compromiso a divulgar la ciencia, expectativas de inserción en el contexto científico y el potencial aporte de la investigación en su área de conocimiento. Extensión máxima de 2 páginas en formato PDF. DOCUMENTOS DE POSTULACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN SOCIOECONÓMICA a. LICENCIA DE ENSEÑANZA MEDIA (ver numeral 5.1.1). En el caso de los/as postulantes egresados/as de enseñanza media de un establecimiento particular pagado, deberán acreditar haber obtenido una beca de estudios otorgada por situación socioeconómica desfavorable mediante certificado emitido por una autoridad competente b. CERTIFICADO DE FINANCIAMIENTO UNIVERSITARIO DE PREGRADO -crédito y/o beca - otorgado por situación socioeconómica desfavorable, emitido por la institución de educación superior donde el/la postulante realizó su pregrado o por la institución que otorgó el financiamiento. c. DECLARACIÓN JURADA ante notario/a público/a que señale que el nivel educacional de los padres con quien vivió el/la postulante, es igual o inferior a Educación Media completa (ver numeral 5.1.3). La declaración jurada ante notario/a la debe realizar el/la postulante (no los padres). Se debe utilizar el formato tipo disponible en el sitio de postulación de la ANID y la COMISIÓN FULBRIGHT. NOTAS IMPORTANTES SOBRE LOS DOCUMENTOS 1. Los documentos de postulación que se detallan en los numerales precedentes se consideran indispensables para dejar constancia indubitable del cumplimiento de los requisitos exigidos por la COMISIÓN FULBRIGHT y la ANID y evitar perjuicio a los/as interesados/as, por lo que la no presentación de uno o más de ellos, será causal de no otorgamiento del patrocinio. 2. La lista que se detalla tiene carácter taxativo por lo que se debe cumplir con la presentación de todos y cada uno los documentos señalados. Al mismo tiempo, estos tienen carácter de esencial y obligatorio por lo que no pueden ser reemplazados por ningún otro.

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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

EXAMEN DE ADMISIBILIDAD PARA LA OBTENCIÓN DEL PATROCINIO DE LA COMISIÓN FULBRIGHT. 1. Todas las postulaciones serán sometidas a un examen de admisibilidad en el cual la COMISIÓN FULBRIGHT verificará si éstas cumplen con la presentación de toda la documentación solicitada, las condiciones y requisitos establecidos en las bases concursales. 2. Las postulaciones que aprueben el examen de admisibilidad pasarán a la etapa de entrevistas personales con los paneles de evaluadores/as expertos/as, estos/estas últimos/as designados por la COMISIÓN FULBRIGHT con el apoyo de la ANID. 3. Los/as postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y consistencia de la información consignada en la postulación. Asimismo, los/as postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que la COMISIÓN FULBRIGHT juzgue necesario. 4. En caso de verificarse la existencia del incumplimiento de cualquiera de los requisitos y/o condiciones establecidos para obtener el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT o la omisión, adulteración o declaración falsa de cualquier dato o que no cumplan con la entrega de uno o más de los documentos solicitados o que la documentación e información presentada en su postulación sea inexacta, no verosímil y/o induzca a error durante el proceso de postulación, se considerará causal para que la postulación sea declarada fuera de bases o el retiro del patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT. 5. Por el hecho de postular al presente certamen, se presume que los postulantes entienden y aceptan su responsabilidad respecto a la veracidad de la información presentada. Por consiguiente, en caso de verificarse la existencia de omisión, adulteración o declaración falsa de cualquier dato o la documentación presentada en la postulación, ANID podrá ejercer las acciones legales que correspondan en su contra. EVALUACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL PATROCINIO DE LA COMISIÓN FULBRIGHT. a. Los/las candidatos/as, cuyas postulaciones hayan superado la etapa de admisibilidad serán entrevistados/as por un panel de evaluadores/as expertos/as designados/as por la COMISIÓN FULBRIGHT, el cual contará con la participación de académicos/as propuestos/as por la ANID. b. Los paneles de evaluadores/as expertos/as, organizados por áreas de estudio, entrevistarán a los/as postulantes declarados/as admisibles por la COMISIÓN FULBRIGHT, elaborando actas con la lista de los/as postulantes evaluados/as y su recomendación de selección. c. Las actas de nominados/as por la COMISIÓN FULBRIGHT deberán ser ratificadas por el Directorio de la COMISIÓN FULBRIGHT en Chile y por el Directorio de J. Fulbright Foreign Scholarship Board en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. d. Las actas de nominadas/os y ratificadas/os de la forma indicada en el numeral anterior, contarán con el patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT. e. Una vez superado el proceso anteriormente señalado, la COMISIÓN FULBRIGHT remitirá la lista de los/as patrocinados/as por éstos a la ANID, para ser postulados/as a la beca que otorgará esta última. ADMISIBILIDAD DE LAS POSTULACIONES A LA BECA POR ANID. 1. Una vez terminado el período de postulación al concurso, todas las postulaciones de los/as patrocinados/as por la COMISIÓN FULBRIGHT serán sometidas a un examen de admisibilidad por parte de la ANID en el cual se verificará si éstas cumplen con la presentación de toda la documentación solicitada que acredite el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la beca, señalados en el numeral 8 de las bases concursales. Asimismo, la ANID realizará un análisis respecto de si los/as patrocinados/as por la COMISIÓN FULBRIGHT no poseen alguna/as de las incompatibilidades establecidas en el numeral 9 para ser beneficiario de la beca. De constatarse que el/la patrocinado/a por la Comisión Fulbright posee una o más incompatibilidades contempladas en el numeral 1 y que no son susceptibles de subsanar, la postulación será declarada fuera de bases por la ANID. 2. En relación a la admisibilidad del concurso, la ANID solamente realizará la revisión de los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos de la beca y no aquellos relativos al otorgamiento del patrocinio por parte de la COMISIÓN FULBRIGHT. 3. Los/as postulantes serán responsables de la veracidad, integridad, legibilidad y consistencia de la información consignada en la postulación. Asimismo, los/as postulantes deberán estar en condiciones de presentar todos los antecedentes e información que la ANID juzgue necesarios durante el proceso de firma del convenio de beca y/o durante el período en que se esté percibiendo la beca. 4. En caso que se compruebe en cualquiera de las etapas del proceso, ya sea admisibilidad, adjudicación, firma de convenio y durante toda la vigencia de la beca, que el/la becario/a no cumple con las condiciones y/o requisitos establecidas en las bases o que la documentación e información presentada en su postulación es inexacta, no verosímil, se encuentra adulterada y/o induce a error en su análisis de admisibilidad, ANID determinará que la postulación sea declarada fuera de bases o se dejará sin efecto la adjudicación de la beca o se decretará el término anticipado de ésta o el incumplimiento de las obligaciones de la beca, según corresponda. La ANID informará al COMISIÓN FULBRIGHT sobre este hecho y podrá ejercer las acciones legales que correspondan. SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONCURSO. a. Para el presente concurso no será aplicable lo señalado en el Párrafo tercero del Título II del Decreto Supremo N°664/2008, y sus modificaciones, del Ministerio de Educación, por expresa facultad del artículo 6° bis de dicho reglamento, razón por la cual la selección y adjudicación del presente concurso se realizará del modo que señalan los numerales siguientes. b. La ANID seleccionará a las personas que cumplen con el patrocinio y con los requisitos de admisibilidad de acuerdo con el numeral Constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos se adjudicarán las becas mediante el respectivo acto administrativo. Dicho acto administrativo contendrá, además, la nómina de los/as postulantes declarados/as fuera de bases y éste será publicado en el sitio web www.anid.cl. c. Respecto de aquellos/as adjudicados/as que presenten alguna de las incompatibilidades establecidas en el numeral 9 de las bases o que no hayan subsanado las mismas, se les otorgará la beca condicionada al cese de dichos impedimentos al momento de la firma del convenio. d. Los resultados del presente concurso se publicarán en www.anid.cl y www.fulbright.cl. e. La condición de becario/a y los beneficios asociados, quedarán supeditados a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio de beca suscrito por el/la seleccionado/a y la ANID. f. Una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que aprueba la adjudicación de la beca de doctorado, la ANID notificará a los/as postulantes seleccionados/as con la beca y los/as declarados/as fuera de bases por la ANID, sobre el resultado de su postulación, por carta certificada y de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente. g. Sin perjuicio de lo anterior y por razones de eficiencia, a los/as seleccionados/as que fueron notificados/as por carta certificada, se les comunicará tal condición mediante el correo electrónico señalado en la postulación y, en caso de rechazar la beca, deberán informar a la ANID a través del Sistema de Postulación en Línea (SPL) en el siguiente enlace: https:\\spl.anid.cl, o en a través del formulario de contacto para becarios (opción 57). Para más detalles, consultar el siguiente enlace https://ayuda.anid.cl/hc/es/articles/4410557382164-Aceptar-o- Rechazar-Beca. h. Este concurso no contempla lista de espera. i. Los/as postulantes que no sean seleccionados/as para la beca podrán volver a postular a una próxima convocatoria de esta u otra beca administrada por la ANID. j. Todo/a aquel/aquella interesado/a podrá interponer los recursos que contempla la Ley N°1880 cumpliendo con los plazos, formas y requisitos que la referida norma establece, para lo cual deberá tener presente que: la ANID no tramitará impugnaciones relativas al patrocinio otorgado por la COMISIÓN FULBRIGHT, puesto que éste es de entera responsabilidad de dicha institución.

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¿Qué más necesito saber?
                                

FIRMA DEL CONVENIO, PAGARÉ Y DECLARACIÓN JURADA EN ANID. La condición de becario/a y los beneficios asociados, quedarán supeditados a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el convenio de beca suscrito por el/la seleccionado/a y la ANID. Los/as seleccionados/as deberán: 1. Firmar un convenio de beca con la ANID, donde se estipularán las siguientes condiciones, entre otras: 1.1. Los derechos y obligaciones de las partes. 1.2. La fecha de inicio y término de los estudios de Doctorado. 1.3. La fecha de inicio y término de la beca de Doctorado. 2. La fecha de inicio y término del curso de nivelación de idioma en el extranjero, si correspondiere. 2.1. La fecha de inicio y término del financiamiento del curso de nivelación de idioma en el extranjero, si correspondiere. 2.2. Duración del curso de nivelación de idioma en Chile, si correspondiere. 2.3. Duración del financiamiento del curso de nivelación de idioma en Chile, si correspondiere. 3. El tiempo intermedio de inactividad académica entre la nivelación de idioma en el extranjero y el programa de doctorado, no se encuentra cubierto por la beca. 4. En el caso que el/la becario/a se encuentre fuera del país, se deberá firmar dicho convenio en el consulado de Chile respectivo o por su mandatario/a en Chile. 5. Para todos los efectos legales derivados del instrumento, se establece como domicilio la comuna y ciudad de Santiago, prorrogando la competencia para ante sus Tribunales de Justicia. 6. El convenio se encontrará vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones del becario. 7. Las personas beneficiarias deberán suscribir un pagaré firmado ante notario/a público/a de Chile o cónsul chileno/a en el extranjero que contenga la promesa de pagar una determinable suma de dinero, destinado a garantizar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a su calidad de becario/a y en el cual se incluya un mandato irrevocable que faculte a la ANID a llenar los datos correspondientes a la suma adeudada y a la fecha del vencimiento en el pagaré, conforme a los cálculos que ésta realice y de conformidad con lo dispuesto en el convenio de beca respectivo. El mandato estará incluido en el texto del pagaré, formando un todo indivisible. 8. El pagaré, en formato ANID, el cual debe emitirse e imprimirse en una sola hoja, será enviado al/a la adjudicatario/a previamente a la firma del convenio. 9. Asimismo, en el convenio de beca se incorporará una cláusula en virtud de la cual se facultará a la ANID para exigir el cobro inmediato del monto total del pagaré, como si fuere de plazo vencido, en caso de incumplimiento por parte del/de la becario/a de una o más obligaciones convenidas, de manera de asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones del/de la becario/a. 10. Para todos los efectos legales derivados del instrumento, se establece como domicilio la comuna y ciudad de Santiago, prorrogando la competencia para ante sus Tribunales de Justicia. 11. Otorgar mandato por escritura pública que designe a una persona domiciliada en Chile capaz de comparecer en juicio a efectos de ser notificada judicialmente en su nombre, la que también deberá suscribir tal documento o, en su defecto, suscribir un documento distinto aceptando tal designación. El referido mandato no podrá ser revocado sin el consentimiento de la ANID. 12. Presentar una declaración jurada ante Notario/a Público/a de Chile o Cónsul chileno/a en el extranjero, según formato entregado por la ANID disponible en https://ayuda.anid.cl/hc/es/sections/4410556426004-Firma-de- Convenio, manifestando que: 13. No posee algunas de las incompatibilidades señaladas en el numeral 9 de las bases. 14. Se compromete a cumplir con todas las condiciones y obligaciones que le impone la beca, establecidas en el reglamento, las bases concursales y convenio de beca. 15. Para efectos de recibir los beneficios respectivos, si correspondiere, se compromete a residir junto con sus hijos/as menores de 18 años y/o cónyuge o conviviente civil en el extranjero durante sus estudios, si correspondiere, de acuerdo a los términos y requisitos establecidos en el reglamento y las bases. 16. En la declaración jurada se señalará la fecha de inicio y término del programa de estudios y/o curso de idioma, según corresponda, como así mismo la fecha de inicio y término de la beca. 17. Hacer entrega de carta de aceptación definitiva al Programa de Doctorado o aceptación condicional al nivel de idioma, financiamiento o a la realización previa de un Magíster dentro del mismo doctorado, según corresponda, al momento de la firma del convenio con la ANID, emitida por una autoridad competente de la universidad en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Dichas cartas deberán indicar la fecha de inicio y término de los estudios y la información contenida en ellas deberá estar conforme con las condiciones establecidas en las bases. En caso que el/la adjudicatario/a al momento de la firma de convenio no acredite las condiciones establecidas en las bases para ser becario/a, se dejará sin efecto la selección y adjudicación de la beca. 18. En el caso de los/as seleccionados/as que cuenten con carta de aceptación condicional al nivel de idioma deberán presentar, además, al momento de la firma de convenio, la carta de aceptación al curso de nivelación de idioma en el extranjero previo a la realización del programa de estudios, en los términos que determine la ANID. 19. Para efectos de hacer efectiva la asignación del/de la cónyuge o conviviente civil e hijos/as menores de 18 años el/la becario/a deberá entregar el respectivo certificado de matrimonio o acuerdo de unión civil y/o el certificado de nacimiento del/de la hijo/a o la libreta de familia donde se señale el nombre del/de la becario/a como padre o madre del mismo. En el caso de que el evento se efectúe en el extranjero, deberá acreditar este hecho a través del respectivo certificado del Registro Civil de Chile. 20. Antes de la firma de convenio, la ANID verificará la exactitud de los antecedentes presentados en la postulación, así como el respaldo de los certificados o documentos correspondientes, el cumplimiento de las condiciones establecidas en las bases concursales y si el/la seleccionado/a no posee ninguna incompatibilidad para ser beneficiario/a. En caso de no cumplir con ello, se dejará sin efecto la selección y adjudicación de la beca. 21. Si habiendo firmado el convenio y/o estando el/la becario/a realizando sus estudios de nivelación de idioma o Doctorado, la ANID tomará conocimiento del incumplimiento de las bases, se declarará inmediatamente el término anticipado de la beca y podrá solicitar al/a la becario/a la devolución de todos los fondos otorgados mediante ejecución del pagaré. SEGUIMIENTO DE LOS BECARIOS POR PARTE DE LA COMISIÓN FULBRIGHT. a. Al término del año académico, para efectos de la renovación del patrocinio, deberá remitir a la COMISIÓN FULBRIGHT documentación emitida por la institución de estudios con las calificaciones obtenidas y/o informe de avance de su programa, visado por la autoridad competente. b. Para efectuar las renovaciones anuales y constatar el desempeño académico de los/as becarios/as, la COMISIÓN FULBRIGHT enviará a la ANID la última concentración de notas, informando cuando el/la becario/a apruebe el examen de calificación, sin perjuicio del seguimiento que la ANID hará al desempeño académico de los/as becarios/as, en conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 664/2008 y sus modificaciones, del Ministerio de Educación. La COMISIÓN FULBRIGHT notificará a la ANID cuando un/a becario/a abandone, sea eliminado o suspenda sus estudios. Asimismo, la COMISIÓN FULBRIGHT informará a la ANID cuando los/as becarios/as hayan concluido sus programas de doctorado. c. Conforme a la normativa chilena, una vez finalizada la beca, los/as becarios/as tendrán la obligación de retornar a Chile dentro de un plazo máximo de CUATRO (4) años. OBLIGACIONES DEL/DE LA BECARIO/A 1. Hacer entrega de toda la documentación solicitada en los formatos y plazos establecidos por la ANID, durante la vigencia de la beca y para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones de ésta. 2. Tramitar la obtención de la/s visa/s para sí y sus dependientes, si correspondiera. 3. Aquellos/as que no requieren el curso de idioma deberán iniciar su programa de doctorado hasta octubre de 2024. Quienes realicen el curso de idioma, ya sea en Chile o en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, deberán iniciar su programa de doctorado hasta octubre de 2025. 4. La ANID podrá, excepcionalmente, en casos calificados, autorizar el inicio de los estudios en una fecha posterior a las señaladas anteriormente. 5. Iniciar sus estudios de nivelación de idioma en Chile y/o en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA según corresponda, en la fecha especificada en el respectivo convenio de beca. Será exclusiva responsabilidad del/de la becario/a, el asegurar el co-financiamiento y cumplir con los requisitos y condiciones del curso, los que se estipularán en el respectivo convenio. El/la becario/a que no haya cumplido cabalmente con las obligaciones inherentes al curso de idioma, sólo podrá hacer uso de los beneficios de la BECA CHILE si logra su aceptación incondicional al programa de Doctorado en ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. Sin embargo, la entidad ejecutora que corresponda se reserva el derecho de solicitar la restitución de los fondos entregados por el curso de idioma antes de iniciar el programa de Doctorado. La ANID podrá, excepcionalmente, en casos calificados, autorizar el inicio de los estudios en una fecha posterior a las señaladas anteriormente. 6. Realizar su programa de estudios bajo las condiciones señaladas en las bases. 7. Los/as becarios/as deberán cumplir con los mecanismos que estipule la ANID para hacer efectivos los pagos de los beneficios asociados a la beca. 8. Aprobar en tiempo y forma los estudios que lo lleven a la obtención del grado de Doctorado. 9. sin perjuicio de poder quedar liberado de esta obligación en caso de fuerza mayor o caso fortuito o cualquier otra circunstancia que deberá ser analizada por la ANID. En cumplimiento de lo anterior, el/la becario/a deberá: 9.1. Mantener un desempeño académico de excelencia acorde a las exigencias impuestas por el programa de Doctorado. 9.2. Mantener la calidad de alumno/a regular en el programa de Doctorado. 9.3. Informar por escrito a la ANID la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente y acreditarlo mediante documento emitido por la universidad. En caso que el/la becario/a reciba beneficios con posterioridad a la fecha de rendición del examen de grado o instancia equivalente, los/as becarios/as deberán restituir dichos fondos a la ANID, en las condiciones que este Servicio establezca. 10. Remitir en la oportunidad que ANID establezca, para efectos de solicitar la renovación de la beca, documentación emitida por la institución de estudios y/o informe de avance de su programa, visado por la autoridad competente, así como otros documentos que la ANID determine. 11. La ANID podrá, excepcionalmente, previa solicitud fundada por escrito de los/as becarios/as y análisis de los antecedentes correspondientes, autorizar un nuevo plazo para la presentación de dichos documentos. 12. Remitir anualmente, si correspondiere, una declaración jurada ante Notario/a Público/a de Chile o Cónsul de Chile en EE.UU, según corresponda, donde declara estar residiendo junto a sus hijos/as menores de 18 años y cónyuge o conviviente civil. 13. Proceder a informar a la ANID y COMISIÓN FULBRIGHT en caso de ausencia del país donde está realizando sus estudios por motivos académicos, de investigación o trabajos de campo. En tal caso deberá: 13.1. Informar a la brevedad por escrito a la ANID y COMISIÓN FULBRIGHT si la ausencia es igual o superior a 10 días y menor a 6 (seis) meses, adjuntando la justificación del/de la director/a del programa de postgrado o profesor/a guía. 13.2. Solicitar a la brevedad la autorización a la ANID si la ausencia es por seis meses o más. La solicitud de autorización deberá ser justificada igualmente por el/la director/a del programa de postgrado o profesor/a guía y la autorización de la COMISIÓN FULBRIGHT. 14. Las becarias podrán solicitar a la ANID la extensión de la asignación de manutención mensual con motivo del permiso de pre y post natal hasta por seis meses en total. Para gozar de este beneficio la becaria deberá encontrarse en estado de gravidez durante la beca y enviar a la ANID el certificado médico respectivo que acredite el estado de gravidez con el objetivo de evaluar si se dan las condiciones exigidas en este numeral para percibir el beneficio. Los meses utilizados por motivo de pre y post natal no se considerarán para el cómputo del período original de la beca. Este beneficio sólo podrá solicitarse durante la vigencia de la beca. 15. Informar a la ANID y a la COMISIÓN FULBRIGHT sobre situaciones de salud que aquejen le a él/ella o a quienes estén bajo su cuidado que impidan el normal cumplimiento de las obligaciones del/de la becario/a, para que la ANID determine fundadamente si suspende la beca con o sin beneficios. La suspensión con beneficios de la beca podrá ser autorizada hasta un máximo de 6 meses por evento y, en tal caso, se podrá extender la beca por el término que la ANID determine. 16. En caso de situaciones de salud que resulten incompatibles con las actividades académicas, la ANID estará facultado para poner término a la beca sin restitución de fondos. 17. Excepcionalmente podrán autorizarse disminuciones de cargas académicas de los/as becarios/as por razones de salud que aquejen al/a la becario/a o a quienes estén bajo su cuidado. En tal caso se podrá prorrogar la beca por el término que la ANID determine. 18. El/la becario/a deberá acreditar mediante certificación médica formal las razones que lo limiten a realizar sus actividades académicas normales y documentación oficial de su universidad que apruebe la suspensión de los estudios por esta causa. 19. Certificar la obtención del grado académico de Doctorado en un plazo no mayor a CUATRO (4) años contado desde el término de la beca. Sin perjuicio del plazo máximo para obtener el grado académico de Doctor, los/as becarios/as deberán retornar a Chile en el plazo máximo establecido en el numeral 17 y retribuir y permanecer en el país en conformidad con las bases concursales. 20. La ANID, excepcionalmente y sólo previa evaluación de los antecedentes correspondientes, podrá aceptar solicitudes por parte de los/as becarios/as para cambios de universidades, instituciones educacionales, y/o centros de investigación: 20.1. Cambios de programas de estudios. 20.2. Suspensión de la beca, con o sin beneficios. 20.3. Prórrogas de beca para iniciar estudios. 20.4. Prórrogas de retorno y retribución. 20.5. Prórrogas para el cumplimiento de las obligaciones, término anticipado en caso de fuerza mayor o caso fortuito sin restitución de fondos. La autorización de cambio de programa no otorgará aumento en el plazo de duración original de la beca. 21. La autorización de cambio de programa y/o universidad no podrá exceder el plazo máximo de duración de la beca, es decir, la suma del periodo del programa ya cursado y el nuevo programa no podrá exceder los 48 meses. Para autorizar un cambio de programa y/o universidad deberá respetarse el criterio establecido en los numerales 12.4 y 12.5 de las bases. 22. Cualquier incumplimiento de las obligaciones precedentemente descritas se procederá en conformidad a lo establecido en el numeral 18 de las bases. RETORNO AL PAÍS Y RETRIBUCIÓN a. El/la becario/a deberá retornar a Chile en un plazo no mayor a CUATRO (4) años contado desde la fecha de término de la beca señalada en el respectivo convenio, situación que deberá acreditarse mediante un certificado de viajes emitido por Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional u oficinas del Departamento o Sección de Extranjería de Policía de Investigaciones (PDI). b. Una vez que el/la becario/a haya retornado a Chile, de acuerdo a lo establecido en el numeral 17.1, deberá acreditar su permanencia en el país por los siguientes periodos: b.1. Becarios/as que residen en la Región Metropolitana deberán acreditar su permanencia en Chile por el doble del período de duración de la beca. b.2. Becarios/as que residen en regiones distintas a la Metropolitana deberán acreditar su permanencia en Chile por el mismo periodo de duración de la beca. c. Todos/as los/as becarios/as deberán acreditar el retorno y permanencia en Chile mediante el Certificado de viajes emitido por Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional u oficinas del Departamento o Sección de Extranjería de Policía de Investigaciones (PDI), el cual deberá ser remitido a la ANID en la oportunidad que está determine. Además, en el caso de los/as becarios/as que residan en regiones distintas a la Metropolitana deberán remitir a la ANID la documentación y en la oportunidad que ésta determine. d. Sin perjuicio de la obligación de los/as becarios/as de presentar la documentación señalada, la ANID podrá establecer mecanismos de acreditación distintos a los señalados precedentemente, incluido declaraciones juradas. Asimismo, la ANID podrá solicitar información a todas las entidades del sector público con el objeto de comprobar la permanencia del/de la becario/a en Chile. e. En caso de que los/as becarios/as retornen a residir en Chile antes del vencimiento del plazo señalado precedentemente, se entenderá que renuncian al plazo restante para retornar. f. Las obligaciones de retorno y/o retribución podrán suspenderse, previa autorización de la ANID, en el caso de aquellos/as beneficiarios/as que habiendo estudiado con una BECA CHILE prosigan a un programa y/o grado superior al primero, con una beca regulada por el Decreto Supremo N° 664/2008, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones, ya sea inmediatamente o durante su periodo de retribución en Chile. La suma de los tiempos de retribución se hará exigible al término del plazo máximo para retornar a Chile de la última beca. g. Asimismo, podrán suspender su periodo de retorno y/o retribución quienes habiendo estudiado con una beca regulada por el Decreto Supremo N° 664/2008, y sus modificaciones, del Ministerio de Educación, prosigan a un doctorado o a un postdoctorado con recursos propios o con una beca distinta a la regulada en el citado reglamento, ya sea inmediatamente después de terminada su Beca Chile o durante su periodo de retribución en Chile. En tal caso, los/as becarios/as que realicen un doctorado o un postdoctorado que hayan financiado su estadía en el extranjero con recursos propios o con una beca distinta a la regulada por el reglamento de BECAS CHILE deberán retornar a Chile dentro del plazo de ocho y cuatro años, respectivamente, contados desde el inicio del doctorado o postdoctorado, término a partir del cual deberán iniciar su periodo de retribución correspondientes a sus obligaciones de becario/a de Becas Chile. h. En el caso de ambos cónyuges o convivientes civiles estén financiados con una Beca Chile, pero con fechas de finalización distintas de sus becas, el retorno y/o retribución de ambos se pospondrá, previa autorización de la entidad ejecutora correspondiente, hasta la finalización del plazo máximo establecido en el artículo 25º del Decreto Supremo N° 664/2008 y sus modificaciones del Ministerio de Educación, relativo al/a la cónyuge o conviviente civil cuya beca haya concluido última. i. Serán autorizados/as a suspender su periodo de retorno y/o retribución los/as becarios/as cuyos cónyuges o convivientes civiles se vean afectados por funciones que les sean encomendadas por el Estado y que por ello deban desempeñarse fuera de Chile. En tal caso, deberá retornar a Chile una vez que el/la cónyuge o conviviente civil concluya dichas funciones. j. Finalmente, los/as funcionarios/as del Estado que deben realizar alguna misión encomendada por el Estado dentro o fuera del país se encontrarán autorizados para suspender su beca y/o obligaciones de ésta. En tal caso, deberá retomar sus estudios y/o retornar a Chile una vez que concluya dichas funciones. k. Cualquier incumplimiento de las obligaciones precedentemente descritas se procederá en conformidad a lo establecido en el numeral 18 de las bases. CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES POR PARTE DEL BECARIO. 1. la ANID declarará sin efecto la adjudicación de la beca o el término anticipado de la misma en el caso que se compruebe, tanto en la etapa de admisibilidad, adjudicación, firma del convenio y durante toda la vigencia de la beca, que el/la becario/a se encuentra en alguna de las situaciones descritas en el numeral 9, no cumpla con los requisitos establecidos en las bases o que la documentación e información presentada en su postulación es inexacta, no verosímil, esté adulterada y/o induzca a error en su análisis de admisibilidad por parte de la ANID. 2. La ANID, a través de las acciones judiciales que correspondan o por medio de la ejecución del respectivo pagaré, exigirá a los/as becarios/as la restitución de la totalidad de los beneficios económicos pagados respecto de quienes sean eliminados, suspendan sus estudios sin estar autorizados por la ANID, abandonen y/o renuncien a su programa de estudios, así como a quienes no cumplan con las obligaciones inherentes a su condición de becarios/as o hayan adulterado sus antecedentes o informes. 3. En el caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones y condiciones establecidas en la normativa concursal, previo a la realización la cobranza judicial, la ANID realizará un procedimiento de cobranza administrativa, consistente en el envío de cartas y recordatorios a los becarios o a quienes los representen para tales efectos, con el objeto a que éstos procedan, dentro del plazo que se les indique, al pago íntegro de lo adeudado o la suscripción de un convenio de pago garantizado con un pagaré, a satisfacción de la ANID. En caso de no prosperar este procedimiento, la ANID procederá al cobro de las cauciones existentes judicialmente, de corresponder. 4. En el evento que por caso fortuito o fuerza mayor, el/la becario/a se vea impedido/a de cumplir con las obligaciones señaladas en el reglamento que regula BECAS CHILE, en las bases concursales correspondientes y en el convenio de beca, la ANID podrá declarar el término de la relación jurídica con éste/ésta, sin solicitar la restitución de fondos. 5. No se solicitará la devolución de los fondos otorgados en los casos de 6. aquellos/as que sean eliminados/as de su programa de doctorado por motivo de la reprobación del examen de calificación o instancia equivalente. 7. La ANID se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan en caso de constatarse que la documentación e información presentada en cualquiera de las etapas del proceso fue adulterada, manipulada o es falsa. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES a. En caso de dudas y conflictos que se suscitaren sobre el contenido y aplicación de las bases, en lo que respecta a la beca otorgada por la ANID, esta última se encuentra facultada para interpretar y determinar el sentido y alcance de éstas, en conformidad con el Decreto Supremo Nº 664/2008 y sus modificaciones, del Ministerio de Educación. b. Los/as postulantes, por el sólo hecho de serlo, aceptan en todos sus términos las bases así como la resolución de selección y adjudicación emitida por la ANID, sin perjuicio de los derechos que le otorga la legislación vigente. c. Los anexos, aclaraciones, notas a pie de página y documentos oficiales, tales como, de preguntas frecuentes generados con motivo del presente concurso pasarán a formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales y se publicarán en www.anid.cl y www.fulbright.cl

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

CONVOCATORIA, DIFUSIÓN Y PLAZOS 1. La convocatoria al concurso, se publicará en un diario de circulación nacional y en las páginas www.anid.cl y www.fulbright.cl. 2. Las bases concursales y el procedimiento de postulación para la obtención del patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT estarán disponibles en: www.anid.cl y www.fulbright.cl. 3. El proceso de postulación al patrocinio de la COMISIÓN FULBRIGHT y la solicitud de Información Socioeconómica, disponible en el Currículum de Postulación del Sistema de Postulación en Línea de la ANID (https://spl.anid.cl), se llevará a cabo en las siguientes fechas: 3.1. Publicación de Bases e inicio proceso de postulación: 23 de junio 2022 3.2. Fin plazo recepción postulaciones: 26 de julio de 2022 a las 13:00 horas (Hora continental de Chile). 4. Las solicitudes realizadas a través de Ayuda ANID relativas al Sistema de Postulación en Línea de ANID, tienen un período de resolución de mínimo 5 días hábiles, por lo tanto, se recomienda a los postulantes enviar con la debida antelación dichas consultas. Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes deberán enviar su postulación dentro del plazo de postulación dispuestos en las bases. 5. Las consultas a través de Ayuda ANID sólo podrán realizarse hasta el día 19 de julio de 2022, a las 13:00 horas (hora continental de Chile). 6. El Centro de Ayuda a Postulantes no está facultado para revisar y/o validar documentos de postulación. La revisión y validación de dichos antecedentes será realizada durante el examen de admisibilidad y una vez finalizado el periodo de postulación al concurso. 7. La Comisión Fulbright podrá realizar charlas virtuales informativas durante el período de postulación para responder consultas de los postulantes de la convocatoria 2022. Se recomienda la participación de los postulantes quienes deberán inscribirse previamente en becas@fulbright.cl de acuerdo a la información que entregará la Comisión Fulbright en su página web. 8. Los/as candidatos/as cuyas postulaciones resulten no patrocinadas o declaradas fuera de bases serán notificados/as por la COMISIÓN FULBRIGHT del resultado de su postulación. 9. Los resultados del presente concurso se publicarán en www.anid.cl y www.fulbright.cl.

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID) Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación https://www.anid.cl/ Dirección: Moneda 1375, Santiago de Chile, Chile Teléfono Mesa Central: +56 2 2365 4400 Las consultas relacionadas al patrocinio y obtención de la beca se contestarán por las siguientes vías: https://ayuda.anid.cl. NOTA: Ayuda ANID NO revisará ni validará documentos (certificados de ranking de egreso de pregrado, certificado de notas de pregrado, certificados de grado y/o título, entre otros) previo o durante el periodo de postulación al concurso. Para mayor información visite: https://ayuda.anid.cl/hc/es/sections/4418823675412-Postulantes La vía oficial para presentar consultas vía electrónica es la siguiente: https://ayuda.anid.cl (Subdirección de Capital Humano de la ANID) Centro de Ayuda para Postulantes: https://ayuda.anid.cl/hc/es/categories/360001229691-BECAS Ayuda ANID: https://ayuda.anid.cl/hc/es/ La vía oficial para presentar consultas sobre postulación es://ayuda.anid.cl Si tiene preguntas adicionales, puede buscar más ayuda en el Centro de Ayuda para Postulantes, en el siguiente enlace: https://ayuda.anid.cl/hc/es/categories/360001229691-BECAS Enlaces de utilidad: - Sistema de Postulación en Línea: https://spl.anid.cl/ - Simulador Puntajes de Postulación: https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiYmZhM2JlN2UtNTI1Ny00YjRmLThmZmYtYjhjZGIwMjIzNzFmIiwidCI6ImU3M2FmMWRlLWU5ZTYtNGM0OS1iMWUxLWZjNjg3ZjM2MjY0NyIsImMiOjR9 - Simulador Puntaje Antecedentes Académicos de Pregrado: https://servicios.anid.cl/web//simulador-pfcha/#/ - Resultados Magíster en Chile para Profesionales de la Educación, año académico 2021 y anteriores: https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiODQ2NGJkOTAtMGU0Yi00YzAzLTlhYTctZTBhNjdhOGJjYmU1IiwidCI6ImU3M2FmMWRlLWU5ZTYtNGM0OS1iMWUxLWZjNjg3ZjM2MjY0NyIsImMiOjR9 - Centro de Ayuda a Postulantes: https://ayuda.anid.cl/hc/es/categories/360001229691-BECAS - Centro de Ayuda a Becarios: https://mibeca.anid.cl/ Comisión Fulbright Chile http://www.fulbright.cl/ Dirección: Av. Providencia 2331, Providencia, Región Metropolitana, Chile Horas: Cerrado ? Abre a las 10:00 del lun Teléfono: +56 2 2963 8300 Teléfono: 56-2-29638300 Email: becas@fulbright.cl

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