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Becas Tec - Becas Nacionales de Tercer Nivel Técnico y Tecnológico Superior - SENESCYT, 2022-1

Becas de acceso, permanencia, movilidad territorial y egreso del sistema de educación superior en Ecuador.

Inicio Convocatoria
03/08/2022
Cierre Convocatoria
31/10/2022
Resultado Convocatoria
18/11/2022
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

01
¿Quién concede la beca?

Secretaría de Educación Superior Ciencia Tecnología e Innovación - SENESCYT|Gobierno de Ecuador

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
02
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

Las becas Tec - Becas Nacionales de Tercer Nivel Técnico y Tecnológico Superior - SENESCYT se ofrecen con el objetivo de brindar mayores oportunidades para los jóvenes del país y de garantizar su acceso, permanencia, movilidad territorial y egreso del sistema de educación superior. Las becas permiten realizar estudios de tercer nivel técnico-tecnológico, grado y posgrado. La secretaria destacó el componente social de las becas y ayudas económicas, que beneficiarán a 3 339 jóvenes que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica, además de personas pertenecientes a Pueblos y Nacionalidades. PROGRAMAS BECAS TEC_EC A través de Becas TEC_ec, se entregarán aproximadamente 1 166 becas, con una inversión de USD 4.9 millones; con Fortalécete, se otorgarán becas de cuarto nivel con una inversión de USD 3.7 millones. Mientras que con el plan de ayudas económicas para tercer nivel técnico y tecnológico y de grado, se entregarán 1 940 ayudas económicas, con una inversión de más de USD 4.1 millones. Cabe mencionar que las becas y ayudas económicas se otorgarán de manera preferencial a personas dentro de componentes de discapacidad, deportistas de alto rendimiento, hijos de víctimas de femicidio, vulnerabilidad económica y migrantes retornados. Los jóvenes podrán postular desde hoy a través del enlace siau.senescyt.gob.ec/convocatorias/. MAS DETALLES SOBRE BECAS TEC El Programa de Becas TEC– Primera Cohorte 2022, de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, tiene por objetivo conceder becas a personas naturales en goce de derechos de participación ciudadana en el Ecuador, que vayan a iniciar o hayan iniciado sus estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior durante el año 2022, en instituciones de educación superior públicas y particulares del país. Estas becas están dirigidas a grupos prioritarios, históricamente excluidos o discriminados y aquellos a los que por mandato de la Ley les corresponde este derecho, a fin de garantizar su acceso, permanencia, movilidad territorial, y egreso del sistema de educación superior a través de mecanismos de inclusión y equidad social, de conformidad con la normativa vigente; bajo criterios de progresividad y pertinencia. JUSTIFICACIÓN La necesidad de fomentar y promover el crecimiento del Talento Humano de tercer nivel técnico y tecnológico en el país, al igual que promover la permanencia durante el primer año en educación superior, son compromisos presidenciales enunciados en la agenda del Gobierno del Ecuador, y es un derecho garantizado en la Constitución. La educación de alto nivel, es uno de los pilares fundamentales por el cual se encamina la posibilidad de alcanzar un modelo de desarrollo endógeno, especialmente diseñado para afrontar las dificultades de un mundo que atraviesa grandes crisis y que tiene escasas posibilidades para crear condiciones favorables de vida, en especial para las poblaciones menos instruidas, capacitadas y por ende más sensibles y vulnerables. La formación del talento humano, entendida como la acumulación de conocimientos, experiencias, herencia cultural, etc., que permitan obtener y generar formación científica y realizar investigación básica y aplicada en áreas de prioridad del país, la misma que es decisiva para el desarrollo de una nación, puesto que es gracias al cambio educativo y científico, que es posible encauzar acciones concretas que potencien y fortalezcan el talento humano. COMPONENTES DEL PROGRAMA El programa de becas nacionales para cursar estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, contempla los siguientes componentes: NOMBRE DEL COMPONENTE 1. Mujeres víctimas de violencia basada en género 2. Hijos e hijas de mujeres víctimas de femicidio 3. Personas con condición de discapacidad permanente 4. Deportistas de alto rendimiento 5. Héroes y heroínas nacionales 6. Subcriterio: Vulnerabilidad Económica 7. Situación de escasos recursos 8. Subcriterio: Vulnerabilidad Social 9. Población ecuatoriana migrante retornada 10. Pueblos y nacionalidades ÁREAS DEL CONOCIMIENTO PRIORIZADAS El Programa de Becas TEC_ec – Primera Cohorte 2022 otorgará becas para estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, en instituciones de educación superior públicas y particulares del país, en función de los campos del conocimiento específicos1 priorizados por la Subsecretaría de Instituciones de Educación Superior de la Senescyt, determinados mediante Informe Técnico Nro. SIES-DGATCN-ITINT-2022-018 de fecha 21 de marzo de 2022, y cuya vigencia es de dos años: CAMPOS ESPECÍFICOS DE ESTUDIO 1. Ciencias biológicas y afines 2. Medio ambiente 3. Ciencias físicas 4. Ingeniería y profesiones afines 5. Industria y producción 6. Pesca 7. Agricultura 8. Silvicultura 9. Veterinaria 10. Salud 11. Servicios de seguridad 12. Servicios personales (Únicamente los campos detallados de “Hotelería y gastronomía” y “Turismo”) 13. Servicios del transporte (Únicamente el campo detallado de “Logística y transporte) 14. Educación DESCRIPCIÓN, MODALIDAD Y DURACIÓN DE LOS ESTUDIOS El Programa de Becas TEC_ec – Primera Cohorte 2022 financia estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, de conformidad al siguiente esquema: NIVEL DE FORMACIÓN, MODALIDAD, DURACIÓN DE FINANCIAMIENTO Tercer nivel técnico y tecnológico superior, Todas las modalidades2, Hasta 2.5 años equivalente a cinco3 (5) periodos académicos ordinarios Una vez que se haya concluido con la formación académica, la persona becaria deberá remitir a la Senescyt, de manera obligatoria, a través del sistema informático de administración de becas y ayudas económicas implementado para el efecto, en un plazo no mayor a tres (03) meses, contado a partir de la culminación del programa de estudios. Certificado emitido por la institución de educación superior, para la cual se le otorgó la beca, en el que indique la fecha en la cual finalizó todas sus obligaciones académicas objeto de la beca, a fin de realizar la liquidación y finiquito del contrato de beca, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y en el Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

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¿Qué beneficios ofrecen las Becas Tec - Becas Nacionales de Tercer Nivel Técnico y Tecnológico Superior - SENESCYT?
Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
Duración de la beca > 1 año
                                

La beca financiará el valor equivalente a $425,00 por cada mes del periodo académico ordinario, durante el tiempo de estudios. NOTA: El financiamiento se reconocerá a partir del inicio del programa de estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior, sin perjuicio de la fecha de adjudicación de la beca.

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¿En qué país(es) podrás estudiar?
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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas Tec - Becas Nacionales de Tercer Nivel Técnico y Tecnológico Superior - SENESCYT?
                                

1. Persona natural en goce de derechos de participación ciudadana en el Ecuador 2. Haber sido víctimas de violencia basada en género 3. Contar con un cupo en una IES pública o particular del país, para iniciar o que hayan iniciado estudios de tercer nivel técnico y tecnológico superior 4. Hijos e hijas de mujeres víctimas de femicidio 5. Personas con condición de discapacidad permanente 6. Deportistas de nivel formativo y de alto rendimiento 7. Héroes y heroínas nacionales 8. Situación de escasos recursos 9. Población ecuatoriana migrante retornada 10. Pueblos y nacionalidades CONDICIONES OBLIGATORIAS EN TODOS LOS CASOS. Adicionalmente, para todos los componentes del presente programa de becas, se verificarán las siguientes condiciones obligatorias: a. Postulación: a.1. Las personas interesadas podrán realizar la postulación en línea a través del siguiente enlace https://pusak.fomentoacademico.gob.ec/cas/login de acuerdo con el cronograma establecido en las presentes bases del programa. a.2. La dirección de correo electrónico que se utilice en el sistema de postulación será utilizada para las notificaciones de este proceso y demás actos administrativos de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Administrativo. a.3. Se deberá consignar información y suministrar documentación legítima, válida y veraz para el otorgamiento de la beca. No obstante, la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación se reserva el derecho de verificar la legalidad, validez y veracidad de los datos y respaldos proporcionados en la postulación, en caso de que la información proporcionada, no cumpla con lo antes mencionado, la solicitud de beca será automáticamente rechazada. b. Validación y Selección: b.1. La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano revisará las postulaciones para verificar que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases del programa. b.2. Se podrá conceder tres (3) días calendario, a quienes realizaron su postulación, para efectuar una convalidación de errores tipográficos, documentos ilegibles, y de contradicciones o discordancias que causen duda entre la información consignada por la persona postulante y la documentación con la que la respalda, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas. b.3. No se convalidará la omisión de la presentación de ningún requisito de postulación. b.4. Quienes cumplan con todos los requisitos y documentos de respaldo serán considerados como personas postulantes. b.5. En caso de que una persona no haya completado la entrega de información para su postulación, a través de los mecanismos y sujetándose a las condiciones y requisitos establecidos por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, quedará automáticamente excluida del proceso sin que pueda interponer reclamo alguno. b.6. La selección de los postulantes se realizará en función de quienes cumplan con los requisitos establecidos, en orden de llegada, hasta completar la programación y monto de becas a otorgar. c. Adjudicación y notificación: c.1. La Dirección de Administración de Becas y Ayudas Económicas de la Subsecretaría de Fortalecimiento del Talento Humano, conforme a las atribuciones otorgadas en el acuerdo nro. SENESCYT-2020-064 de 12 de agosto de 2020, presentará el informe técnico de recomendación de adjudicación, en función del cumplimiento de los requisitos de postulación presentados y con sujeción a la disponibilidad presupuestaria. El Comité de Becas y Ayudas Económicas adjudicará las becas del presente programa. c.2. Así mismo, la persona titular de la Secretaría del Comité de Becas y Ayudas Económicas notificará a las personas adjudicatarias la resolución del Comité, a través de las direcciones de correo electrónico que éstos hayan señalado en el sistema de postulación como información legítima, válida y veraz. c.3. A partir de la fecha de la notificación de la adjudicación de la beca, la persona adjudicataria tendrá 15 días hábiles para entregar sus documentos habilitantes determinados en estas bases y suscribir el contrato de financiamiento, conforme los plazos establecidos en el cronograma de las mismas. Si en el transcurso de dicho plazo, la persona adjudicataria no suscribe su contrato de financiamiento, la beca quedará automáticamente insubsistente, sin que la persona adjudicataria tenga derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. c.4. Las personas postulantes que no resulten adjudicadas, tendrán el término de diez (10) días contados a partir de la notificación del acto administrativo, para impugnar justificadamente los resultados del proceso de validación, selección y adjudicación, ante la máxima autoridad administrativa de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, o su delegado, quién resolverá motivadamente dentro de un término máximo de treinta (30) días, sobre la aceptación o negación de la impugnación, en concordancia con lo determinado el Código Orgánico de Administrativo.

Imagen de Becas Fortalécete - Becas Nacionales de Posgrado - SENESCYT, 2022
Imagen de Becas Fortalécete - Becas Nacionales de Posgrado - SENESCYT, 2022. Foto: Secretaría de Educación Superior Ciencia Tecnología e Innovación - SENESCYT
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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

ELABORACIÓN DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO 1. Las Coordinaciones Zonales de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación solicitarán a las personas adjudicatarias los documentos establecidos en las presentes bases de postulación, para la elaboración del contrato de financiamiento de beca, y verificarán de las bases de datos internas de la Senescyt. 2. Requisitos de la persona adjudicataria 3. Los requisitos detallados a continuación deberán ser presentados, por parte de la persona adjudicataria, previo a la suscripción del contrato de financiamiento, ante la Coordinación Zonal de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación que corresponda, para la elaboración del presupuesto de beca correspondiente en función del monto máximo establecido en las presentes bases de postulación: 3.1. Número de Detalle 3.2. Exhibir la cédula de ciudadanía. 3.3. Certificado bancario actualizado de cuenta activa, en el cual conste el número y tipo de cuenta personal. No se aceptarán cuentas conjuntas. 4. La persona encargada por la Coordinación Zonal de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, para el proceso de suscripción de contrato, realizará lo siguiente: 4.1. Generar el archivo digital y físico con la documentación de la persona adjudicataria. 4.2. Verificar en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior que no exista título registrado del mismo nivel para el cual se le otorgó la beca. 4.3. Elaborar, de manera conjunta con la persona adjudicataria, el presupuesto de la beca, conforme a lo establecido en el literal H) Financiamiento y rubros de cobertura de las presentes bases. REQUISITOS DE LA PERSONA RESPONSABLE SOLIDARIA a. Para la suscripción del contrato de financiamiento, las personas adjudicatarias del “Programa de Becas TEC_ec – Primera Cohorte 2022” deberán contar con una persona natural que respalde de forma solidaria el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato de financiamiento de beca, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas y en las presentes bases. b. La persona responsable solidaria (y su cónyuge, de ser el caso) deberá suscribir el contrato de financiamiento conjuntamente con la persona adjudicataria, de conformidad con lo establecido en estas bases para lo cual deberá cumplir con el siguiente requisito: b.1. Exhibir la cédula de ciudadanía. c. La Coordinación Zonal de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Senescyt, a través del servidor público encargado generará el archivo digital, y sentará la razón correspondiente. Hará lo mismo cuando la persona responsable solidaria presente copia certificada por notario público. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Y SU PROCEDIMIENTO 1. Una vez que se han presentado los documentos necesarios, la persona adjudicataria y la persona responsable solidaria, junto con sus cónyuges de ser el caso, deberán suscribir con la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación que corresponda, el contrato de financiamiento en el cual se definirán las obligaciones de las partes. A partir de dicha suscripción, la persona adjudicataria se convierte en persona becaria de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación. 2. En caso de que la persona adjudicataria o la persona responsable solidaria no acudieren a suscribir el indicado contrato de financiamiento dentro del término fijado en la presente convocatoria, la beca quedará automáticamente insubsistente, sin tener derecho a reclamo o indemnización alguna por parte de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, a menos que la persona adjudicataria justifique que por razones de fuerza mayor o caso fortuito no pudo comparecer a la suscripción del mismo, de acuerdo a lo determinado en el artículo 30 del Código Civil y al artículo 4 literal g) del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas, así también, se exceptúan aquellos contratos de financiamiento no suscritos por el área responsable de la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, dentro del término establecido, por cuestiones de índole administrativa no imputables a la persona adjudicataria en concordancia artículo 162 del Código Orgánico Administrativo. 3. La Senescyt se reserva el derecho de revisar la documentación presentada como control posterior a la firma del contrato.

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¿Qué más necesito saber?
                                

OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BECARIAS 1. Durante los estudios las personas becarias deberán: 2. Destinar los recursos al objeto de la beca recibida. 3. Entregar los justificativos académicos para los desembolsos establecidos en el contrato de financiamiento, conforme los plazos detallados en el mismo y en las presentes bases de postulación. 4. Cumplir con el objeto para el cual se le otorgó la beca. 5. Cumplir con las normas, reglamentos y obligaciones académicas establecidas por la institución en la que se encuentre cursando el programa de estudios objeto de la beca. 6. Aprobar el programa de estudios objeto de la beca en los plazos establecidos en el contrato de financiamiento. 7. Entregar documentación legítima, válida y veraz para el proceso de seguimiento de la beca hasta la firma del acta de finiquito, determinado en estas bases y demás normativa vigente. 8. Una vez finalizado cada periodo académico ordinario, las personas becarias deberán: 9. Remitir a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, que corresponda de conformidad al domicilio de la persona becaria, a través del sistema informático de administración de becas y ayudas económicas, previo el inicio del siguiente periodo académico financiado; el certificado académico de notas o documento equivalente de aprobación del período académico financiado emitido por la institución de educación superior. 10. Los certificados deberán contener: la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emita y su firma. 11. Una vez finalizados los estudios, las personas becarias deberán: 12. Presentar ante la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, a través del sistema informático de administración de becas y ayudas económicas implementado para el efecto, en un plazo no mayor a tres (03) meses, contado a partir de la culminación de su programa de estudios; un certificado emitido por la institución para la cual se le otorgó la beca, en el que indique la fecha en la cual finalizó todas sus obligaciones académicas objeto de la beca. En caso de que el incumplimiento no sea imputable a la persona becaria se ampliará el plazo hasta por tres (03) meses adicionales. La documentación recibida deberá ser original, copia certificada o desmaterialización notarial, así mismo, podrá contener firmas de responsabilidad físicas o digitales. 13. Adicionalmente, de ser el caso, las personas becarias deberán: 14. Informar a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación sobre los cambios o alteraciones referentes al programa de estudios que impliquen modificación a las condiciones contractuales, dentro del periodo académico subsiguiente a la ocurrencia del evento. 15. Informar a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación sobre la reincorporación a los estudios en el caso de suspensión, en los plazos establecidos para el efecto, en el Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas. 16. Dirigir a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, de forma oportuna, las solicitudes que impliquen modificaciones a las condiciones contractuales. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LA PERSONA BECARIA. Por el incumplimiento de las obligaciones del contrato de beca, se procederá con la terminación unilateral del contrato de beca de conformidad al artículo 65 y 104 del Reglamento Codificado de Becas y Ayudas Económicas. DESEMBOLSOS a. Los desembolsos se realizarán en la cuenta que para el efecto hubiere señalado la persona becaria, con el certificado bancario entregado en calidad de documento habilitante, de conformidad con el siguiente detalle: b. Una vez suscrito el contrato de financiamiento, los desembolsos se realizarán por cada periodo académico ordinario durante el tiempo de estudios, sin exceder el periodo máximo de financiamiento determinado en las presentes bases. c. Los desembolsos posteriores se realizarán conforme a la programación establecida por la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, en el presupuesto, previo a la entrega de justificativos académicos correspondientes. d. La persona becaria deberá remitir a la Coordinación Zonal de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, a través del sistema informático de administración de becas y ayudas económicas, para el siguiente desembolso, la documentación digital a continuación: e. Al finalizar cada período académico, el certificado de notas o documento equivalente de aprobación del período académico financiado emitido por la institución de educación superior. Los certificados deberán contener: la fecha de emisión, el nombre de la autoridad que lo emita y su firma. INFORMACIÓN ADICIONAL a. Las Bases de Postulación, estarán a disposición en la página web de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación: www.educacionsuperior.gob.ec b. Para información adicional, se podrá acceder a los puntos de atención a la ciudadanía de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación a nivel nacional. c. Bases de postulación aprobadas por el Comité de Becas y Ayudas Económicas en sesión ordinaria, según consta en el acta nro. CBAE-005-2022 de 29 de julio de 2022).

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

Apertura de la convocatoria: 3 de agosto del 2022 Fecha límite para postular: 31 de octubre del 2022 Etapa de validación y selección de personas beneficiarias: Se realizará la validación de requisitos y selección de quienes hayan cumplido con la etapa de validación de requisitos, conforme el orden de postulación, hasta el 11 de noviembre de 2022 Etapa de convalidación: Tres (3) días calendario desde la notificación de solicitud de convalidación Adjudicación y notificación: Hasta el 18 de noviembre de 2022 Suscripción de contratos: Hasta 15 días hábiles desde la notificación de la adjudicación Para el proceso de notificación a las personas adjudicatarias, por parte de la Secretaría del Comité de Becas y Ayudas Económicas se realizará de acuerdo al presente cronograma y se notificará a través del sistema de postulación.

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT) https://www.senescyt.gob.ec/ Dirección: Av. 24 de Mayo y Che Guevara Edifico de la Ex Universidad Técnica Particular José Peralta, Azogues, 030101, Ecuador Teléfono: +593 2-250-5660

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Este no es el sitio oficial de la beca. Esta página contiene información resumida sobre la convocatoria de la beca recopilada por nosotros con fines exclusivamente de divulgación. Tratamos de que esta información sea correcta y esté actualizada. Sin embargo, la información de la convocatoria puede cambiar en cualquier momento sin previo aviso. Recomendamos siempre visitar la página web de la institución que concede la beca (o contactarla directamente), para obtener información completa y actualizada de las becas que le interesen. Cualquier uso que se haga de la información divulgada por Becas sin fronteras será estrictamente responsabilidad del usuario, por su cuenta y riesgo. Conozca nuestras Políticas de uso para mayor información.