OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS
1. Analistas Financieros Internacionales, el becado y Afi Escuela de Finanzas firmarán el correspondiente documento de compromiso, adhiriéndose a las bases del Convenio correspondiente a estas becas, y Analistas Financieros Internacionales realizará el pago correspondiente al importe de la beca a Afi Escuela de Finanzas.
2. El becario deberá cumplir con aprovechamiento y con máxima dedicación las obligaciones académicas impuestas por la dirección del máster para alcanzar los fines para los que le ha sido concedida la beca.
3. El becario estará obligado a comunicar a Analistas Financieros Internacionales y a Afi Escuela la conclusión anticipada, por cualquier circunstancia, de la relación académica entre este y Afi Escuela de Finanzas, con un plazo mínimo de dos semanas, salvo casos de causa mayor.
4. En caso de que, por faltas reiteradas de disciplina, desinterés o incumplimiento de los mínimos exigidos, la dirección académica del máster y/o los tutores de las prácticas decidieran su expulsión del programa, el becario se compromete a devolver a Analistas Financieros Internacionales el importe íntegro de la beca.
5. Igualmente, en caso de que el becario abandone de manera voluntaria el programa máster, este deberá devolver el importe íntegro de la beca a Analistas Financieros Internacionales.
6. Salvo acuerdo particular entre alguna de las empresas o áreas del Grupo Afi y el becario, el período de prácticas comprenderá 25 horas a la semana durante la duración del proyecto asignado (generalmente, en torno a diez meses a contar desde el comienzo del máster), reservándose Analistas Financieros Internacionales o en su caso la empresa o área del Grupo Afi dónde habrán de realizarse las prácticas, la fijación del horario, que ha de ser compatible con el horario de las clases del máster.
7. Ninguna de las empresas o las áreas del Grupo Afi en las que el becario realice las prácticas se obligan a ninguna remuneración adicional al desembolso del pago de la beca y no se considerará que al becario le une ningún tipo de relación laboral con la empresa del Grupo Afi en la que realice las prácticas durante el curso académico.
8. La empresa o áreas del Grupo Afi en las que el becario realice las prácticas quedan en libertad para extinguir antes de su finalización el período de prácticas del becario, siempre que consideren que el desempeño o aprovechamiento por el mismo no es el adecuado (ver punto 22). En todo caso, el becario deberá seguir las indicaciones u orientaciones que le haga el empleado de Grupo Afi a quien se confíe su tutoría o supervisión, estando obligado a guardar total confidencialidad de los datos, procesos y actividades de las empresas o áreas de
9. Grupo Afi de los que tenga conocimiento por cualquier vía.
10. Tras la realización del máster, el Grupo Afi ha venido incorporando históricamente a su plantilla a algunos de los alumnos becados. Si una vez finalizado el curso lectivo en el máster, y en base al desempeño observado en el becario, alguna de las empresas o áreas del Grupo Afi estuviera interesada en su contratación, mediante el correspondiente contrato laboral, la empresa podrá suscribir el correspondiente contrato, computándose a partir de la fecha de dicho contrato el inicio de la relación laboral a todos los efectos entre ambas partes. En el supuesto de que alguna de las áreas del Grupo Afi estuviese interesada en la incorporación laboral del becario, este estará obligado a aceptar dicha incorporación, siempre que el contrato laboral se ajuste a las condiciones de mercado. A efectos de estas bases, se entenderán por condiciones de mercado, un importe bruto anual de 24.000 euros al inicio de la contratación. El no cumplimiento de esta obligación conlleva la devolución por parte del alumno becado Analistas Financieros Internacionales del importe íntegro de la beca. En ningún caso existe una obligación por parte de ninguna de las empresas del Grupo Afi de contratar al becario una vez finalizado el máster.
11. El becario se comprometerá, en caso de incorporación laboral, a permanecer un mínimo de dos años en la empresa o áreas del Grupo Afi que así lo determinen, obligándose en caso contrario a devolver a Analistas Financieros Internacionales el importe subvencionado en la parte proporcional al tiempo que reste hasta cumplir el citado período de dos años. Asimismo, las empresas del Grupo Afi podrán extinguir antes del trascurso de esos dos años, a su propia voluntad, la relación laboral según establece la legislación, sin que, ello conlleve la devolución por parte del becario del importe subvencionado. El becario deberá devolver a Analistas Financieros Internacionales el importe subvencionado en la parte proporcional al tiempo que reste hasta cumplir el citado período de dos años en caso de que las empresas del Grupo Afi tengan que extinguir antes del transcurso de dos años la relación laboral por causas que le sean imputables al becario.
12. Asimismo, el becario deberá devolver a Analistas Financieros Internacionales el importe total que Analistas Financieros Internacionales haya subvencionado en concepto de matrícula en caso de que no obtenga el título del máster o su desempeño durante el periodo de prácticas no sea el adecuado, por causas que le sean imputables.
13. En todos aquellos casos previstos en estas bases en los que el alumno becado deba devolver el importe íntegro de la beca a Analistas Financieros Internacionales, el alumno becado tendrá un plazo máximo de un mes a contar desde el momento en que se produjera alguna de las circunstancias señaladas.
POLÍTICA DE PRIVACIDAD
a. En cumplimiento de las obligaciones de la normativa vigente de Protección de Datos, y con la finalidad de garantizar el principio de transparencia, acerca de las
b. circunstancias y condiciones del tratamiento de datos a efectuar, así como de los derechos del interesado, Analistas Financieros Internacionales S.A. informa de las siguientes circunstancias relativas al tratamiento de los datos del becario:
c. Epígrafe Información básica
d. Responsable del tratamiento Analistas Financieros Internacionales S.A., entidad con NIF A78603206 y sede en c/ Marqués de Villamejor, 5, 28006
e. Madrid, España, y con email becas@afi.es
f. DPO Contacto del Delegado de Protección de Datos: dpo@afi.es
g. Finalidad del tratamiento Gestión de la solicitud de beca (funciones jurídico- administrativas, valoración de candidatos) y, en su caso, concesión, tramitación de beca e inscripción en el programa formativo que corresponda, efectuando los tratamientos propios de los datos de los alumnos (listas de
h. asistencia, evaluación, etc.).
i. Legitimación Consentimiento
j. Destinatarios Se cederán datos a empresas españolas del grupo Afi para
k. el cumplimiento de las finalidades señaladas.
l. Derechos del interesado El interesado podrá ejercer en cualquier momento sus derechos en la dirección afi-GDPR@afi.es y por correo postal, dirigiéndose a Grupo Afi, C/ Marqués de Villamejor, nº 5, 28006 Madrid¸ adjuntando en ambos casos fotocopia de su D.N.I. o documento equivalente.
m. Asimismo, podrá dirigirse a la Agencia Española de
n. Protección de Datos para presentar la reclamación que, en su caso, considere oportuna
o. Información adicional Puede consultar la información adicional y detallada sobre
p. protección de datos en la Política de Privacidad, disponible en www.afi.es
q. Analistas Financieros Internacionales S.A., de forma directa o a través de las entidades que pertenecen al Grupo Afi, se reserva el derecho de hacer público el nombre de los beneficiarios de sus becas, a través de los distintos medios de comunicación a su alcance, previa obtención del consentimiento correspondiente por parte del beneficiario.