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Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA, 2023

Becas para artistas argentinos o residentes legales en Argentina con el fin de apoyar y promover su formación técnica o académica.

Inicio Convocatoria
23/03/2023
Cierre Convocatoria
09/05/2023
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

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¿Quién concede la beca?

El Gobierno de Argentina a través del Fondo Nacional de las Artes - FNA.

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
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¿A quién va dirigida esta convocatoria?

                                

Las Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA se dirigen a artistas y formadores argentinos y/o extranjeros que residan legalmente en el país, con el objeto de apoyar y promover programas de formación y capacitación de artistas, escritores, artesanos, arquitectos y gestores culturales dentro del territorio de la República Argentina. Con esta línea el Fondo Nacional de las Artes se propone impulsar la formación y la capacitación en distintas áreas de la cultura. El programa busca fortalecer la igualdad de oportunidades en el acceso a la profesionalización del sector cultural argentino, promoviendo espacios de formación que estimulen el pensamiento crítico y la conformación de redes creativas, colaborativas y asociativas. OBJETIVOS 1. Promover las iniciativas artístico-culturales del país. 2. Incentivar proyectos e iniciativas transdisciplinares. 3. Potenciar los proyectos de formación para su desarrollo y concreción. 4. Otorgar financiamiento para la instancia de capacitación y fortalecer la igualdad de oportunidades en el acceso a la profesionalización del sector cultural argentino. 5. Promover programas de Residencia que fomenten espacios de formación y que estimulen el pensamiento crítico y la conformación de redes creativas, colaborativas y asociativas 6. Contribuir en la capacitación de artistas de diversas disciplinas entrelazando aspectos relativos a los Derechos Humanos; las perspectivas de género; la reivindicación de derechos civiles; la intervención social de las prácticas artísticas; las problemáticas ambientales; y el desarrollo tecnológico y digital. 7. Estimular la construcción de nuevos saberes y estrategias de intervención en el ámbito del arte y la cultura, con un enfoque plural, federal y con perspectiva contemporánea. SOBRE EL PROGRAMA El Fondo Nacional de las Artes se dirige a artistas, formadores y gestores culturales argentinos y/o extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en el país, con el objeto apoyar y promover los programas de capacitación de los miembros de la comunidad artística antes mencionados dentro del territorio argentino. Con el fin de incentivar el surgimiento de iniciativas que enriquezcan y fortalezcan el campo artístico-cultural, mediante el cruce de expresiones artísticas con otros ejes de interés actual, se alienta la participación de proyectos y temáticas de proyectos de formación que relacionen el Arte con temáticas vinculadas a la Inclusión, el Medio Ambiente, la Cultura digital, los Derechos Humanos, la Perspectiva de Género y la Diversidad, entre otras. LAS BECAS A LA FORMACIÓN SE DIVIDEN EN DOS MODALIDADES 1. Beca individual 2. Beca para proyectos grupales LAS BECAS A LA FORMACIÓN SE DIVIDEN EN TRES CATEGORÍAS a. Capacitación b. Formadores (sólo para proyectos no arancelados) c. Línea FNA-DNFC para proyectos de formación en cultura + ambiente

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¿Qué beneficios ofrecen las Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA?

Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
                                

El importe del monto máximo a percibir por cada una de las becas, que se abonará en un solo estipendio, será de acuerdo a lo siguiente: 1. CAPACITACIÓN 1.1. Pesos cien mil ($100.000.-), para proyectos individuales 1.2. Pesos ciento cuarenta mil ($140.000.-) para proyectos grupales 2. FORMADORES 2.1. Pesos ciento veinte mil ($120.000.-), para proyectos individuales 2.2. Pesos ciento ochenta mil ($180.000.-) para proyectos grupales 3. LÍNEA FNA-DNFC PARA PROYECTOS DE FORMACIÓN EN CULTURA + AMBIENTE Contrato de Locación de Obra a cargo de la DNFC por un monto total de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000.-) para proyectos individuales y grupales (un sólo contrato a nombre del representante del grupo). NOTAS SOBRE LOS PAGOS a. Las personas becadas o los/as representantes del grupo, según la modalidad que corresponda, recibirán el importe mediante una transferencia bancaria a la cuenta detallada a tales efectos en el formulario de inscripción. b. El pago se hará en la medida que esté debidamente presentada la documentación detallada en el Artículo 7º del presente reglamento.

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¿En qué país(es) podrás estudiar?

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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?

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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA?

                                

Podrán participar argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina. RESTRICCIONES 1. En las categorías Capacitación y Formadores no podrán postularse las personas que durante el año 2022 hayan recibido una beca (Creación o Formación) del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES. 2. Los proyectos de capacitación y/o formación deberán cumplirse únicamente en territorio argentino y/o en Instituciones o docentes que residan en el país y no podrán tener una duración mayor a NUEVE (9) meses. 3. En la categoría Capacitación no se aceptarán proyectos que contemplen la finalización de carreras universitarias de grado o realización de tesis o Maestrías. 4. En la categoría Formadores no podrán presentarse propuestas de formación aranceladas 5. En la categoría Línea FNA-DNFC para proyectos de formación en Cultura + Ambiente no podrán participar aquellos postulantes alcanzados por las restricciones previstas en las siguientes normas: Art. 28 del Decreto N° 1023/01 PERSONAS NO HABILITADAS; Art. 8 de la Ley 24.156 y Art. 1° del Capítulo del Decreto N° 8566/61 INCOMPATIBILIDADES (“Ninguna persona podrá desempeñarse ni ser designada en más de un cargo o empleo público remunerado dentro de la Jurisdicción y competencia del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial o Municipal”). 6. Podrá presentarse únicamente un proyecto individual y participar de un proyecto grupal por postulante. En aquellos casos en los que los postulantes resulten seleccionados para recibir una beca grupal y una beca individual, solo se dará curso a la beca grupal sin excepción, quedando sin efecto la beca individual seleccionada. 7. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún Programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigentes. 8. Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeñe en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y en la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL. 9. No podrán participar quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

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¿Cómo hago la solicitud?

                                

1. La inscripción deberá realizarse en forma virtual a través de la Plataforma del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES https://app.fnartes.gob.ar. Los participantes deberán registrarse como usuarios y completar el formulario de inscripción. La postulación sólo podrá ser realizada desde el usuario del autor del proyecto o de su representante en caso de tratarse de autoría compartida. 2. En el caso de la modalidad Beca para Proyectos Grupales, todas las personas que integren el Grupo deberán registrarse en la mencionada Plataforma. 3. Sólo se dará curso a las inscripciones que sean realizadas desde el usuario del postulante o representante de un Grupo, según corresponda. Toda aplicación en la que el usuario no coincida con el titular del proyecto o el representante de un Grupo será desestimada. CONDICIONES DE POSTULACIÓN a. Capacitación Podrán presentarse proyectos para capacitarse en instituciones y espacios culturales argentinos (Universidades, Facultades, residencias, talleres, escuelas, asociaciones, etc.) o con docentes particulares tanto de manera presencial como virtual o mixta (que combine ambas modalidades). b. Formadores Podrán presentarse artistas, docentes y/o profesionales que deseen brindar una formación artística/ técnica a terceros de manera GRATUITA, de forma presencial, virtual o mixta. c. Línea FNA-DNFC para proyectos de formación en Cultura + Ambiente Podrán presentarse artistas, docentes y/o profesionales que deseen impartir una formación a terceros de manera PRESENCIAL y GRATUITA en el que se desarrollen contenidos que tengan como eje temático el diálogo entre Cultura y Ambiente.

Imagen de Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA, 2023
Imagen de Becas Formación - Fondo Nacional de las Artes FNA, 2023. Foto: Fondo Nacional de las Artes - FNA.
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¿Qué documentos necesito?

                                

1. PARA CAPACITACIÓN 1.1. Formulario de solicitud de inscripción en el que deberá constar el proyecto de formación debidamente desarrollado, incluyendo datos relativos a la capacitación a recibir (programa, contenidos, duración) y al docente o institución que la impartirá. 1.2. Currículum Vitae del artista (individual) o de los integrantes del grupo (cada grupo participante deberá estar integrado como mínimo por DOS (2) personas y deberá tener un nombre identificatorio). 1.3. Carta de conformidad del/los docente(s) o nota de admisión de la Institución de enseñanza. 2. PARA FORMADORES 2.1. Formulario de solicitud de inscripción en el que deberá constar programa de formación a dictar debidamente desarrollado, incluyendo objetivos a cumplir, contenidos a abordar, duración y perfil del público destinatario. 2.2. Currículum Vitae del formador o grupo de formadores implicados en el programa (cada grupo participante deberá estar integrado como mínimo por DOS (2) personas y deberá tener un nombre identificatorio). 2.3. En caso de postular con programas de formación a dictarse en instituciones, organizaciones, asociaciones u otros espacios artísticos, culturales o comunitarios deberá adjuntarse una nota firmada por los responsables del lugar prestando conformidad a la realización de dicha actividad, detallando fecha de ejecución estimada. EN TODAS LAS CATEGORÍAS Y MODALIDADES DEBERÁ AGREGARSE a. Foto del Anverso y Reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) del artista o del representante de un grupo, según corresponda. La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina CUIT y/o CUIL b. Situación actualizada ante la A.F.I.P. (Contribuyente, No inscripto/categorizado) c. Número de Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) de una cuenta propia. d. Antecedentes: podrá adjuntar imágenes digitalizadas y/o escanear los certificados de estudios, programas, catálogos de exposiciones, referencias, críticas, fotografías y diapositivas de las obras, videos, DVD, demos, partituras. Si los archivos, videos, imágenes y/o demos superan el tamaño especificado en la plataforma virtual deberán presentar un link o enlace al sitio donde se encuentran alojados los contenidos. e. Detalle de los rubros a financiar con el dinero de la beca en el caso de ser recibida, con sus importes correspondientes (los importes deberán ser expresados en pesos argentinos). f. En caso de becas grupales deberá presentarse, además, nota/s firmada/s por cada uno de sus integrantes –con aclaración y número de documento- por la cual designan al Representante/Responsable ante el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y aceptan las condiciones detalladas en el Reglamento del Concurso. g. Los datos requeridos deberán ser presentados de acuerdo con lo que determina el presente Reglamento, caso contrario no podrán ser evaluados . h. Toda tramitación relativa a esta convocatoria se realizará exclusivamente de modo electrónico. i. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el formulario de inscripción, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo. CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE BECA 1. La fecha de inicio de los proyectos deberá estar comprendida entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de junio de 2023, sin excepciones. 2. Todos los proyectos deberán estar finalizados antes del 1° de diciembre de 2023. 3. Los proyectos no podrán tener una duración mayor a NUEVE (9) meses. 4. A su finalización deberá presentarse un Informe Final que contenga el desarrollo completo de los contenidos y actividades llevadas a cabo, incluyendo material complementario (fotos, videos, etc.) y certificación o constancia de realización de la beca. 5. En el caso de los proyectos de Formadores deberá adjuntarse, además, una planilla con la nómina de los participantes (nombres y N° de DNI) que asistieron a la capacitación y una declaración jurada indicando que las actividades se desarrollaron de manera gratuita. 6. El beneficiario no podrá modificar el destino de la beca otorgada; si por alguna razón de fuerza mayor no pudiera desarrollar el programa elegido deberá presentar una nota explicando su situación, la que será elevada al Directorio para su consideración. 7. En todo trabajo exhibido o publicado por los beneficiarios, deberá mencionarse el apoyo recibido por parte del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

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¿Cómo se hace la selección del becario?

                                

PROCESO DE SELECCIÓN 1. La selección de beneficiarios estará a cargo de un Jurado interdisciplinario compuesto por especialistas de relevante trayectoria, que será designado por el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y que tendrá a su cargo la evaluación de los proyectos y los antecedentes de los postulantes. En la Línea FNA- DNFC para proyectos de formación en Cultura + Ambiente también participará un representante del programa Formar Cultura de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL. 2. El jurado dará a conocer su dictamen dentro de los NOVENTA (90) días de haberse constituido, mediante un Acta con la nómina de beneficiarios, que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación. 3. El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES podrá modificar la nómina de personas beneficiarias por motivos de renuncias, incumplimiento de los requisitos o alcance de las restricciones detalladas en el presente reglamento. En cualquiera de esos casos, el beneficio será otorgado a las personas seleccionadas en calidad de suplentes, respetando el orden correlativo de prioridad oportunamente establecido por los respectivos jurados y aprobado por el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

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¿Qué más necesito saber?

                                

RESULTADOS: La nómina de personas beneficiarias será publicada en la página web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (www.fnartes.gob.ar) y se realizarán por correo electrónico las notificaciones correspondientes. RENUNCIA AL BENEFICIO 1. Las personas que deseen postularse a la presente convocatoria deberán aceptar el Reglamento de la convocatoria previo al acceso del formulario de inscripción dejando de manifiesto que cumplen con los requisitos solicitados en el Artículo 7°, que no se encuentran alcanzados por las restricciones detalladas en el Artículo 8° y que aceptan el beneficio en caso de que les fuera otorgado. 2. En caso de RENUNCIA deberá comunicarse en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles a partir de la publicación de la nómina de beneficiarios al correo electrónico ganadoresbf@fnartes.gob.ar con el asunto “Renuncia Beca Formación 2022”. 3. Cualquier modificación a la nómina de personas beneficiarias por renuncia o incumpliento de los requisitos y/o restricciones detallados en el presente reglamento será cubierta por las personas seleccionadas en calidad de suplentes, respetando el orden correlativo de prioridad oportunamente establecido por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes. SANCIONES a. Al Becario (individual o miembro de un proyecto grupal) o Formador que no diera cumplimiento a las cláusulas del presente reglamento se le podrá aplicar, a criterio del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, las siguientes sanciones: b. Dejar sin efecto la beca. c. Suspender la beca. d. Exigir el reintegro total o parcial de lo percibido en concepto de estipendios. e. Inhabilitar, por el tiempo que el Directorio fije, para postularse como beneficiario de las actividades del Organismo al postulante individual como también a todos los integrantes del grupo. DIFUSIÓN DE LOS GANADORES: Por el hecho de participar en esta convocatoria, quienes se postulan prestan su conformidad, en caso de ganar la beca, para que se difunda su nombre y el título del proyecto, como asimismo una sinopsis del mismo, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éste, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales. DERECHOS DE AUTOR 1. La simple inscripción a la presente convocatoria equivale a una declaración jurada de quienes participen afirmándose como autor/res legítimos del proyecto. 2. Las personas inscriptas declaran estar expresamente autorizadas y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición y/o ejecución pública y/o adaptación, garantizando la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular. DERECHOS DE IMAGEN. a. Quienes se postulan autorizan al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a utilizar todo el material e información que provean a la presente convocatoria —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones— y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor. b. Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual. c. En todos los casos será mencionado el nombre del proyecto y su autor/res. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO: El solo hecho de presentarse a optar por los beneficios de la presente convocatoria implica por parte de quienes se postulan, la aceptación de todas las normas del reglamento. IMPREVISTOS: Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

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¿Cuáles son las fechas clave?

                                

Periodo de inscripción: Fecha: del 23 de marzo al 9 de mayo de 2023

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¿A quién le pregunto por esta beca?

                                

Fondo Nacional de las Artes https://fnartes.gob.ar/ Dirección: Adolfo Alsina 673, C1087AAI, CABA, Buenos Aires, Argentina Email: fnartes@fnartes.gob.ar Horario de atención: lunes a viernes, de 10 a 16 hrs. Casa de la Cultura Dirección: Rufino de Elizalde 2831, C1425CBA, CABA Email: fnartes@fnartes.gob.ar Horario de apertura: jueves a domingos, de 14 a 19 hrs.

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