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Fondo de educación superior para pensionados de la fuerza pública con discapacidad, viudas huérfanos o padres - ICETEX, 2022-2

Beca crédito en Colombia para estudios de pregrado o de educación para el trabajo.

Inicio Convocatoria
21/06/2022
Cierre Convocatoria
10/07/2022
Resultado Convocatoria
22/07/2022
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

01
¿Quién concede la beca?

ICETEX

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
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¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

El fondo de educación superior para pensionados de la fuerza pública con discapacidad, viudas huérfanos o padres - ICETEX está destinado al otorgamiento de créditos educativos para financiar estudios de pregrado o de educación para el trabajo y desarrollo humano -única y exclusivamente-, a los beneficiarios establecidos en el artículo segundo, numerales 1 y 2, de la Ley 1699 de 2013 reglamentada por el Decreto 2092 del 23 de octubre 2015 y Artículos No. 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019, que se encuentren en cualquiera de los estratos socioeconómicos definidos como uno (1), dos (2) o tres (3). SOBRE ESTE FONDO El Fondo financia programas para cursar en Colombia, en Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Ministerio de Educación para el caso de programas a nivel de pregrado (Universitario, Tecnológico y Técnico Profesional) y en cuanto a programas de Formación para el trabajo y el Desarrollo Humano en estos deberán estar aprobados por las Secretarías de Educación Certificadas. CUBRIMIENTO Y DURACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO El crédito educativo tendrá una duración equivalente a la totalidad del programa académico desarrollado por el beneficiario, incluso de los períodos adicionales si fuesen necesarios, que en todo caso estos últimos no podrán superar un (1) año, previa aprobación de la Junta Administradora del Fondo.

03
¿Qué beneficios ofrece el Fondo de educación superior para pensionados de la fuerza pública con discapacidad, viudas huérfanos o padres - ICETEX?
Beca - crédito
Duración de la beca > 1 año
                                

Crédito educativo condonable en un noventa por ciento (90%), para estudios de pregrado (técnicas profesionales, tecnológicas y universitarias) o de educación para el trabajo y desarrollo humano. COSTO DE MATRÍCULA a. El Fondo cubre el valor total de la matrícula hasta por once salarios mínimos mensuales legales vigentes (11 SMMLV), por cada período académico a cursar. b. NOTA: El recurso de matrícula que atienda programas con periodicidad académica diferente a la semestral será desembolsado por el ICETEX, de acuerdo con los soportes suministrados por el beneficiario, en todo caso, el valor a financiar no excederá los 22 SMMLV por año. APOYO DE SOSTENIMIENTO Apoyo de sostenimiento por un salario mínimo mensual legal vigente (1 SMMLV) por período académico a cursar, valor que se girará directamente al beneficiario del crédito. DERECHOS DE GRADO Y PRIMA DE GARANTÍA Derechos de grado, en caso que aplique y el valor de la prima de garantía para amparar los riesgos de muerte, invalidez física o mental, total y permanente del beneficiario del crédito educativo.

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¿En qué país(es) podrás estudiar?
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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
07
¿Para qué nivel es la beca?
Licenciatura / Grado / TSU
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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las becas del Fondo de educación superior para pensionados de la fuerza pública con discapacidad, viudas huérfanos o padres - ICETEX?
                                

1. Estar acreditados como beneficiarios de la Ley 1699 de 2013, mediante el carnet de beneficiario que expida el Ministerio de Defensa Nacional, del cual el aspirante deberá entregar una copia al ICETEX. 2. Para el caso de los beneficiarios a quienes el Pensionado por Invalidez cedió el Beneficio de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1979 de 2019, anexar el certificado expedido por el Ministerio de Defensa Nacional. (Dirección de Veteranos y Rehabilitación Inclusiva). 3. Pertenecer a los estratos socioeconómicos definidos como UNO (1), DOS (2) o TRES (3), el cual se acredita con un recibo de servicio público del lugar de residencia, correspondiente al mes anterior a la postulación a la CONVOCATORIA. 4. Estar admitido o matriculado en una de las siguientes opciones: 5. Programas académicos que cuenten con registro calificado vigente para el caso de programa de Educación Superior. 6. Programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano registrados por las entidades certificadas en Educación. 7. Haber presentado la Prueba Saber 11 o en todo caso la prueba que el Estado establezca para los aspirantes que ingresen al primer periodo académico en un programa de pregrado, para lo cual deberán adjuntar copia del resultado. 8. Para los estudiantes que ingresen como beneficiarios a partir del segundo semestre en adelante, haber aprobado el período académico inmediatamente anterior, para lo cual deberán adjuntar certificado de notas expedido por la Institución de Educación Superior o la Entidad de Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano. 9. Estar inscrito en la página web del ICETEX dentro de los plazos, términos, y condiciones y con los soportes solicitados en el formulario escaneados, con un archivo de tamaño máximo de 2 MB no cifrados o con clave. 10. Tener un deudor solidario aprobado por la entidad que designe el ICETEX. 11. Los demás requisitos que el Ministerio de Defensa Nacional o el ICETEX establezcan en cada convocatoria. NOTA 1: La población beneficiaria de lo contemplado en la Ley 1979 de 2019, no podrá ampararse del beneficio establecido en la presente convocatoria y obtener doble beneficio. NOTA 2: Los beneficiarios que ya cuenten con beneficio del fondo de LEY 1699 de 2013, no podrá ampararse del beneficio establecido en la presente convocatoria y obtener doble beneficio.

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¿Cómo hago la solicitud?
                                

TENGA EN CUENTA AL MOMENTO DE INSCRIBIRSE 1. La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el Fondo se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar. 2. Los beneficiarios que tengan créditos vigentes con el ICETEX podrán aplicar a los créditos educativos de este Fondo, siempre y cuando hayan amortizado a la fecha de la solicitud el cincuenta por ciento (50%) de la deuda previamente contraída y cumplan con los requisitos del Fondo. 3. Los estudiantes que deseen acceder al Fondo y que hayan iniciado un programa académico, deben haber aprobado el período académico inmediatamente anterior. 4. El deudor solidario del aspirante al crédito educativo será evaluado ante las centrales de riesgo por el ICETEX, para verificar su historia crediticia, y deberá asumir el costo del estudio de viabilidad del crédito establecido por el ICETEX.

Becas en Colombia
Becas en Colombia. Foto: Becas sin fronteras
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¿Qué documentos necesito?
                                

DOCUMENTOS REQUERIDOS DE ORDEN ACADÉMICO 1. Recibo de matrícula o constancia de admisión de la institución educativa, donde se especifique el período académico a cursar y valor de la matrícula. 2. Resultado de la Prueba Saber 11 o, en todo caso. 3. la prueba que el Estado establezca para los aspirantes que ingresen al primer período académico, en caso que la institución educativa así lo requiera. 4. Certificado de calificaciones del último año aprobado (grado mínimo exigido, según el programa académico al que desea ingresar), en el caso de 5. aspirantes a Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano, cuando a ello hubiere lugar. 6. Certificado de notas del período inmediatamente anterior, expedido por la institución de educación superior o educación para el trabajo y desarrollo humano, para los estudiantes que ingresen al segundo periodo y / o período semestre académico en adelante. DOCUMENTOS DE ORDEN GENERAL POR PARTE DEL BENEFICIARIO a. Formulario de EL ICETEX diligenciado. b. Fotocopia del documento de identidad del beneficiario. c. Fotocopia del carné que lo acredita como beneficiario de la Ley 1699 de 2013, adicionada por los artículos 28 y 29 la Ley 1979 de 2019, o para el caso de los beneficiarios a quienes el Pensionado por Invalidez cedió el Beneficio de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 1979 de 2019, anexar el certificado expedido por el Ministerio de Defensa Nacional. d. Copia del recibo del servicio público domiciliario del lugar de residencia del del beneficiario. e. Certificado de cuenta bancaria expedida por la entidad a nombre del beneficiario del crédito. DE ORDEN GENERAL POR PARTE DEL CODEUDOR - PERSONA NATURAL 1. Formulario de información del deudor diligenciado y la aprobación del estudio realizado por la central de riesgos determinada por el ICETEX. 2. Fotocopia del documento de identidad. 3. Carta de certificación laboral del deudor solidario con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, que incluya sueldo, cargo, fecha de ingreso y tipo de contrato. 4. Si es trabajador independiente, certificación de ingresos expedida por la autoridad competente. Si es expedido por contador público se debe acompañar con copia legible de la tarjeta profesional y del documento de identidad del contador. 5. Certificado de ingresos y retenciones, si es trabajador dependiente y/o declaración de renta del año anterior, si está obligado a declarar. 6. Certificación de ingresos adicionales según sea el caso. 7. En caso de ser pensionado, demostrar ingresos diferentes a la pensión - adjuntar certificación de ingresos adicionales expedida por la autoridad 8. Fotocopia legible del documento de identidad del representante legal. 9. Fotocopia legible del NIT (Número Identificación Tributaria). 10. Certificado de existencia y representación legal. 11. Estados financieros del último ejercicio contable. 12. Estar facultado para asumir esta clase de obligaciones previa certificación del representante legal. 13. NOTA 1. Los documentos requeridos se deben digitalizar para ser presentados en el ICETEX dentro de los plazos señalados en la convocatoria. No se aceptará documentación enviada por correo, y no se evaluarán documentos cifrados o que contengan claves de acceso. 14. La documentación que no cumpla con los anteriores requisitos y/o se encuentre incompleta no se le dará trámite. 15. Una vez la documentación cargada en la plataforma sea verificada, el beneficiario y su codeudor recibirán a través de correo electrónico y mensaje de texto las instrucciones por parte de la compañía DECEVAL para firmar de manera electrónica el pagaré y las garantías que respaldan su crédito condonable. Si es menor de edad, su representante legal deberá constituir el pagaré y la carta de instrucciones desmaterializados, es decir, digitales. 16. NOTA 2. El proceso de carga de soportes de legalización es responsabilidad única del aspirante, por lo cual debe validar de manera constante, el estado del registro de los soportes solicitados y cargados. Si al cierre del proceso de legalización no cuenta con el total de los soportes cargados de manera satisfactoria, dará lugar a la no legalización y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar. 17. NOTA 3. El ICETEX se reserva el derecho de efectuar, cuando así lo considere necesario, la verificación correspondiente de la información suministrada durante el proceso de legalización del crédito. DOCUMENTOS PARA LAS RENOVACIONES a. En caso de renovación de los créditos educativos para un nuevo semestre o periodo académico, el beneficiario deberá reunir los requisitos y actualizar los datos requeridos a través de la página Web del ICETEX y radicará ante éste la solicitud de renovación, cumpliendo con las exigencias y anexando -pero sin limitarse- los siguientes documentos: b. Certificado de notas del período inmediatamente anterior, expedido por la Institución Educativa por los beneficiarios, a través del sistema de información que para tal efecto dispone la Entidad.

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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

CRITERIOS DE SELECCIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS ASPIRANTES A LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS 1. Todo el proceso de selección y calificación se llevará a cabo por el ICETEX, a partir de las solicitudes recibidas y de acuerdo con los criterios que la Junta Administradora defina y señale en cada convocatoria. Lo anterior en cumplimiento con los siguientes criterios de selección, pero sin limitarse a: 1.1. Mérito Académico - Resultados Pruebas Saber 60% 1.2. Estrato Socioeconómico 40% 2. Mérito Académico para estudios de Educación Superior 3. Para los aspirantes al segundo semestre en adelante se tendrá en cuenta el promedio del último periodo aprobado 4. El criterio de mérito académico para estudios de Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano se toma el mismo definido para el primer semestre de Educación Superior 5. Estrato Socioeconómico EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS ASPIRANTES AL CRÉDITO EDUCATIVO a. El número de créditos educativos a otorgar por cada período académico, estará sujeto a la disponibilidad de los recursos asignados al Fondo en cada anualidad. En este sentido, el proceso de adjudicación de los créditos estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo, a partir de la selección y calificación que realice el ICETEX entre los aspirantes con mayores puntajes. b. Lo anterior hasta agotar el presupuesto disponible, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Fondo. El proceso de legalización y la gestión de los desembolsos de los créditos educativos se realizarán a través del ICETEX.

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¿Qué más necesito saber?
                                

LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO: Adjudicados los créditos educativos por la Junta Administradora del Fondo en Administración, los beneficiarios deberán legalizar su crédito a través de los mecanismos que establezca el ICETEX. Para tal efecto, el beneficiario deberá presentar la documentación digitalizada y realizar los demás procedimientos que sean exigidos por esta Entidad. ¿CÓMO SE EXONERA O CONDONA EL PAGO DEL CRÉDITO EDUCATIVO? 1. El beneficiario de un crédito educativo debe solicitar, una vez se gradué del respectivo programa académico, la condonación del crédito por el noventa por ciento (90%) de su valor total, cumpliendo a cabalidad con los siguientes requisitos: 1.1. Carta solicitando la condonación del 90% de los créditos. 1.2. Copia del título académico obtenido y del acta de grado o sus equivalentes en caso de ser programas de educación para el trabajo y desarrollo humano. NOTA MUY IMPORTANTE: No olvide que cuenta con tres meses a partir de la fecha de graduación, para realizar la solicitud de condonación, si usted supera este plazo le será cobrado la totalidad del crédito otorgado por el Fondo. ¿CÓMO SE CANCELA EL SALDO RESTANTE DE LA DEUDA EQUIVALENTE AL 10%? a. Cuando el beneficiario se haya graduado del programa académico para el cual se le otorgó el crédito educativo y cumpla con las condiciones de condonación, se le otorgará un período de gracia de un (1) año a partir de la fecha de terminación de los estudios para comenzar a pagar el saldo no condonable equivalente al 10% del saldo total del capital junto a sus intereses. b. Esta financiación se realizará a través del ICETEX. SON CAUSALES DE SUSPENSIÓN DEFINITIVA DE LOS CRÉDITOS EDUCATIVOS 1. Finalización de los periodos académicos para el cual se concedió el crédito educativo. 2. Abandono injustificado del programa de estudios. 3. Cierre definitivo de la institución educativa o del programa académico. 4. Falsificación en la documentación presentada o cualquier anormalidad, irregularidad o inconsistencia en la información suministrada. 5. Cambio de institución educativa o programa académico sin la previa autorización de la Junta Administradora. El ICETEX deberá notificar previamente a la Junta Administradora de esta situación. 6. Cambio del programa de estudios que implique una duración superior a un año de lo establecido en el programa académico inicial. 7. No tramitar la renovación del crédito educativo dentro de los dos (2) períodos académicos siguientes al último cursado. 8. La no aprobación de un periodo académico. 9. Suspender el crédito educativo por más de dos (2) periodos académicos. 10. Expresa voluntad del beneficiario. 11. Expulsión de la institución educativa por causas disciplinarias, por inasistencia o por bajo rendimiento académico, y en todo caso, por las causas que establezca la institución educativa. 12. Incumplimiento por parte del beneficiario de cualquiera de las obligaciones, según lo establecido en el presente Reglamento Operativo o en el reglamento interno de la institución educativa. 13. Muerte o invalidez física o mental, total y permanente que impida la realización de los estudios por parte del beneficiario. 14. Por derogatoria tácita o expresa o declaratoria de inexequibilidad del artículo 4 de la Ley 1699 de 2013, adicionado por el artículo 28 de la Ley 1979 de 2019 o de la totalidad de esta Ley.

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

ETAPA I Fecha Apertura y Divulgación de la Convocatoria: 21 de junio de 2022 Cierre de la Convocatoria: 10 de julio de 2022 Evaluación de aspirantes con cumplimiento de requisitos: 11 al 15 de julio de 2022 Junta Administradora aprobación: 19 de julio de 2022 Publicación de Resultados: 22 de julio de 2022 ETAPA II Legalización del Crédito Educativo: 25 de julio al 19 de agosto de 2022

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX, institución colombiana destinada a promover la educación superior en Colombia. https://portal.icetex.gov.co/ Dirección: Carrera. 3 # 18-32 (Recepción de correspondencia) | Código postal: 110321 | PBX: (57-1) 382-1670 Líneas de atención al usuario del ICETEX Bogotá: (57-1) 417-3535 Línea gratuita a nivel Nacional: (57-1) 018000-916821 (línea de quejas y reclamos) Horario de líneas de atención: lunes a viernes de 7:00 am a 9:00 pm dependiendo de cada uno de nuestros canales de atención IES de lunes a viernes de 8:00 am a 5:30 pm. Para información adicional, se debe contactar a la Oficina de Relaciones Internacionales del ICETEX, a través del correo: becacolombia@icetex.gov.co Oficina de Relaciones Internacionales - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior – ICETEX

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Este no es el sitio oficial de la beca. Esta página contiene información resumida sobre la convocatoria de la beca recopilada por nosotros con fines exclusivamente de divulgación. Tratamos de que esta información sea correcta y esté actualizada. Sin embargo, la información de la convocatoria puede cambiar en cualquier momento sin previo aviso. Recomendamos siempre visitar la página web de la institución que concede la beca (o contactarla directamente), para obtener información completa y actualizada de las becas que le interesen. Cualquier uso que se haga de la información divulgada por Becas sin fronteras será estrictamente responsabilidad del usuario, por su cuenta y riesgo. Conozca nuestras Políticas de uso para mayor información.