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Becas para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia, 2023

Beca para Posgrado en Artes Plásticas para colombianos en el extranjero.

Inicio Convocatoria
01/12/2022
Cierre Convocatoria
28/04/2023
Resultado Convocatoria
09/06/2023
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

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¿Quién concede la beca?

El Banco de la República (Banco Central de Colombia).

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
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¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

La Beca para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia busca apoyar los procesos creativos en sus diferentes manifestaciones al estimular su perfeccionamiento en diferentes disciplinas afines a las Artes Plásticas, con el fin de elevar sus niveles de excelencia. El Banco ofrece un cupo para iniciar en 2023 un posgrado en el exterior, el cual cubre máximo dos años de estudio. Pueden aplicar profesionales en áreas afines a las Artes Plásticas que deseen realizar estudios en las disciplinas de pintura, escultura, grabado, dibujo, fotografía, performance, instalaciones, nuevos medios (digitales) y tecnología (audiovisual, video, electrónicos). El reglamento del programa de estudios en el exterior para las Artes Plásticas está disponible en: https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/paginas/reglamento-pjt.pdf El formulario de carta de presentación está en: https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/programa-estudio-exterior-carta.pdf OBJETIVO, NÚMERO Y DENOMINACIÓN Patrocinar estudios formales en academias o conservatorios para estudios de posgrado (máximo por dos [2] años) en instituciones extranjeras de reconocida excelencia académica. Como política cultural, el Banco de la República apoya la creatividad en sus diferentes manifestaciones y contribuye para que el país disponga de un mayor grupo de profesionales, estimulando el perfeccionamiento de jóvenes artistas colombianos con el fin de elevar los niveles de excelencia en disciplinas como las Artes plásticas y Música en el país. Los patrocinios se conceden alternados anualmente (un año en el área de Artes plásticas y el siguiente en el área de Música), para profesionales que se hayan destacado en el ámbito académico, en las áreas citadas. ÁREAS. El programa se otorgará para realizar estudios en las distintas disciplinas de las Artes plásticas y la Música, a saber: 1. Artes plásticas: 1.1. Pintura. 1.2. Escultura. 1.3. Grabado. 1.4. Dibujo. 1.5. Fotografía. 1.6. Performance. 1.7. Instalaciones. 1.8. Nuevos medios (digitales) y tecnología (audiovisual, video, electrónicos). 2. Música: 2.1. Composición. 2.2. Dirección (coral u orquestal). 2.3. Interpretación (incluye instrumentos y canto). DURACIÓN DEL PROGRAMA En principio, los beneficios se otorgan hasta por el máximo de dos (2) años, dependiendo del programa al que fue admitido y aprobado, en los cuales el beneficiario deberá demostrar que los resultados de sus estudios son satisfactorios y ameritan el mantenimiento del mismo. El beneficiario podrá posponer su regreso al país por razones ampliamente justificadas y previa aprobación con visto bueno de la Subgerencia Cultural y aprobación del Comité de Capacitación, hasta por el doble del tiempo patrocinado por el Banco, siempre que la entidad educativa acredite que se encuentra adelantando sus estudios de manera satisfactoria. El Banco no dará ningún tipo de subsidio al beneficiario durante ese lapso de tiempo.

03
¿Qué beneficios ofrecen las Becas para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia?
Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
Seguro / Beneficios médicos
Transporte internacional
Matrícula / Colegiaturas
Inscripción / Examen de ingreso / Titulación / Tesis
Apoyo para gastos de instalación
Apoyo para familiares
Cursos de idioma local
Libros / Útiles / Material
Otros
Duración de la beca > 1 año
                                

Recursos económicos para el beneficiario: 1. Matrícula, derechos de registro, inscripción y grado (valor total). 2. Nivelación del idioma (1 mes y hasta USD 3.000). 3. Seguro médico y odontológico (valor total). 4. Pasajes de ida y regreso en clase económica (valor total). 5. Sostenimiento mensual (monto por confirmar en diciembre de 2022). 6. Gastos de instalación (USD 120). 7. Gastos de viaje para ida y regreso por una sola vez (USD 320). 8. Auxilio anual para libros (USD 500). 9. Gastos de tesis por una sola vez (USD 600). RECURSOS ECONÓMICOS PARA CÓNYUGE O COMPAÑERO(A) PERMANENTE Y, SI APLICA, HASTA DOS HIJOS MENORES DE 18 AÑOS a. Seguro médico y odontológico (valor total). b. Pasajes de ida y regreso en clase económica (valor total). c. Sostenimiento mensual para el cónyuge (monto por confirmar en diciembre de 2022). d. Sostenimiento mensual para dos hijos menores de 18 años (monto por confirmar en diciembre de 2022). NOTAS 1. Cuando en uso de un programa otorgado por el Banco, el beneficiario viaje al exterior en compañía de su(s) hijo(s) y no tenga cónyuge o compañero(a) permanente, tendrá derecho a recibir los beneficios económicos destinados para este último. 2. Si existiere un dinero entregado al beneficiario y no causado se compensará con los recursos económicos por entregar durante el programa. Si existiere un valor a favor del Banco o del beneficiario una vez culminado el programa, se devolverá a más tardar en los tres meses siguientes a la tasa de cambio vigente del día en que se realice el hecho económico. 3. Para los postulantes menores de edad que apliquen a la convocatoria, el Banco de la República no asumirá ningún costo en el que deba incurrir el acudiente del estudiante, o costos adicionales a los ya otorgados por el Banco para el estudiante. 4. Las sumas para cubrir los gastos contemplados en los numerales anteriores, las fija el Consejo de Administración del Banco de la República con base en recomendaciones del Comité de Capacitación.

04
¿En qué país(es) podrás estudiar?
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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
07
¿Para qué nivel es la beca?
Maestría / Especialidad
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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia?
                                

1. Ser colombiano y tener entre 18 y 35 años de edad a la fecha de cierre de la convocatoria. 2. El programa está dirigido a jóvenes artistas plásticos y músicos que no hayan tenido la oportunidad de realizar estudios de posgrado en el exterior. 3. Acreditar la aceptación en un programa académico formal en las disciplinas enunciadas en el capítulo II, ofrecido por una institución de formación en artes plásticas o musical de reconocida excelencia académica. La carta de aceptación que expida la institución debe estar condicionada solo a la demostración de recursos financieros. 4. Tener una trayectoria de participación en la actividad artística de la ciudad o región en la cual reside o en la capital de la república. 5. Estar en disposición de presentarse a una audición y/o entrevista ante el jurado de selección. 6. Los candidatos no pueden ser empleados del Banco de la República, ni haberlo sido en los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de su solicitud de participación en este programa. 7. No obstante, lo anterior, se exceptúan de la regla general las personas que habiendo sido trabajadores del Banco de la República durante los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de estudio en el exterior, su contrato de trabajo hubiera estado suspendido en virtud de licencia no remunerada como mínimo en los dos años anteriores a la citada fecha. 8. Para los beneficiarios que inicien estudios de posgrados en los Estados Unidos se les solicitará la visa J. NOTAS a. El programa no está dirigido a estudiantes que estén cursando o hayan cursado estudios de posgrado en el exterior. b. Los aspirantes no pueden ser empleados del Banco de la República ni haberlo sido en los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de su solicitud de participación en este programa. c. En caso de que el programa se curse en los Estados Unidos, contar con Visa J1.

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¿Cómo hago la solicitud?
                                

Postúlese en línea: Se habilitará la postulación en línea para acceder al patrocinio. Visite el enlace: https://www.banrep.gov.co/es/banco/patrocinio-estudios-exterior/posgrado-artes-plasticas NOTAS a. Recuerde que a partir del 1 de diciembre de 2022 se habilitará la postulación en línea para acceder al patrocinio. b. Para completar con éxito su postulación deberá crear un usuario, diligenciar la información personal, académica y laboral; a su vez comunicar el programa que desea realizar y adjuntar todos los documentos. c. No olvide validar que a la bandeja del correo que utilizó para crear el usuario, le haya llegado la confirmación de recepción de la solicitud de postulación. d. Modelo de carta de presentación se encuentra en: https://www.banrep.gov.co/sites/default/files/programa-estudio-exterior-carta.pdf

Imagen de Becas para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia, 2023
Imagen de Becas para Posgrado en Artes Plásticas del Banco de la República de Colombia, 2023. Foto: Becas sin fronteras
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¿Qué documentos necesito?
                                

Documentos digitalizados que deberá adjuntar: 1. Dos cartas de presentación en formato del Banco de la República, cada una expedida por un profesor universitario que haya sido docente o tutor de investigación del candidato. 2. Autorización de tratamiento de datos personales 3. Cédula de ciudadanía ampliada al 150% por anverso y reverso. 4. Acta de grado o diploma de pregrado. En caso de contar con posgrado debe acreditar dicha titulación. 5. Certificado de notas de pregrado emitido por la respectiva universidad, en el que aparezcan todas las calificaciones obtenidas, inclusive las reprobadas o aplazadas. 6. Carta de admisión a un programa formal, expedida por una institución académica del más alto nivel. 7. Programa de estudio en el cual fue admitido. 8. (Opcional) Certificados sobre premios y distinciones. 9. Listado de exposiciones en las que ha participado. 10. Registros de participación en exposiciones individuales y colectivas (invitaciones, catálogos, folletos, notas de prensa, etc.). 11. Vínculo a un sitio web que contenga una selección de los mejores trabajos de su trayectoria artística. Cada trabajo debe contar con una ficha técnica en la que se indique: Nombre del artista, título, año, técnica, dimensiones de la obra original. ADEMÁS DE LOS ANTERIORES DOCUMENTOS Y DE ACUERDO CON LA ESPECIALIDAD DEBERÁ PARA ARTES PLÁSTICAS a.1. Presentar catálogos y/o reseñas de exposiciones individuales y/o colectivas en las cuales haya participado y una serie de diez imágenes de las obras realizadas, etc. a.2. Las imágenes de la obra deberán presentar una secuencia cronológica mínimo de tres años. PARA MÚSICA b.1. Adjuntar la copia de los programas de mano de los conciertos en los cuales haya participado, presentando su participación en ellos. b.2. Una grabación digital reciente (grabada en el curso de los seis (6) meses anteriores a la fecha de inscripción para aspirar al patrocinio), con el registro de algunas interpretaciones; si se trata de grabaciones de obras corales o de agrupaciones instrumentales, el aspirante deberá tener suficiente y clara participación como solista que permita evaluar sus calidades individuales. La grabación deberá ser hecha en las mejores condiciones y su duración no podrá ser inferior a media hora. b.3. Un programa escrito con las obras que interpretaría en la audición privada, en caso de ser llamado a ella. b.4. Se recomienda adjuntar críticas de prensa (requisito no obligatorio). b.5. La grabación digital enviada por quienes desean estudiar ‘dirección de coro’ deberá estar dedicada a su repertorio coral. b.6. Los aspirantes en el área de ‘composición’ deberán presentar partituras y grabaciones de por lo menos tres de sus obras. b.7. Certificados sobre premios y distinciones. ASPECTOS IMPORTANTES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN a. Todos los documentos se deben adjuntar digitalizados en la plataforma que se habilitará a partir de diciembre 1 de 2022. b. No se tendrán en cuenta las postulaciones con documentación incompleta, ni los que lleguen después de las fechas establecidas.

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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

PROCESO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CUPOS El Banco de la República hará pública la convocatoria para participar en la adjudicación de los cupos respectivos. PRESELECCIÓN Una vez cada oficina del Banco reciba las inscripciones de los candidatos, cada gerente enviará la documentación completa a la Sección de Capacitación y Formación del Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura, y un grupo de preselección integrado por la subgerente cultural, la dirección del Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura y las personas que ellos designen, realizarán la preselección de los candidatos. Esta preselección tendrá como objetivo descartar aquellos aspirantes que no cumplan con los requisitos. SELECCIÓN a. Un grupo de selección escogerá, del grupo de aspirantes que hayan presentado con la debida oportunidad la documentación completa, los beneficiarios con sus suplentes (estos últimos en caso que algún titular no pueda viajar por razones de última hora). b. Los aspirantes que cumplieren todos los requisitos serán evaluados por un jurado compuesto por profesionales de estas dos disciplinas de reconocido prestigio nacional, tanto en Música como en Artes plásticas. Para los músicos, si fuere necesario, se realizará una audición en la Sala de Conciertos de la Biblioteca Luis Ángel Arango, en la cual interpretarán las obras que deben haber preparado para el efecto. c. Los artistas plásticos tendrán también una entrevista con los miembros del grupo de selección, si fuere necesario. d. Con base en los resultados de la audición y la entrevista, el grupo de selección emitirá un juicio sobre los méritos y calidad artística de cada uno de los aspirantes, sus perspectivas de desarrollo futuro, etc. e. Cumplido lo anterior, la dirección del Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República le comunicará por escrito al ganador y suplente su selección. A partir de ese momento, todos los trámites inherentes al manejo del programa, deberán realizarse a través del Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República, Sección de Capacitación y Formación. f. Los candidatos seleccionados en forma definitiva, así como el grupo familiar que los acompañará mientras duren los estudios, deberán presentar certificación de buena salud expedida por una EPS. g. Cada beneficiario deberá informar por escrito, dentro del plazo señalado en la comunicación que se le envíe, a la Sección de Capacitación y Formación del Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura, la aceptación del cupo y de las obligaciones establecidas en el presente Reglamento y en el Convenio que el beneficiario suscribirá con el Banco de la República. ADJUDICACIÓN En la selección se considerarán fundamentalmente los siguientes criterios: 1. Méritos y calidades artísticas de los aspirantes. 2. Perspectivas de desarrollo futuro. 3. Necesidad de la formación en el exterior como complemento de la obtenida en Colombia. 4. El beneficiario deberá suscribir: 5. Un Convenio con el Banco, por medio del cual se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas en la presente reglamentación. 6. Pagaré con espacios en blanco y carta de instrucciones, con un codeudor solidario (no debe ser empleado, ni pensionado del Banco de la República, ni su cónyuge o compañero(a) permanente), el cual se hará efectivo en el momento en que el beneficiario incumpla las obligaciones contraídas en el Convenio celebrado con el Banco de la República al otorgársele el programa; documentación anexa al presente Reglamento. 7. Carta de autorización al Banco para consultar y reportar en las Centrales de Información Financiera o Comercial (el Banco provee el formato) la situación del deudor y codeudor (firmada por los dos), con el fin de conocer su comportamiento financiero. 8. Adjuntar el certificado de tradición y libertad del inmueble del codeudor, con fecha de expedición no superior a un mes.

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¿Qué más necesito saber?
                                

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO 1. Cumplir con las normas que se establecen en este Reglamento y el Convenio que se suscribe al aceptar la capacitación. 2. Mientras exista sostenimiento por parte del Banco, el beneficiario no podrá realizar ningún trabajo que interfiera con la buena marcha de los estudios. 3. Informar al Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República sobre la evolución de los programas de estudios y enviar dentro del mes siguiente a la fecha de terminación del período académico las calificaciones obtenidas, o mientras estas son expedidas será válida una certificación de estudios suscrita por el director del programa. Igualmente, con debida anticipación deberá enviar los recibos de los pagos efectuados por costos de enseñanza (matrícula, registro, inscripción) y por seguros (cuando sean tomados en el exterior). Mientras no se reciban los anteriores documentos no se efectuará el giro correspondiente al costo de la matrícula y seguro médico del período académico siguiente. 4. El Banco podrá pedir en cualquier momento las informaciones adicionales que considere pertinentes en relación con los estudios y el beneficiario tendrá obligación de suministrárselas. Con base en estos informes, el Comité de Capacitación decidirá mantener o suspender el programa. 5. Durante el tiempo que duren los estudios y mientras subsista el compromiso de prestación de servicios señalado en el numeral 8 de este capítulo, el beneficiario se obliga a informar al Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República sobre cualquier cambio de domicilio o número telefónico propios y del codeudor. 6. Desarrollar plenamente el programa académico para el cual se le adjudicó el patrocinio y obtener el título o certificado correspondiente. 7. Remitir al Banco, con un mes de anticipación a la finalización del programa, un certificado expedido por la entidad educativa sobre la fecha oficial de dicha culminación y del cumplimiento de sus obligaciones académicas. 8. A su regreso al país, deberá cancelar el saldo de la deuda adquirida con el Banco, mediante el sistema de amortización previsto en este Reglamento, consistente en el abono a la obligación del valor proporcional al tiempo del servicio según la Tabla que a continuación se incorpora, desarrollando actividades multiplicadoras a través de su trabajo, o en dinero cuando no sea posible amortizarla a través de la prestación de servicios, por el tiempo que enseguida se estipula: 9. Por el primer año de estudios en el exterior, dos (2) años de trabajo. 10. Por el segundo año, dos (2) años de trabajo, adicionales. 11. El beneficiario podrá contar con un plazo de hasta seis (6) meses para presentar la documentación que acredite las actividades desarrolladas en el país para efectuar el pago con servicios, salvo situaciones excepcionales debidamente justificadas ante el Banco. 12. Si el beneficiario no regresa al país cuando el Banco de la República lo estipule, deberá reintegrar el valor total de las sumas giradas por concepto del programa. De igual modo, si no cumple con la totalidad del tiempo estipulado antes, deberá reintegrar la parte del valor del programa correspondiente al tiempo del servicio que no fuere posible prestar. El reintegro se hará en dólares o en su equivalente en moneda legal colombiana, calculada esta a la tasa de cambio representativa del mercado vigente para la fecha de pago 13. Después del primer año, en los casos en que el programa se extienda por fracciones de año, se atenderá la siguiente norma: “Si la fracción de tiempo es menor a seis (6) meses, este período no se tomará en cuenta; si la fracción es igual o superior a seis (6) meses, se hará equivalente a un año para efectos del pago de la deuda con tiempo de servicios o de la liquidación de la deuda que adquiere el beneficiario con el Banco”. 14. El beneficiario deberá suministrar al Banco de la República una certificación de los títulos obtenidos de maestría o doctorado y una copia de su tesis de grado cuando haya sido aprobada por la respectiva universidad, si se considera conveniente y de interés para el Banco. 15. Cumplir con las normas que establece este Reglamento y el Convenio que se suscriba al aceptar el programa. 16. El beneficiario queda comprometido a regresar al país en el mes siguiente a la fecha de finalización del programa de estudios certificada por la entidad educativa, salvo autorización previa otorgada por el Banco de la República. Durante los primeros siete (7) días calendario los beneficiarios que cuenten con beneficios económicos continuarán recibiéndolos. Pasados los siete (7) días calendario los beneficiarios no recibirán beneficios económicos. 17. Antes de viajar al exterior, el beneficiario deberá firmar un Convenio con el Banco de la República, por medio del cual se comprometa a cumplir las obligaciones establecidas en el presente Reglamento. Deberá, asimismo, suscribir un pagaré con espacios en blanco y una carta de instrucciones, con un codeudor solidario (no debe ser empleado o pensionado del Banco de la República ni su cónyuge o compañero(a) permanente), el cual se hará efectivo en el momento en que el beneficiario incumpla las obligaciones contraídas en el Convenio celebrado con el Banco. En caso de cumplir satisfactoriamente con tales obligaciones, dicho pagaré será anulado. 18. Carta de autorización para que el Banco consulte y reporte en las Centrales de Información Financiera (la Sección de Capacitación y Formación del Banco de la República la suministrará) la situación del deudor y codeudor (firmada por los dos), con el fin de conocer su comportamiento financiero. 19. Cuando se presente una incapacidad médica durante la realización del programa académico autorizado, el Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República podrá aprobar la suspensión de los estudios por el período que la entidad educativa acepte. El estudiante presentará ante el Banco la comunicación de solicitud ante la entidad educativa y la certificación expedida por esta con el fin de conocer el período de suspensión aprobado. El Banco mantendrá las condiciones económicas inicialmente pactadas, y en los casos de extensión de tiempo, por causa de incapacidad médica acreditada por la entidad educativa, no habrá lugar al reconocimiento de beneficios económicos adicionales. 20. Informar por escrito al Departamento de Incorporación, Desarrollo y Cultura del Banco de la República cuando el programa académico contemple la realización de intercambio con otras universidades. Para el efecto, se deberá anexar comunicación de la universidad en la que certifique que los créditos del intercambio forman parte del programa. El Banco de la República no asumirá costos adicionales para la realización del intercambio.

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

Fecha de publicación de la convocatoria: miércoles, 2 de noviembre de 2022 a las 09:46 A.M. 1 de diciembre de 2022: apertura de las postulaciones en línea 28 de abril de 2023: fecha límite para el envío de documentos digitalizados 31 de mayo de 2023: fecha límite para el envío de la carta de admisión digitalizada 9 de junio de 2023: publicación de resultados en la página web del Banco

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

Banco de la República - Casa de Moneda (Banco Central de Colombia) https://www.banrep.gov.co/ Dirección: Carrera 7 #14-78 (Edificio Principal) Bogotá, D. C., Colombia Teléfono: (+57) 343 1111 Ext. 2909 Datos de contacto: atencionalciudadano@banrep.gov.co

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Aviso importante:
Este no es el sitio oficial de la beca. Esta página contiene información resumida sobre la convocatoria de la beca recopilada por nosotros con fines exclusivamente de divulgación. Tratamos de que esta información sea correcta y esté actualizada. Sin embargo, la información de la convocatoria puede cambiar en cualquier momento sin previo aviso. Recomendamos siempre visitar la página web de la institución que concede la beca (o contactarla directamente), para obtener información completa y actualizada de las becas que le interesen. Cualquier uso que se haga de la información divulgada por Becas sin fronteras será estrictamente responsabilidad del usuario, por su cuenta y riesgo. Conozca nuestras Políticas de uso para mayor información.