El programa de becas para la convocatoria de Doctorados en el Exterior - Minciencias El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación como ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTeI) presenta la Convocatoria de Doctorados en el Exterior 2021, la cual ofrece la posibilidad de financiar estudios de doctorado a profesionales colombianos bajo la figura de crédito educativo 100% condonable en universidades ubicadas en el Ranking General de Shanghái 2020 o el QS World University Rankings 2020 by Subject. Esta convocatoria se enmarca en el Plan Estratégico Institucional 2021 – 2022 del Ministerio, el cual tiene entre sus pilares el de “Fortalecer las Capacidades Regionales”, con el objetivo de “potenciar las capacidades regionales de CTeI que promuevan el desarrollo social y productivo hacia una Colombia Científica”. Así mismo, la iniciativa está incluida en el Plan de Acción Institucional 2021, como parte del objetivo estratégico de “Formación y vinculación de capital humano en CTeI”. La Convocatoria de Doctorados en el Exterior 2021, tendrá como resultado el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 591 de 1991, entre ellas la investigación científica y el desarrollo tecnológico, la difusión de la ciencia y la tecnología, el desarrollo de servicios científicos y tecnológicos (dentro de los cuales se contempla la promoción científica y tecnológica), la realización de seminarios, congresos y talleres de ciencia y tecnología, la participación en proyectos de innovación, escenarios de transferencia tecnológica, así como la cooperación científica y tecnológica nacional e internacional. En el marco de sus procesos de formación, los beneficiarios de la presente convocatoria aportarán al fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación a partir de la elaboración y entrega de productos de CTeI de generación de nuevo conocimiento, desarrollo tecnológico e innovación, apropiación social y circulación del conocimiento y de formación de recursos humanos, logrando con ello el objetivo de producir investigación científica de calidad e impacto. OBJETIVO Apoyar la formación de profesionales colombianos en programas de doctorado en el exterior, a través de la conformación de un banco de candidatos elegibles. DIRIGIDA A Profesionales colombianos que se encuentren en los siguientes estados: admitidos, admitidos condicionados a financiación o que estén estudiando un programa de doctorado en una universidad en el exterior, ubicada en las primeras 500 posiciones del Ranking General de Shanghái 2020. Para las áreas específicas de Arte y Diseño, Arquitectura, Artes Escénicas, Comunicación y Estudios de Medios; y Literatura, se aplicará el QS World University Rankings 2020 by Subject en las primeras 200 posiciones. SE PRIORIZARÁN LAS SIGUIENTES ÁREAS TEMÁTICAS Y/O ESTRATÉGICAS Áreas STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas, por sus siglas en inglés), de acuerdo con la definición de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Estos programas de estudio serán evaluados de acuerdo con el Ranking General de Shanghái 2020. Áreas relacionadas con la economía naranja: Arte y Diseño, Arquitectura, Artes Escénicas, Comunicación y Estudios de Medios; y Literatura. Estos programas serán evaluados a través del QS World University Rankings 2020 by Subject. Si bien la Convocatoria priorizará la financiación de las áreas temáticas mencionadas, los candidatos podrán presentarse a programas que se encuentren en CUALQUIER área del conocimiento de las identificadas por la OCDE. Los cupos serán asignados de acuerdo con la disponibilidad de recursos para la convocatoria.
1. La financiación se otorga a través de un crédito educativo 100% condonable. 2. La financiación se otorgará por un periodo máximo de cuatro (4) años, a partir del primer semestre académico de 2022, dependiendo de la disponibilidad de recursos para la convocatoria y la fecha de publicación del banco de financiables. La fecha de inicio de estudios no podrá ser superior al segundo semestre de 2022. 3. El tope de financiación será definido de acuerdo con el país o región de destino, la universidad y el tiempo que le falta al candidato para la culminación del programa (si este se encuentra estudiando). El monto total del crédito educativo condonable no podrá superar en ningún caso los CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $400.000.000) y se asignarán de la siguiente manera: 3.1. Estados Unidos, Reino Unido, Australia y Nueva Zelanda: hasta CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $400.000.000). 3.2. Europa continental, Asia, África y Canadá: hasta TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $350.000.000). 3.3. América Latina (incluyendo Brasil): hasta TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $300.000.000). 4. Los rubros financiables por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación serán: 5. Matrícula anual: definida por la universidad de estudios, y en función del tiempo que le falta al candidato para culminar el programa doctoral. 6. Sostenimiento mensual: definido por el Ministerio de acuerdo con la región de destino en pesos colombianos, según el Anexo 1 de los presentes términos; y en función del tiempo que le falta al candidato para culminar su programa. 7. Seguro de salud: definido por la universidad o entidad que presta el servicio hasta por TRES MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $3.000.000) anuales; y en función del tiempo que le falta al candidato para culminar su programa. 8. Tiquetes aéreos: hasta SEIS MILLONES DE PESOS M/CTE (COP $6.000.000) por una sola vez. NOTAS a. Las condiciones del crédito educativo y los requisitos de condonación se encuentran en la Sección 8 - Condiciones del Crédito Educativo y el Anexo 2 (Reglamento Único de Condonación), respectivamente. b. En el evento en que la condonación no proceda sobre el 100% del crédito educativo condonable, el beneficiario deberá proceder a amortizar la deuda adquirida. c. Los beneficiarios seleccionados no podrán ser financiados simultáneamente por otra convocatoria o con recursos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación u otras entidades del Estado. d. El crédito educativo se asigna en pesos colombianos. e. El Ministerio no asumirá responsabilidad por fluctuaciones cambiarias o por inflación, entendiendo que Colombia tiene una economía en la que la moneda nacional varía frente a otras y que esta no constituye una situación imprevista para efectos del cumplimiento de obligaciones futuras del beneficiario con el Ministerio. f. El beneficiario deberá definir si los recursos legalizados ante el aliado académico y financiero definido por el Ministerio, son suficientes para desarrollar su programa o si será necesario buscar fuentes adicionales de financiación. La identificación y gestión de fuentes financieras complementarias son responsabilidad directa del beneficiario. El valor del apoyo definido por el Ministerio y concertado durante la cita de presupuesto solo podrá ser modificado para ser disminuido. g. El Ministerio reconoce como doctorados aquellos programas conducentes al título equivalente al de Doctor of Philosophy (PhD) o programas nivel 8 de educación según la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE) de la UNESCO. h. En el marco de la presente convocatoria, se aceptarán candidatos que realicen o planeen realizar su programa de doctorado en modalidad semipresencial o programas interinstitucionales. La carta de admisión y/o el certificado de estudiante activo deberá indicar explícitamente esta información. No se financiarán programas virtuales ni de tiempo parcial. i. En caso de que el programa doctoral sea interinstitucional, la universidad que otorga la carta de admisión presentada para participar en la convocatoria y otorga el título, deberá estar entre las primeras 500 posiciones del Ranking General de Shanghái 2020 o en el top 200 del Ranking QS 2020 para las siguientes áreas: Arte y Diseño (Art and Design), Arquitectura (Architecture), Artes Escénicas (Performing Arts), Comunicación y Estudios de Medios (Communication and Media Studies), Literatura (Literature), según corresponda. j. El Ministerio financiará estudios de doctorado en el exterior para los candidatos que resulten financiables de esta convocatoria, siempre y cuando legalicen sus créditos educativos y cumplan con las obligaciones establecidas por el aliado académico y financiero que sea definido, entidad que se encargará de la operación de los créditos educativos condonables. Una vez se culmine el proceso de legalización, los candidatos financiables serán considerados beneficiarios del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. k. Para los aspirantes que realicen estudios en universidades que tienen convenio vigente con el Ministerio, las condiciones de financiación serán incluidas en el presupuesto de cada beneficiario según corresponda. l. El tope y tiempo máximo del crédito educativo será asignado por el aliado académico y financiero para cada candidato durante la legalización del crédito educativo, con base en la información sobre la universidad y el país o región de destino y en función del tiempo que le falta al candidato para culminar su programa. m. La financiación se otorga exclusivamente para los rubros definidos en la presente convocatoria. El beneficio es personal e intransferible. El Ministerio no asume costos adicionales o para personas dependientes del beneficiario.
1. Ser ciudadano colombiano: adjuntar en la plataforma una copia lo suficientemente legible de la cédula de ciudadanía por ambas caras. 2. Estar admitido, admitido condicionado a financiación o estar adelantando estudios de doctorado en el exterior en una universidad ubicada dentro de las primeras 500 posiciones del Ranking General de Shanghái 2020. Para las universidades en las áreas específicas de Arte y Diseño, Arquitectura, Artes Escénicas, Comunicación y Estudios de Medios; y Literatura, se aplicará el QS World University Rankings 2020 by Subject en las primeras 200 posiciones. 3. Para los candidatos admitidos o admitidos condicionados a financiación: Adjuntar la carta de admisión expedida por el área responsable de la universidad que indique que el candidato cuenta con admisión para el año 2021 o 2022, informando el nombre, la duración y la modalidad del programa de doctorado. La admisión condicionada solo puede estar sujeta a financiación; no se aceptarán cartas de candidatos que deban cumplir condiciones adicionales. 4. Para los candidatos que están estudiando: Anexar una certificación expedida por la universidad que indique que es estudiante activo, informando la fecha de inicio y de finalización del programa de estudios, así como la modalidad del programa. La certificación debe ser expedida en el año 2021.
1. Diligenciar o actualizar la hoja de vida en el aplicativo CvLAC disponible en el sitio web del Ministerio http://www.minciencias.gov.co. 2. El candidato debe incluir en el CvLAC, su correo electrónico revisado con mayor frecuencia, dado que la información del proceso de selección será enviada a esa dirección. 3. Realizar el registro y adjuntar la documentación solicitada en la Sección 5: Requisitos y terminar la inscripción a través del aplicativo dispuesto para la convocatoria y disponible en el sitio web del Ministerio: http://www.minciencias.gov.co. El sistema generará un número de inscripción que demuestra que el candidato diligenció el formulario.
1. Adjuntar el certificado del promedio general acumulado del pregrado o el certificado de notas del pregrado en el cual se señale el promedio general acumulado durante el programa en una escala de 1 a 5, emitido por el área responsable de la universidad. En caso de que la escala sea diferente, el aspirante deberá adjuntar la respectiva equivalencia, con la debida sustentación, la cual será verificada por el Ministerio en caso de considerarlo necesario. 2. Si cuenta con un título de maestría, adjuntar el diploma o acta de grado. Este requisito es opcional y no es de carácter inhabilitante. 3. Para aquellos candidatos que sean miembros de población afrocolombiana, raizal, palenquera, indígena, ROM, víctimas del conflicto armado o que tengan alguna condición de discapacidad, anexar la certificación expedida por la entidad según corresponda3. La certificación deberá tener fecha de expedición de máximo 3 meses anteriores a la fecha de cierre de la convocatoria. Este requisito es opcional y no es de carácter inhabilitante. 4. Adjuntar formato de declaración de no inhabilidad (Anexo 3 de la convocatoria). 5. Certificado expedido por Ministerio del Interior o documento equivalente: Candidatos que sean miembros de población afrocolombiana, raizal, palenquera, indígena, ROM. Certificado expedido por la Unidad para la Atención y Reparación Integral para las Víctimas o documento equivalente: candidatos víctimas del conflicto armado. Certificado de discapacidad expedido por la IPS: candidatos que tengan alguna condición de discapacidad. NOTAS: a. En ningún caso se aceptarán cartas de admisión o certificados de estudios expedidos por el tutor. b. En el marco de la presente convocatoria, se aceptarán programas en modalidad semipresencial y/o interinstitucional. No se financiarán programas virtuales ni de tiempo parcial. c. En caso de que el programa doctoral sea interinstitucional, la universidad que otorga la carta de admisión presentada para participar en la convocatoria y otorga el título, deberá estar entre las primeras 500 posiciones del Ranking General de Shanghái 2020 o en el top 200 del Ranking QS 2020 de acuerdo con el área de conocimiento, según corresponda. La certificación debe haber sido expedida en el año 2021. d. Si alguno de los documentos está en un idioma diferente al español, es obligatorio adjuntar la traducción oficial al español. Se deberán anexar los dos documentos (original y traducido). e. El Ministerio podrá solicitar en cualquier momento información y documentación adicional, complementaria o aclaraciones de los documentos entregados. f. En caso de que se encuentre algún tipo de alteración a los documentos presentados para participar en la convocatoria, el candidato será retirado del proceso de selección y el Ministerio informará a las instancias administrativas y judiciales sobre dicha situación. g. En garantía de los principios de mérito y calidad, el Ministerio establecerá un periodo de subsanación de requisitos que se realizará en los tiempos señalados en la convocatoria. h. Se debe diligenciar o actualizar en su totalidad la hoja de vida en la herramienta CvLAC antes de ingresar al aplicativo. i. Toda la documentación requerida deberá presentarse en formato digital PDF, la totalidad de archivos en PDF no debe exceder un tamaño de 3 MB megas. No se admitirán formatos JPG o Word. j. No se tendrá en cuenta la documentación remitida por correo electrónico, postal, fax u otro medio distinto al aplicativo dispuesto para la convocatoria. k. El Ministerio, dando cumplimiento a lo indicado en el numeral 5 del artículo 4 de la Ley 1286 de 2009, garantizando los principios del mérito y la calidad, establecerá una etapa de subsanación de requisitos que se realizará en el periodo señalado en la Sección 15 - Cronograma. l. Durante dicho periodo, el candidato deberá ingresar al aplicativo y revisar que toda la documentación que adjuntó cumpla con los requisitos solicitados por la convocatoria. El Ministerio no notificará directamente al candidato sobre los documentos que deberá ajustar en el aplicativo. m. Toda inscripción presentada fuera del plazo establecido en la Sección 15 – Cronograma se tendrá como extemporánea y no será tenida en cuenta para la revisión de requisitos. CONDICIONES INHABILITANTES 1. Son todas aquellas condiciones de modo, tiempo y lugar, objetivas o subjetivas, antecedentes o concomitantes, predicables del aspirante inscrito en la Convocatoria o del proyecto sometido a consideración del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, que impiden la continuidad de su participación en el proceso de selección, o que, habiendo obtenido el beneficio de que se trate, le hacen imposible disfrutarlo: 2. Tener título de doctorado. 3. Haber recibido financiación para un programa de doctorado con recursos del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, Sistema General de Regalías o el Icetex. 4. Haber sido seleccionado a través de una convocatoria realizada por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para la financiación de un programa de doctorado y haber renunciado a esta. 5. Recibir financiación simultánea por parte de Colfuturo, Fulbright, Icetex o a través de las convocatorias del Sistema General de Regalías. 6. Hacer parte de los bancos de candidatos financiables de las convocatorias de doctorado en el exterior del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación 2020 (Convocatoria 885 de 2020 y/o Minciencias – Fulbright 2020). 7. Hacer parte del Anexo en los listados de Propuestas de Tesis Doctoral Asociadas a la Propuesta de Proyecto de la IES, en el estado Elegibles – Corte 1 o Elegibles – Corte 2 de la “Convocatoria del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías para la conformación de una lista de proyectos elegibles para ser viabilizados, priorizados y aprobados por el OCAD en el marco del Programa de Becas de Excelencia Doctoral del Bicentenario”. 8. Alterar alguno de los documentos solicitados en la Sección 5 - Requisitos. 9. Estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la ley y no encontrarse apto para contratar de acuerdo con lo establecido en la Constitución, ley o reglamentos.
PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN 1. En cumplimiento de lo establecido en el documento CONPES 3981 de 2019 “Declaración de Importancia estratégica del proyecto “Capacitación de recursos humanos para la investigación Nacional”, se clasificarán los candidatos entre aquellos que realicen programas en áreas de conocimiento de Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas (STEM, por su sigla en inglés) y aquellos en las demás áreas del conocimiento, incluyendo las relacionadas con la economía naranja. El Ministerio revisará que el programa de doctorado inscrito por el candidato se encuentre asociado al área de estudio que efectivamente corresponde y tendrá la potestad de reclasificarlo para la asignación de los recursos. 2. Dentro de cada grupo (STEM y No STEM), las postulaciones se ordenarán en función del puntaje obtenido al aplicar los criterios de asignación (Sección 11: Criterios de Asignación) en estricto orden descendente. 3. Para los candidatos que se postulen en programas de Arte y Diseño (Art and Design), Arquitectura (Architecture), Artes Escénicas (Performing Arts), Comunicación y Estudios de Medios (Communication and Media Studies), Literatura (Literature), el puntaje será dado por la posición de la universidad según el área específica en el Ranking QS World University Rankings by Subject 2020. 4. Arte y Diseño, Arquitectura, Artes Escénicas, Comunicación y Estudios de Medios y Literatura. Estos programas serán evaluados a través del QS World University Rankings 2020 by Subject. EN CASO DE EMPATE, SE APLICARÁN LOS SIGUIENTES CRITERIOS EN EL ORDEN QUE APARECEN A CONTINUACIÓN: a. Candidatos con título de maestría. b. Promedio académico acumulado del pregrado. c. Puntaje en el criterio de posición de la universidad en el Ranking General de Shanghái 2020 o QS 2020 by Subject (según aplique). d. Puntaje en el criterio de áreas temáticas estratégicas. e. Puntaje en el criterio de población, dando prioridad al candidato de población diferenciada. f. Hora y fecha de inscripción a la convocatoria. Si el candidato tuviera que subsanar algún documento, se tomará la fecha en que realiza dicho proceso. Notas: g. De acuerdo con el cronograma de la convocatoria, se concederá un término para solicitar aclaraciones y/o modificaciones a la publicación preliminar del banco de elegibles, una vez éstas sean resueltas, se procederá a la publicación del banco definitivo de propuestas elegibles. h. Toda información proporcionada es de carácter confidencial y no será utilizada para ningún fin diferente al proceso de selección.
BANCO DE ELEGIBLES a. Los aspirantes que cumplan con todos los requisitos solicitados ingresarán al Banco de Elegibles, el cual estará conformado por candidatos que realizan o realizarán estudios de doctorado en una de las 500 primeras universidades del Ranking General Shanghái 2020 o para las siguientes áreas específicas: arte y diseño, arquitectura, artes escénicas, comunicación y estudios de medios; y literatura; en las primeras 200 universidades del QS World University Rankings 2020 by Subject. Lo anterior, con base en los criterios de evaluación y el procedimiento descritos en las Secciones 11 y 12. b. Los resultados de la convocatoria se publicarán en la página web del Ministerio (www.minciencias.gov.co) en las fechas establecidas en la Sección 15 - Cronograma. c. La vigencia del Banco de Elegibles es de un año a partir de su publicación definitiva. La inclusión de un candidato en el Banco no implica obligatoriedad ni compromiso alguno del Ministerio de asignar recursos, ni genera derecho a recibir apoyos económicos para quienes hayan presentado las candidaturas correspondientes. En todo caso, el número de beneficiarios se determinará de acuerdo con la disponibilidad de recursos. d. Surtida la publicación definitiva del Banco de Elegibles y previa aprobación del presupuesto para la financiación de esta Convocatoria, el Ministerio publicará el Banco de Propuestas Financiables. Los recursos disponibles serán asignados en estricto orden descendente, de acuerdo con el orden del Banco de Elegibles y las siguientes consideraciones: e. En caso de que la demanda lo permita, se asignará hasta el 80% de los recursos disponibles para candidatos cuyos programas de doctorado se encuentren en áreas STEM. f. En caso de que la demanda lo permita, se asignará hasta el 20% de los recursos disponibles para candidatos cuyos programas de doctorado se encuentren en áreas diferentes a STEM, porcentaje dentro del cual se priorizarán los candidatos admitidos a programas de doctorado en Arte y Diseño, Arquitectura, Artes Escénicas, Comunicación y Estudios de Medios; y Literatura, en atención al puntaje obtenido de la postulación. Lo anterior, de acuerdo con lo definido en el CONPES 3981 de 2019. g. El Ministerio revisará que el programa de doctorado inscrito por el candidato, se encuentre asociado al área de estudio que efectivamente corresponde y tendrá la potestad de reclasificarlo para la asignación de los recursos. ACLARACIONES 1. Una vez publicados los resultados preliminares del banco de elegibles, los interesados podrán presentar solicitudes de aclaraciones y comentarios por un periodo de tres (3) días hábiles. Por fuera de este término se considera que las reclamaciones son extemporáneas. 2. Las peticiones y reclamaciones se deben presentar exclusivamente a través del formulario electrónico que se encuentra disponible en el enlace https://minciencias.gov.co/contact, con el asunto “Convocatoria Doctorados en el Exterior 2021”.
Apertura de la convocatoria: 19 de mayo de 2021 Cierre de la convocatoria: 23 de julio de 2021 a las 3:00 pm (hora Colombia) Periodo de subsanación de requisitos: Del 5 al 11 de agosto de 2021 a las 4:00 pm (hora Colombia) Publicación del banco preliminar de elegibles: 24 de septiembre de 2021 Período de solicitud de aclaraciones del banco preliminar de elegibles: 27 al 29 de septiembre de 2021 a las 4:00 p.m. (hora Colombia) Respuesta a solicitud de aclaraciones: 30 de septiembre y 1 de octubre de 2021 Publicación del banco definitivo de postulaciones elegibles: 24 de noviembre de 2021
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación http://www.minciencias.gov.co/ Dirección: Av. Calle 26 N° 57- 83 / 41 Torre 8 Piso 2, Bogotá D.C. Atención al Usuario. Teléfono: (+57 - 1) 6258480 Extensión 2081 Línea gratuita nacional: 018000 914446 Horario: Lunes a jueves de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. (jornada continua). En caso de inquietudes o comentarios sobre la presente convocatoria, diligenciar el formulario electrónico que se encuentra disponible en el enlace https://minciencias.gov.co/contact, con el asunto “Convocatoria Doctorados en el Exterior 2021”.