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Becas Generación E - Componente excelencia, 2022

Becas para promover el acceso a la educación superior gratuito y de calidad a bachilleres colombianos.

Inicio Convocatoria
09/06/2022
Cierre Convocatoria
25/08/2022
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

01
¿Quién concede la beca?

ICETEX

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
02
¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

Las becas Generación E - Componente excelencia reconocen el mérito académico de los jóvenes bachilleres que se han destacado con excelentes resultados en la Prueba de Estado SABER 11°. El componente de Excelencia a través de la convocatoria nacional otorga un crédito condonable para que financies: 1. El valor total de la matrícula en una Institución de Educación Superior (IES) pública o privada, que cuente con acreditación en alta calidad o que tenga al menos el 25% de su oferta académica de pregrado acreditada en alta calidad 2. Ten en cuenta que dentro de los programas académicos que se consideran financiables por el componente de Excelencia encontrarás técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios, todos en la modalidad presencial. Conoce las IES y programas que hacen parte del componente en: http://www.colombiaaprende.edu.co/sites/default/files/files_public/2021-11/2021-11-19-informacion-oferta-ies-programas-convocatoria-2022.xlsx Para el proceso del año 2022, se publicará un cronograma de convocatoria. En este cronograma se incluirán las fechas que deberás tener en cuenta para realizar la participación en la convocatoria siempre y cuando hayas sido seleccionado(a) como potencial beneficiario(a) – candidato(a). BENEFICIARIOS DEL COMPONENTE DE EXCELENCIA Para adquirir la calidad de beneficiario del componente de Excelencia, el potencial beneficiario - candidato deberá surtir exitosamente y de acuerdo a este cronograma todos los procesos de convocatoria descritos en el artículo 6 del Reglamento Operativo aplicable. Antes de ello, no existe ningún derecho sobre el beneficio del componente de Excelencia. En el período 2 se ofertarán los cupos disponibles luego de culminar el proceso de convocatoria del periodo 1 de 2022. El cierre anticipado y sin previo aviso del Formulario No. 2 Inscripción podrá realizarse de acuerdo a lo establecido en el 2 del artículo 6, literal c del artículo 9, 2 del artículo 22, 1 del artículo 25 y 5 del artículo 26 del Reglamento Operativo aplicable. Posterior a que se realice un cierre anticipado y sin previo aviso debido a la asignación total de los cupos disponibles, el ICETEX procederá a poner a disposición de los potenciales beneficiarios - candidatos (que no se hayan inscrito) el formulario No. 2 Inscripción para que de manera extemporánea realicen su diligenciamiento; la disponibilidad extemporánea del formulario No 2 Inscripción no podrá superar la fecha del 24 de febrero de 2022. En este caso, los candidatos que diligencien el formulario No. 2 Inscripción de manera extemporánea pasarán a conformar el Banco de Elegibles de la convocatoria, el cual se organizará por fecha y hora de diligenciamiento del formulario a través de la plataforma del ICETEX. Se hará uso del Banco de Elegibles, en los casos en los que ante el ICETEX se exprese una renuncia formal por parte del candidato al que en primer lugar le fue asignado el cupo y por ello, se cuente con la certeza de que sobre ese cupo no se realizará ningún proceso de legalización. Los cupos sobre los cuales se podrá aplicar lo expresado anteriormente, serán todos aquellos sobre los cuales la expresión de la renuncia formal se realice antes del 31 de marzo de 2022. Los cupos que se consideran disponibles (luego de la expresión de la renuncia oficial) se asignarán a los jóvenes que conforman el Banco de Elegibles de acuerdo con el orden indicado. La inclusión en el Banco de Elegibles no genera ningún compromiso por parte del Fondo del componente de Excelencia, ni genera derecho sobre alguno de los cupos por parte de los jóvenes que conforman lo conforman. Para efectos del proceso del Banco de Elegibles son aplicables todas las disposiciones incluidas en el Reglamento Operativo de la convocatoria 2022. INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (IES) Y PROGRAMAS ACADÉMICOS PARTICIPANTES. Podrán participar en la presente convocatoria, Instituciones de Educación Superior (IES) públicas y privadas acreditadas en alta calidad o en proceso de renovación de ésta, con todos sus programas académicos presenciales, y los programas académicos presenciales acreditados en alta calidad de las IES públicas y privadas que cuenten con el 25% de su oferta académica de pregrado acreditada en alta calidad POTENCIALES BENEFICIARIOS - CANDIDATOS. Serán potenciales beneficiarios - candidatos al componente de Excelencia los bachilleres graduados en el año 2021 que se encuentren registrados en la base nacional del Sistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios para Programas Sociales (SISBEN) metodología IV o en la Base Censal Indígena, dentro del corte establecido para la convocatoria6, que hayan presentado la prueba Saber 11° en el año 2021 y que adicionalmente cumplan con uno de los siguientes requisitos: Encontrarse dentro de los diez (10) bachilleres con mejores puntajes de la prueba Saber 11° de los Departamentos de Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Cesar, Chocó, Guainía, Guaviare, La Guajira, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Putumayo, Vaupés y Vichada7. Para el resto de los Departamentos aplican los tres (3) mejores puntajes. Obtener un puntaje igual o superior a 365 en las pruebas Saber 11°. ALGUNAS INSTITUCIONES ACADÉMICAS PARTICIPANTES 1. Universidad del Valle 2. Universidad Industrial de Santander 3. Universidad de Cartagena 4. Universidad Distrital Francisco José de Caldas 5. Universidad de Caldas 6. Universidad de Nariño 7. Universidad del Cauca 8. Universidad Pedagógica Nacional 9. Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia 10. Universidad Surcolombiana 11. Universidad Tecnológica de Pereira 12. Universidad del Magdalena 13. Universidad del Quindío 14. Universidad del Tolima 15. Universidad de Córdoba 16. Universidad de La Amazonia 17. Universidad de Los Llanos 18. Universidad de Sucre 19. Universidad del Atlántico 20. Universidad Francisco de Paula Santander 21. Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca 22. Instituto Tecnológico Metropolitano 23. Tecnológico de Antioquia 24. Conservatorio del Tolima 25. Institución Universitaria ITSA 26. Instituto Departamental de Bellas Artes 27. Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid 28. Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central 29. Institución Universitaria Pascual Bravo 30. Institución Universitaria de Envigado

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¿Qué beneficios ofrecen las Becas Generación E - Componente excelencia?
Beca - crédito
                                

Se te entregará semestralmente un apoyo para gastos académicos y/o generales – sostenimiento NOTAS a. Se financiará el valor de la matrícula de un (1) programa académico de pregrado en la modalidad presencial (técnico profesional, tecnológico o universitario), a través de un crédito hasta 100% condonable en Instituciones de Educación Superior (IES) públicas o privadas b. Para los casos en que el estudiante ingrese a un programa con oferta académica por ciclos propedéuticos el componente de Excelencia, podrá financiar hasta dos (2) niveles adicionales de formación académica en pregrado. Para estos casos, el estudiante deberá solicitarlo formalmente al ICETEX mediante los canales de atención dispuestos por dicha entidad. c. La financiación que se otorga a los beneficiarios a través de la convocatoria del componente de Excelencia normada por este Reglamento aplicará a partir del año 2022, bajo ninguna circunstancia se reconocerán gastos realizados antes de dicho periodo.

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¿En qué país(es) podrás estudiar?
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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
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¿Para qué nivel es la beca?
Licenciatura / Grado / TSU
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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas Generación E - Componente excelencia?
                                

Si estás interesado(a) en participar en la convocatoria del componente de Excelencia, debes cumplir los siguientes requisitos para ser identificado(a) como potencial beneficiario(a) – candidato(a): 1. Tener nacionalidad colombiana. 2. Haber obtenido el título de grado de bachiller en el año 2021 3. Haber presentado las pruebas de Estado Saber 11º en 2021 y cumplir uno de los siguientes requisitos: 4. Encontrarse dentro de los 10 bachilleres con mejores puntajes de la prueba Saber 11° para los Departamentos de Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Cesar, Chocó, Guainía, Guaviare, La Guajira, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Putumayo, Vaupés y Vichada. 5. Para el resto de los Departamentos aplican los 3 mejores puntajes. 6. Obtener un puntaje igual o superior a 365 en las pruebas Saber 11°. 7. Estar registrado en la base nacional del Sistema de Selección de Beneficiarios para Programas Sociales (SISBEN) metodología IV , suministrada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) con anterioridad al 30 de octubre de 2021 y encontrarse en los grupos y subgrupos indicados a continuación: GRUPO: SUBGRUPO Grupo A: A1, A2, A3, A4, A5 Grupo B: B1, B2, B3, B4, B5, B6, B7 Grupo C: C1, C2, C3, C4, C5, C6, C7, C8, C9, C10, C11, C12, C13, C14, C15, C16, C17, C18 8. Únicamente se exceptuará del requisito del SISBEN IV, al joven que pertenezca a la población indígena y que se encuentre registrado en la base censal del Ministerio del Interior con anterioridad al 30 de octubre de 2021. 9. Para el diligenciamiento del Formulario No. 2 Inscripción, el potencial beneficiario – candidato deberá contar con la admisión al programa académico en una Institución de Educación Superior (IES) que haga parte de la oferta de la convocatoria del componente de Excelencia. 10. El apoyo para gastos académico y/o generales – sostenimiento, depende del proceso de legalización y renovación de la matrícula de cada semestre por parte de cada beneficiario. El monto de este apoyo se establecerá por el ICETEX de acuerdo a las siguientes condiciones: 10.1. 1SMMLV: Cuando la Institución de Educación Superior elegida se encuentra en la misma ciudad en donde cursó su bachillerato. 10.2. 2SMMLV: Cuando la Institución de Educación Superior elegida queda en otro municipio diferente de donde cursó su bachillerato y su departamento contaba con Instituciones de Educación Superior acreditadas o con el 25% de su oferta académica de pregrado acreditada. 10.3. 3SMMLV: Cuando la Institución de Educación Superior elegida queda en un municipio diferente de donde cursó su bachillerato y su departamento NO contaba con Instituciones de Educación Superior acreditadas o con el 25% de su oferta académica de pregrado acreditada. AL SER IDENTIFICADO COMO POTENCIAL BENEFICIARIO - CANDIDATO A LA CONVOCATORIA, DEBO: a. Conocer y acogerme a todas las disposiciones incluidas en el Reglamento Operativo con respecto a la convocatoria b. Realizar los procesos de la convocatoria dentro de los tiempos del cronograma y de acuerdo con las condiciones establecidas. c. Tener en cuenta que la identificación como potencial beneficiario – candidato solo aplica para los procesos de convocatoria del año 2021 y para iniciar mis estudios en el año 2021.

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¿Cómo hago la solicitud?
                                

ACEPTACIÓN MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR FORMULARIO NO. 1. Los jóvenes que sean identificados como potenciales beneficiarios - candidatos del componente de Excelencia deberán diligenciar el formulario No. 1 Aceptación publicado en el EDUSITIO de Generación E (disponible en el siguiente link: https://especiales.colombiaaprende.edu.co/generacione/excelencia.html, indicando la aceptación o el desistimiento de participar en la convocatoria. 1. En caso de que el potencial beneficiario - candidato desista de participar en la convocatoria o no diligencie el formulario No. 1 en los plazos establecidos, debidamente publicados en el EDUSITIO de Generación E – componente de Excelencia, no podrá retractarse de dicha decisión. La posibilidad de participar en la convocatoria solo aplicará para la vigencia a la cual el joven fue identificado como potencial beneficiario – candidato. 2. Se entenderán como válidos, los formularios que sean diligenciados en su totalidad y remitidos por medio de la plataforma establecida para ello y en los tiempos dispuestos en el cronograma de la convocatoria. No serán tenidos en cuenta formularios que se remitan por un medio distinto al indicado y/o en fechas diferentes. 3. Para los potenciales beneficiarios – candidatos no existe la posibilidad de reservar, guardar o aplazar el cupo, la opción de aplazar incluida en el presente Reglamento solo aplica para quienes adquieran la calidad de beneficiarios del componente de Excelencia, es decir, con posterioridad a la obtención del concepto jurídico viable y que cuenten con la reserva de cupo en la Institución de Educación Superior (IES), lo anterior deberá estar debidamente certificado. INSCRIPCIÓN PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD A LA CONVOCATORIA FORMULARIO NO. 2. Los potenciales beneficiarios – candidatos que hayan diligenciado el formulario No. 1, deberán diligenciar el formulario No. 2 Inscripción (presentación de la solicitud a la convocatoria). Para ello como requisito deberán contar anticipadamente con la admisión al programa académico en una Institución de Educación Superior (IES) que haga parte de la oferta de la convocatoria del componente de Excelencia. a. En el caso de que el número de potenciales beneficiarios - candidatos que diligencien el formulario No. 2 Inscripción llegue al cupo establecido por periodo, la Junta Administradora podrá ordenar el cierre anticipado, sin previo aviso de la convocatoria y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. Lo anterior no dará lugar a reclamación alguna por parte de los potenciales beneficiarios – candidatos. b. Se entenderán como válidos, los formularios que sean diligenciados en su totalidad y remitidos por medio de la plataforma establecida para ello y en los tiempos dispuestos en el cronograma de la convocatoria. No serán tenidos en cuenta formularios que se remitan por un medio distinto al indicado y/o en fechas diferentes. c. Para los potenciales beneficiarios – candidatos no existe la posibilidad de reservar, guardar o aplazar el cupo, la opción de aplazar incluida en el presente Reglamento solo aplica para quienes adquieran la calidad de beneficiarios del componente de Excelencia, es decir, con posterioridad a la obtención del concepto jurídico viable y que cuenten con la reserva de cupo en la Institución de Educación Superior (IES), lo anterior deberá estar debidamente certificado.

Imagen de Becas Generación E - Componente excelencia, 2022
Imagen de Becas Generación E - Componente excelencia, 2022. Foto: ICETEX
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¿Qué documentos necesito?
                                

PROCESO DE LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO CONDONABLE. Posterior al diligenciamiento del formulario No. 2 el ICETEX realizará la aprobación de los créditos condonables en la plataforma de la entidad para que los potenciales beneficiarios - candidatos procedan con el proceso de legalización (formalización) del crédito condonable, de acuerdo con el procedimiento establecido por esta entidad. El crédito condonable podrá ser legalizado durante alguno de los periodos académicos de la vigencia de 2022 siempre y cuando: 1) exista disponibilidad de cupos en la convocatoria del componente de Excelencia para la vigencia, 2) la Junta Administradora autoricé la apertura de la convocatoria para cada periodo, 3) el candidato cuente con la admisión para algún periodo académico de 2022 en un programa académico de una Institución de Educación Superior (IES) que haga parte de la oferta de la convocatoria y 4) el proceso de legalización se encuentre disponible, de acuerdo con el calendario de la convocatoria. En caso de que el ICETEX genere concepto jurídico no viable, el potencial beneficiario - candidato deberá remitir nuevamente los documentos requeridos al ICETEX, de acuerdo con los mecanismos y procesos que disponga esta entidad. 1. Para el desarrollo del proceso de la convocatoria del componente de Excelencia del año 2022, se realizará la publicación del cronograma de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del presente Reglamento Operativo. Dicha publicación se encontrará disponible para su consulta en el micrositio del Programa Generación E en el portal Colombia Aprende (en el siguiente link: https://especiales.colombiaaprende.edu.co/generacione/excelencia.html). 2. Para los potenciales beneficiarios – candidatos no existe la posibilidad de reservar, guardar o aplazar el cupo, la opción de aplazar incluida en el presente Reglamento solo aplica para quienes adquieran la calidad de beneficiarios del componente de Excelencia, es decir, con posterioridad a la obtención del concepto jurídico viable y que cuenten con la reserva de cupo en la Institución de Educación Superior (IES), lo anterior deberá estar debidamente certificado. 3. Si el joven es menor de edad, su representante legal deberá firmar los documentos de garantía (pagaré y carta de instrucciones) junto con el joven. No se exigirá que las garantías sean autenticadas ante un notario público. Así mismo, ninguno de los jóvenes, padres o acudientes, estarán sometidos a estudio crediticio ante las centrales de riesgo, con el fin de facilitar la viabilidad del otorgamiento del apoyo financiero y cumplir con la función social del beneficio del componente de Excelencia 4. Los jóvenes que opten por un programa académico que se oferte en una Institución de Educación Superior de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional, tendrán hasta tres (3) semestres para realizar la legalización, cumpliendo en su totalidad con la presentación de todos los documentos requeridos, con plazo máximo a enero de la vigencia 2023. 5. En el caso de que el número de potenciales beneficiarios - candidatos que diligencien el formulario No. 2 Inscripción llegue al cupo establecido por periodo, la Junta Administradora podrá ordenar el cierre anticipado, sin previo aviso de la convocatoria y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal. Lo anterior no dará lugar a reclamación alguna por parte de los potenciales beneficiarios – candidatos.

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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

JUNTA ADMINISTRADORA Y EL PROCESO DE SELECCIÓN a. La Junta Administradora es el órgano encargado de establecer las políticas y el direccionamiento del Fondo del componente de Excelencia, así como velar por la debida ejecución de éste, la cual se podrá reunir de manera ordinaria o extraordinariamente ya sea de forma presencial o virtual. Ésta junta estará conformada por: a.1. Ministro(a) de Educación Nacional o su delegado(a), a.2. Viceministro(a) de Educación Superior o su designado(a), a.3. Director(a) de Fomento de la Educación Superior o su designado(a), a.4. Vicepresidente(a) de Fondos en Administración del ICETEX o su designado(a) FUNCIONES DE LA JUNTA ADMINISTRADORA. Serán funciones de la Junta Administradora las siguientes: 1. Aprobar y modificar el Reglamento Operativo del componente de Excelencia del Programa Generación E. 2. Aprobar la adjudicación de los créditos condonables a los beneficiarios. 3. Aprobar las propuestas de cronogramas y calendarios de adjudicación, legalización y renovación de los créditos condonables, así como las fechas de desembolsos de matrícula a las Instituciones de Educación Superior y apoyos de sostenimiento a los beneficiarios. 4. Velar por la gestión eficiente de los recursos del Fondo de Excelencia y efectuar seguimiento a la correcta ejecución y operación de este. 5. Aprobar los valores de referencia por concepto de la atención por estudiante que se le cancelará a las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas vinculadas y adscritas presupuestalmente al sector de educación. 6. Reunirse extraordinariamente a solicitud de una de las partes, conforme se considere necesario para el buen funcionamiento del Fondo de Excelencia. 7. Evaluar y aprobar los casos de aplazamiento de semestres adicionales a los contemplado en el Reglamento Operativo del componente de Excelencia, así como de cambio de IES o programa académico de manera extemporánea u otros casos excepcionales que impacten en la permanencia de los beneficiarios y que sean remitidos por el Comité Técnico, soportados en razones de fuerza mayor, caso fortuito o por orden judicial. 8. Aprobar o negar las solicitudes de condonación de los créditos otorgados a los beneficiarios, previo concepto y validación por parte del ICETEX, del cumplimiento de los requisitos de condonación. 9. Aprobar la suspensión definitiva de los desembolsos por concepto de matrícula y apoyo de sostenimiento, y el paso a cobro, previo concepto y validación por parte del ICETEX, de los requisitos de condonación y las causales de suspensión definitiva. 10. Las demás que se consideren pertinentes para el logro de los objetivos y buen funcionamiento del Fondo del componente de Excelencia. 11. En el evento en que el beneficiario del componente de Excelencia, por expresa voluntad propia, radique a través de los canales de atención del ICETEX el formato de solicitud de paso al cobro establecido por la entidad, donde solicita al área de cartera liquidar y generar el plan de pagos para la etapa final de amortización de la obligación adquirida bajo el Programa Generación E, no será necesario la aprobación de la suspensión definitiva de los desembolsos y el paso al cobro por parte de la Junta Administradora del Fondo. 12. Sin embargo, desde el ICETEX en su función de administrador del Programa Generación E componente de Excelencia, se le debe informar a través de certificación formal al Constituyente, en este caso al Ministerio de Educación Nacional, de forma semestral el número de estudiantes que por voluntad propia han iniciado sus procesos de amortización. COMITÉ TÉCNICO. a. El Comité Técnico estará conformado por: a.1. Director(a) de Fomento de la Educación Superior o a quien éste designe. a.2. Subdirector(a) de Apoyo a la Gestión de las IES o a quien éste designe. a.3. Coordinador(a) del Grupo de Fondos del ICETEX o a quien éste designe. a.4. Ejecutivo de cuenta del ICETEX a cargo del Fondo de Excelencia, o quien determine la Vicepresidencia de Fondos del ICETEX. a.5. El ejecutivo de cuenta del ICETEX y las personas que se inviten a las sesiones del comité, que se consideren necesarios para el buen desarrollo del Convenio, tendrán voz, pero no voto. FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO. Serán funciones del Comité Técnico: 1. Revisar la propuesta o modificaciones a que haya lugar del Reglamento Operativo del componente de Excelencia para su paso a la Junta Administradora. 2. Generar el listado de los estudiantes que presentaron la prueba Saber 11° y obtuvieron el puntaje requerido para la convocatoria y que a su vez cumplen con los puntajes de corte SISBEN, o están incluidos en la base censal del Ministerio del Interior. 3. Aprobar las propuestas de cronogramas y calendarios de adjudicación, legalización y renovación de los créditos condonables, así como las fechas de desembolsos de matrícula a las Instituciones de Educación Superior y apoyos de sostenimiento a los beneficiarios, para poner en consideración de la Junta Administradora. 4. Revisar los casos excepcionales del Fondo de Excelencia remitidos a través de derechos de petición o los diferentes medios públicos es, y definir si se requiere su paso a Junta Administradora. De no ser necesaria la remisión, brindar respuesta a los mismos. 5. Definir y pasar a aprobación de la Junta Administradora los valores de referencia por concepto de la atención por estudiante que se le cancelará a las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas vinculadas y adscritas presupuestalmente al sector de educación. 6. Someter a decisión de la Junta Administradora los casos de condonación o paso a cobro, previo concepto y validación por parte del ICETEX, del cumplimiento de los requisitos de condonación y suspensión definitiva de los desembolsos. 7. Las demás que se consideren pertinentes para el logro de los objetivos del Fondo.

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¿Qué más necesito saber?
                                

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS. Una vez legalizados los créditos condonables y con el concepto jurídico viable, los beneficiarios asumen las siguientes obligaciones: Conocer, acogerse y cumplir el Reglamento Operativo que aplica para el componente de Excelencia. a. Actualizar sus datos personales con información veraz y renovar su crédito condonable semestralmente, en los plazos establecidos por el ICETEX, las Instituciones de Educación Superior (IES) y el Ministerio de Educación Nacional. b. En caso de aplazamiento o desistimiento, el beneficiario deberá radicar ante la Institución de Educación Superior (IES) y el ICETEX, una comunicación escrita en la que manifieste solicitud expresa de suspensión temporal o definitiva de los estudios indicando el motivo y anexando los soportes pertinentes. c. Radicar oportunamente ante la Institución de Educación Superior (IES) y el ICETEX, la solicitud de cambio de programa académico y/o el cambio de IES, adjuntando para este último caso el paz y salvo donde se le aprobó inicialmente el crédito condonable junto con los demás soportes que requiera el ICETEX. d. Informar a la Institución de Educación Superior (IES), entidad bancaria y al ICETEX el cambio de documento de identidad, una vez cuente con la contraseña o el original de la cédula de ciudadanía. Para tal efecto, la comunicación deberá remitirse al correo electrónico excelencia@icetex.gov.co y en ella se debe anexar una (1) fotocopia de la tarjeta de identidad y una de la contraseña o de la cédula de ciudadanía. e. Realizar los trámites correspondientes según indicación del ICETEX, para adquirir el mecanismo correspondiente para el retiro del apoyo de sostenimiento. f. En caso de que el desembolso supere el valor adjudicado, el beneficiario deberá reintegrar al ICETEX el excedente del apoyo de sostenimiento. De no realizarse el debido reintegro, el ICETEX podrá solicitar al beneficiario el pago para proceder con la renovación o descontar el valor de los desembolsos que correspondan a semestres académicos posteriores. g. En caso que se genere aplazamiento o cancelación del semestre académico posterior al desembolso por concepto de sostenimiento, el beneficiario debe realizar el reintegro al ICETEX de total del valor girado. De no realizarse el debido reintegro, el ICETEX podrá solicitar al beneficiario el pago para proceder con la renovación o descontar el valor de los desembolsos que correspondan a semestres académicos posteriores. h. Cumplir con los requisitos de condonación del crédito dentro de los plazos establecidos. i. Reintegrar al ICETEX la totalidad de los recursos girados por concepto de matrícula de los semestres cursados, en caso de que no proceda la condonación del crédito legalizado. j. Conocer y cumplir el reglamento estudiantil de la Institución de Educación Superior (IES) donde se encuentra cursando sus estudios, no incurrir en faltas disciplinarias. k. Asistir a los espacios de acompañamiento y nivelación académica que brinde la Institución de Educación Superior (IES), en caso de encontrarse en situación de riesgo de deserción. l. Comunicarse de forma respetuosa y empleando lenguaje no violento en los diferentes canales de comunicación del programa Generación E m. Asumir los costos y realizar los debidos trámites para expedir las certificaciones de notas del periodo, las certificaciones del promedio acumulado, la expedición de los recibos de matrícula, prueba Saber Pro, derechos de grado y demás requerimientos que sean necesarios para la graduación del programa académico y condonación del crédito, contemplados fuera del valor de la matrícula. RENOVACIÓN DEL CRÉDITO CONDONABLE. Antes de iniciar cada periodo académico, será responsabilidad del beneficiario realizar los trámites correspondientes para la renovación del crédito condonable, de acuerdo con las especificaciones y tiempos que definan el Ministerio de Educación Nacional, el ICETEX y la Institución de Educación Superior (IES) donde se encuentre cursando sus estudios. Las Instituciones de Educación Superior (IES) deberán reportar la renovación de los beneficiarios dentro de los tiempos definidos por el Ministerio de Educación Nacional y el ICETEX; en caso de que no se realice la renovación, el ICETEX aplazará el semestre. 1. En caso de que el beneficiario obtenga beca por rendimiento académico u otro tipo de incentivo económico para financiar la matrícula, diferente al del componente de Excelencia del Programa Generación E, el estudiante podrá optar por: (i) renovar el crédito condonable ante el ICETEX sin cargo a la matrícula, con el objetivo de continuar recibiendo el apoyo de sostenimiento, quedando el semestre como cursado o (ii) aplazar el crédito condonable ante el ICETEX, sin recibir subsidio de sostenimiento. En este sentido, no se permitirá la doble financiación para el rubro de matrícula. 2. No se realizarán renovaciones fuera de las fechas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional, a menos que la Junta Administradora apruebe renovaciones extemporáneas. 3. Los beneficiarios que cursen programas académicos anuales deberán actualizar sus datos personales en la página web del ICETEX y renovar su crédito condonable ante la Institución de Educación Superior (IES) cada semestre, en los plazos establecidos. En caso de que no se realice la renovación respectiva, el ICETEX procederá a ingresar el aplazamiento para este semestre. APLAZAMIENTO. Los beneficiarios podrán solicitar o ingresar su aplazamiento del crédito condonable hasta por dos (2) periodos académicos, a través de la página de ICETEX o a través del envió de una comunicación debidamente firmada y enviada al correo electrónico excelencia@icetex.gov.co o a través de canales de atención al usuario. Está solicitud deberá allegarse al ICETEX mínimo con treinta (30) días de anticipación a la culminación del periodo académico en curso. a. Las disposiciones de este artículo solo son aplicables para los jóvenes que adquieran la calidad de beneficiarios, no se aplica a potenciales beneficiarios – candidatos. b. En caso de que la Institución de Educación Superior (IES) de conformidad con su normativa interna determine formalmente la cancelación del semestre o periodo académico, éste no será considerado dentro de los dos (2) periodos académicos concedidos al beneficiario para aplazamiento. REQUISITOS PARA LA CONDONACIÓN DE BENEFICIARIOS EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICAS. El crédito otorgado para cursar estudios de pregrado en una Institución de Educación Superior (IES) públicas será 100% condonable. Para lo cual, el beneficiario una vez obtenga su título profesional deberá solicitar la condonación por medio de una carta dirigida al ICETEX, adjuntando el diploma y el acta de grado del programa académico en cual se le otorgó el crédito. 1. El beneficiario tendrá hasta dos (2) años para realizar la condonación del crédito otorgado, contados a partir de la finalización del semestre, en el cual se realizó el último giro aprobado en el momento de la legalización. 2. La diferencia entre el valor de la matrícula y el valor de referencia reconocidos a las Institución de Educación Superior (IES) públicas se entenderá como subsidio. 3. La solicitud será presentada a la Junta Administradora, instancia en la que se tomará la decisión sobre la condonación. La decisión definitiva será comunicada por el ICETEX al beneficiario. REQUISITOS PARA LA CONDONACIÓN DE BENEFICIARIOS EN INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PRIVADAS. Los beneficiarios que opten por cursar sus estudios de pregrado en una Institución de Educación Superior (IES) privada podrán condonar el 100% del valor girado por concepto de matrícula. Para lo cual, el beneficiario una vez obtenga su título profesional deberá solicitar la condonación por medio de una carta dirigida al ICETEX, adjuntando el diploma y el acta de grado del programa académico en cual se le otorgó el crédito. a. El beneficiario tendrá hasta dos (2) años para realizar la condonación del crédito otorgado, contados a partir de la finalización del semestre, en el cual se realizó el último giro aprobado en el momento de la legalización. b. La solicitud será presentada a la Junta Administradora, instancia en la que se tomará la decisión sobre la condonación. La decisión definitiva será comunicada por el ICETEX al beneficiario. CONDONACIÓN ESPECIAL POR INCAPACIDAD. En caso que los beneficiarios certifiquen estados de salud psicológicos o físicos que les impidan la continuidad de las actividades académicas, superiores al tiempo del periodo de aplazamiento (el cual es máximo de dos (2) periodos académicos), se podrá solicitar la condonación especial por incapacidad. Para ello, los beneficiarios deberán remitir una carta dirigida al ICETEX junto a los documentos que se mencionan a continuación: 1. Certificado expedido por Medicina Legal o la EPS que demuestre estados de salud psicológicos o físicos, que le impidan al beneficiario la continuidad de sus actividades académicas y que demuestre que el estudiante no está en capacidad de finalizar su programa académico. 2. Las solicitudes serán revisadas y presentadas ante la Junta Administradora, instancia en la que se tomará la decisión sobre cada caso. La decisión definitiva será comunicada por el ICETEX al beneficiario. PASO A COBRO. a. En caso en que el crédito no sea condonable debido al incumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 33 y 34 o se incurra en una de las causales de suspensión definitiva diferentes al literal f del artículo 33, del presente reglamento, el beneficiario deberá pagar al ICETEX la totalidad de los giros realizados por concepto de matrícula, más los intereses que se generen durante la época de amortización, de acuerdo con el plan de pagos convenido. b. El ICETEX realizará las actuaciones que sean necesarias para hacer efectivas las garantías que fueron suscritas en el momento de la adjudicación del crédito condonable (pagaré), en el evento en que el beneficiario incumpla el plan de pagos convenido.

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

CRONOGRAMA PARA LA CONVOCATORIA DEL COMPONENTE DE EXCELENCIA - 2022/2 Diligenciamiento Formulario No. 1 Aceptación manifestación de interés en participar: 9 de junio de 2022 al 1 de agosto de 2022 Diligenciamiento Formulario No. 2 Inscripción presentación de la solicitud a la convocatoria: 14 de junio de 2022 al 25 de agosto de 2022 Proceso de legalización: 16 de junio de 2022: 17 de octubre de 2022 NOTAS a. Para adquirir la calidad de beneficiario del componente de Excelencia, el potencial beneficiario - candidato deberá surtir exitosamente y de acuerdo a este cronograma todos los procesos de convocatoria descritos en el artículo 6 del Reglamento Operativo aplicable. Antes de ello, no existe ningún derecho sobre el beneficio del componente de Excelencia. b. El cierre anticipado y sin previo aviso del Formulario No. 2 Inscripción podrá realizarse de acuerdo a lo establecido en el 2 del artículo 6, literal c del artículo 9, 2 del artículo 22, 1 del artículo 25 y 5 del artículo 26 del Reglamento Operativo aplicable. c. Posterior a que se realice un cierre anticipado y sin previo aviso debido a la asignación total de los cupos disponibles, el ICETEX procederá a poner a disposición de los potenciales beneficiarios - candidatos (que no se hayan inscrito) el formulario No. 2 Inscripción para que de manera extemporánea realicen su diligenciamiento; la disponibilidad extemporánea del formulario No 2 Inscripción no podrá superar la fecha del 25 de agosto de 2022. En este caso, los candidatos que diligencien el formulario No. 2 Inscripción de manera extemporánea pasarán a conformar el Banco de Elegibles de la convocatoria, el cual se organizará por fecha y hora de diligenciamiento del formulario a través de la plataforma del ICETEX.

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

En caso de que requieras información adicional los canales oficiales del Ministerio de Educación Nacional, del ICETEX y el correo electrónico excelencia@icetex.gov.co se encuentran disponibles para atenderte. Contáctenos también en: mesadeayuda@tecnologia.mineducacion.gov.co Línea nacional: 018000 - 910122. Línea en Bogotá: +576013078079 Horario de atención: Lunes a viernes, 8:00 a.m. - 5:00 p.m. Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - ICETEX, institución colombiana destinada a promover la educación superior en Colombia. https://portal.icetex.gov.co/ Dirección: Carrera. 3 No. 18-32 (Recepción de correspondencia) | Código postal: 110321 | PBX: (57-1) 382-1670 Líneas de atención al usuario del ICETEX Bogotá: (57-1) 417-3535 Línea gratuita a nivel Nacional: (57-1) 018000-916821 (línea de quejas y reclamos) Horario de líneas de atención: lunes a viernes de 7:00 am a 9:00 pm dependiendo de cada uno de nuestros canales de atención IES de lunes a viernes de 8:00 am a 5:30 pm.

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