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Beca de investigación del Instituto Nacional del Teatro, 2022

Becas de investigación y desarrollo sobre teatro en Argentina.

Inicio Convocatoria
18/07/2022
Cierre Convocatoria
31/08/2022
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

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¿Quién concede la beca?

Instituto Nacional del Teatro - INTEATRO

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
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¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

Las becas de investigación del Instituto Nacional del Teatro pueden ser individuales o grupales. Las mismas están planteadas como una herramienta de investigación y desarrollo, cuyos resultados deben ser capitalizados por la comunidad teatral (art. 21 y 14 inc. g) de la Ley 24.800). BECAS DISPONIBLES La convocatoria prevé el otorgamiento de CUARENTA Y OCHO (48) becas, las cuales podrán ser individuales o grupales, solicitadas únicamente por personas humanas, y deberán tener un/a tutor/a de trabajo de investigación. El otorgamiento de las mismas será de DOS (2) becas por Provincia, de acuerdo al orden de mérito, según lo determine el Jurado Nacional de Calificación de Proyectos. Los trabajos deberán referirse a experiencias acontecidas en la región por la cual se postula y comenzar durante el primer semestre del año 2023, finalizando, como máximo, a los dos (2) años de haber sido iniciados. De no haber proyectos de beca seleccionados en alguna provincia, el Consejo de Dirección podrá, de acuerdo a los recursos presupuestarios existentes, establecer otras distribuciones posibles atendiendo necesidades provinciales y/o regionales.

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¿Qué beneficios ofrecen las Becas de investigación del Instituto Nacional del Teatro?
Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
                                

MONTO DE LA BECA 1. El monto de la eventual beca a otorgar será determinado por el Consejo de Dirección de acuerdo a los recursos presupuestarios existentes, el mismo no podrá superar los topes establecidos (disponibles en www.inteatro.gob.ar), así como tampoco podrá ser superior al presupuesto total de gastos presentado. NOTAS a. En el caso de otorgarse la beca, la misma podrá atender parcialmente los montos necesarios para realizar el Trabajo de Investigación. Independientemente del monto, una vez aceptada la beca por parte de la persona solicitante, el trabajo de investigación deberá tener el carácter planteado en la solicitud. b. La firma del formulario implica aceptación plena de la reglamentación vigente. Toda la información y los domicilios denunciados por la persona responsable y los integrantes del trabajo de investigación declarados en este Formulario, tienen carácter de declaración jurada. c. Por lo tanto, resultarán válidas y eficaces las notificaciones que se diligencien a ellos, produciendo todos sus efectos legales y se reputarán subsistentes mientras no se designen otro/s. d. Los mismos alcances y efectos, tendrá la dirección de correo electrónico denunciada en el alta individual. TRAMITACIÓN Y PAGO DE LA BECA. La beca será abonada en TRES (3) cuotas: CUOTA 1 (equivalente al 40 % del monto asignado): Previo envío de mail al correo electrónico oficial de la representación provincial, dentro de los TREINTA (30) días corridos de haberse publicado en la página web del INT (www.inteatro.gob.ar) el Acta del Consejo de Dirección donde se aprueba la beca, conteniendo: Trámite de Alta de Beneficiario (no presentar en caso de haberlo hecho; se deberá tener la cuenta actualizada). CUOTA 2 (equivalente al 30 % del monto asignado), Previa presentación en la correspondiente Representación Provincial de la rendición de la cuota UNO (1). (Ver “Rendición de la Beca”) CUOTA 3 (equivalente al 30 % del monto asignado) Previa presentación en la correspondiente Representación Provincial de la rendición de la cuota DOS (2). (Ver “Rendición de la Beca”) Una vez vencido cualquiera de los plazos, caducará la tramitación del pago que corresponda, y si la/s persona/s investigadora/s ya hubiese/n percibido una o más cuotas, podrá ser pasible de aplicársele la sanción correspondiente según la instancia en la que se encuentre. NOTA: Una vez percibida la 1º o 2º cuota, si la/s persona/s que integra/n la investigación no realiza/n, interrumpe/n y/o no finaliza/n el proyecto sin que medie una causa justificada, se procederá a la correspondiente penalización. Para mayores detalles, consultar el Reglamento de Inhabilitaciones (disponible en www.inteatro.gob.ar). RENDICIÓN DE LA BECA Se presenta en la correspondiente Representación Provincial del INT, de acuerdo al Instructivo de Rendición de Cuentas vigente (disponible en www.inteatro.gob.ar). CUOTA 1: El plazo para su presentación vence a los TREINTA (30) días corridos de haber finalizado la 1º etapa (según fechas consignadas) o de efectuada la transferencia bancaria si la misma se realizará con posterioridad a la finalización de la primera etapa, y deberá presentarse en la correspondiente Representación Provincial del INT lo siguiente: Certificación de la persona o colectivo a cargo de la tutoría del trabajo de investigación, expedida y firmada, donde dé cuenta que la/s persona/s investigadora/s ha/n cumplido la primera etapa, de acuerdo al plan de investigación presentado. CUOTA 2: El plazo para su presentación vence a los TREINTA (30) días corridos de haber finalizado la 2º etapa (según fechas consignadas) o de efectuada la transferencia bancaria si la misma se realizará con posterioridad a la finalización de la segunda etapa, y deberá presentarse en la correspondiente Representación Provincial lo siguiente: Informe final, de acuerdo a las pautas especificadas (ver “Evaluación – Evaluación del trabajo final”) firmado en original en todas sus hojas por la/s persona/s investigadora/s. CUOTA 3: El plazo para su presentación vence a los TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días corridos de haber finalizado la 2º etapa (según fechas consignadas) o de efectuada la transferencia bancaria si la misma se realizará con posterioridad a la finalización de la segunda etapa y deberá presentarse en la correspondiente Representación Provincial lo siguiente: Certificación de haber realizado el “Plan de transferencia y beneficiarios”, expedido y firmado en original en todas sus hojas por el correspondiente representante Provincial y/o Regional del INT.

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¿En qué país(es) podrás estudiar?
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¿Qué nacionalidad tiene que tener el becario?
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¿Para qué nivel es la beca?
Investigación
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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas de investigación del Instituto Nacional del Teatro?
                                

La/s persona/s investigadora/s deberá/n: 1. Haber realizado el trámite de Alta Individual en el Registro Nacional del Teatro Independiente (INTdigital en www.inteatro.gob.ar). 2. No estar inhabilitada/s por el INT. 3. Ser mayor de edad (en el caso de menores de edad, regirá lo establecido en los Artículos 638, 639, 640 y 641 del Código Civil y Comercial de la Nación y subsiguientes). Se deberá adjuntar autorización del responsable parental que corresponda, o de la persona a la que se le haya delegado la responsabilidad parental, o del tutor/a. 4. Contar con DOS (2) años de residencia continua en la provincia por la cual presenta la solicitud, independientemente de lo consignado en el domicilio del DNI. Toda persona que no tenga ese período de residencia, deberá ser avalada por el/la Representante Provincial y/o Regional respectivo para su tratamiento en el Consejo de Dirección. 5. Presentar la Solicitud para Beca de Investigación en la provincia de residencia. Toda persona que por razones de estudio y/o trabajo se encuentre en una provincia diferente a la de su residencia, deberá ser avalada por el/la representante Provincial y/o Regional respectivo para su tratamiento en el Consejo de Dirección. 6. Solicitar, en el mismo llamado, sólo UNA (1) Beca de Investigación. A tales fines, se consideran equipos de investigación diferentes cuando sus integrantes no coincidan en más de un cuarenta por ciento (40 %). 7. Haber finalizado y rendido (ya sea como responsable o como integrante) todas las becas y/o subsidios para Proyectos de Investigación que haya/n recibido por parte del INT. 8. Los proyectos deberán poder desarrollarse en concordancia y cumplimiento de las pautas sanitarias dictadas por el gobierno nacional y los gobiernos jurisdiccionales respecto a los cuidados establecidos para evitar la propagación del COVID 19. 9. Los requisitos son obligatorios; no se dará curso a las solicitudes que no cumplan con la totalidad de los mismos.

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¿Cómo hago la solicitud?
                                

1. En primera instancia deberá descargar siguiente documento para completar, disponible en: https://docs.google.com/document/d/1r0MApL-HuTDSymaGdKvSNEDgT0QQlupl/edit 2. La solicitud deberá presentarse de manera digitalizada en un único archivo en formato PDF, enviando la misma a través de correo electrónico, a la dirección de la cuenta oficial de la correspondiente Representación Provincial del INT (disponibles en www.inteatro.gob.ar) 3. El ingreso de datos deberá realizarse a través de un medio informático. La solicitud deberá presentarse de manera digitalizada en un único archivo en formato PDF, enviando la misma a través de correo electrónico, a la dirección de la cuenta oficial de la correspondiente Representación Provincial del INT (disponibles en www.inteatro.gob.ar).

Becas en Argentina
Becas en Argentina. Foto: Becas sin fronteras
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¿Qué documentos necesito?
                                

1. Copia escaneada de la Reglamentación y formulario de Solicitud de Beca de Investigación. (con firmas de la persona responsable en todas las hojas, y, de los/las demás integrantes cuando corresponda). 2. Copia del Documento de Identidad (DNI/DU) del solicitante/responsable. 3. Plan de Investigación, firmado por el responsable en todas sus hojas. El mismo deberá contener los siguientes ítems: 3.1. Objeto de estudio: deberá enmarcarse en la provincia y/o región por la cual solicita la beca. 3.2. Presentación del objeto de estudio 3.3. Antecedentes 3.4. Estado del arte escénico (trabajos anteriores que hayan abordado la misma temática, si los hubiere). 3.5. Camino recorrido en la investigación de base (etapa en la que se encuentra la investigación). 3.6. Marco conceptual (principales conceptos y categorías que se utilizarán en la investigación) 3.7. Interrogantes y problemas (enunciar el principal interrogante al que quiere responder la investigación). 3.8. Objetivos (Objetivo general y objetivos específicos). 3.9. Justificación y relevancia 3.10. Metodología 3.11. Fundamentación de la elección metodológica 3.12. Diseño de la investigación e instrumentos de recolección de datos (enunciar las técnicas que se van a utilizar y el modo en que se las va a relacionar para cumplir los objetivos específicos especialmente los de índole descriptiva. A su vez, se debe precisar el universo de análisis y el tipo de selección de casos que se hará en el mismo). 3.13. Cronograma de actividades. 3.14. Bibliografía. 3.15. Plan de gastos, detallando costos de: bibliografía, material de estudio, material audiovisual, gastos operativos, aranceles, entre otros. 4. Constancia de aceptación (firmada) de la persona o colectivo a cargo de la Tutoría del trabajo de investigación. 5. Currículum o antecedentes, de la persona o colectivo a cargo de la Tutoría del trabajo de investigación, (firmado). 6. Motivos que justifiquen la selección de quien/es realicen la tutoría de la investigación, sean personas individuales o que conformen un colectivo o asociación. 7. Plan de transferencia y beneficiarios (indicar la propuesta de contraprestación gratuita de trabajos en beneficio de la comunidad), firmado por la persona solicitante en todas sus hojas. 8. Nota de Asociación de teatristas, o alguna Persona Jurídica representativa de la actividad teatral provincial, o un organismo de cultura gubernamental local donde avale al solicitante y dé cuenta de que realiza su actividad en la provincia por la cual solicita la beca. 9. Nota de cesión de derechos a favor del INT, firmada por la persona responsable y, si los hubiere, por los demás integrantes, ante - en caso de recibir la beca- una eventual publicación del INT del trabajo de investigación presentado. En caso que la investigación cuente con apoyo por parte de otros organismos nacionales, provinciales, municipales, universidades, etc., estos deberán extender al responsable una autorización escrita para que el INT publique eventualmente el material, en el marco de los convenios de coedición que este último rubrique con las instituciones involucradas. 10. Currículum de todas las personas que integran la investigación, firmados por el titular del currículum en todas sus hojas, el cual tendrá carácter de Declaración Jurada (el Jurado Nacional de Calificación de Proyectos podrá solicitar certificaciones si lo considera necesario). 11. En caso de proyectos grupales, presentar detalle de las realizaciones hechas en común por el equipo de investigación firmado por la persona responsable en todas sus hojas (es importante discriminar cuáles de ellas fueron subsidiadas por el INT); para que se tengan en cuenta deben adjuntarse comprobantes y/o documentación. NOTA: La presentación de la documentación especificada es obligatoria; no se dará curso a las solicitudes de quienes no cumplan con la misma, a excepción de lo solicitado en el punto “En caso de proyectos grupales”: La falta de presentación de estos comprobantes y/o documentación no impedirá la tramitación de la solicitud, pero el Jurado podrá no tener en cuenta este punto al momento de la evaluación si considera no contar con material suficiente que acredite lo declarado.

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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD 1. El Jurado Nacional de Calificación de Proyectos evalúa la solicitud de beca y el trabajo final presentado por el/la/los investigador/as/es. 2. Plan de Investigación: se tendrá en cuenta el objeto de investigación propuesto y el grado de aporte para las artes escénicas, los antecedentes, el marco conceptual, los interrogantes y problemas a los que pretende responder la investigación, los objetivos planteados, la justificación en la elección del objeto de estudio y relevancia de la investigación para la comunidad teatral, la metodología a utilizar, el cronograma de actividades planificado y la bibliografía. 3. Antecedentes individuales y/o grupales: se tendrá en cuenta la experiencia que cada uno de los integrantes tiene para afrontar el proyecto. Tendrá un valor adicional la experiencia en común que tenga el equipo de investigación. 4. Los antecedentes, la pertinencia y los motivos que justifican al tutor del trabajo de investigación: se tendrá en cuenta la experiencia, y conocimientos que tenga en el tema de investigación. 5. Evaluación del trabajo final: Se tendrán en cuenta la calidad de los contenidos y la claridad en la presentación, los resultados del trabajo y su aplicabilidad (se sugiere consignar toda la información necesaria para que pueda ser entendido claramente y no sea necesario hacer supuestos durante su valoración). No se aceptarán trabajos incompletos y/o mal presentados (el material deberá encontrarse ordenado de manera homóloga, legible y prolija). El Jurado Nacional de Calificación de Proyectos podrá aprobar, o no, el trabajo final presentado; asimismo, podrá solicitar a las personas a cargo de la Investigación que reformule/n el trabajo como máximo hasta en tres oportunidades, y en caso de no aprobarlo en esa última instancia, se suspenderán los aportes dejando sin efecto el pago del monto restante. 6. El trabajo final, deberá contener lo siguiente: 6.1. Carátula: Título del trabajo 6.2. Nombre de las personas que integran la investigación 6.3. Nombre de la persona tutora 6.4. Lugar y fecha de realización 6.5. Índice General 6.6. Introducción (explicitar los objetivos del trabajo, el estado del arte del tema abordado, la hipótesis, la relevancia de la investigación, la metodología y las técnicas de investigación utilizadas) 6.7. Cuerpo (es el desarrollo del trabajo en sí mismo) 6.8. Conclusiones 6.9. Bibliografía 6.10. Anexos 7. El trabajo final deberá estar avalado y firmado por el/los tutores de la beca JURADO NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE PROYECTOS. La calificación del Jurado Nacional de Calificación de Proyectos, en todas las instancias, será inapelable. Cualquier situación no prevista en la presente Reglamentación será resuelta por el Consejo de Dirección del INT. APROBACIÓN DE LA BECA a. El Consejo de Dirección realizará la aprobación de la beca de acuerdo a los recursos presupuestarios existentes y al orden de mérito establecido por el Jurado Nacional de Calificación de Proyectos, en acta correspondiente. b. Se otorgarán las becas según orden de mérito, siempre y cuando en su evaluación global obtengan SIETE (7) puntos o más. c. En el caso de otorgarse la beca, la misma podrá atender parcialmente los montos necesarios para realizar el estudio. Independientemente del monto de la beca, una vez aceptada, el estudio deberá tener el carácter planteado en la solicitud. d. Compromiso a adquirir por las personas que integran la investigación Independientemente del monto de la beca, sea individual o grupal, una vez aceptada la misma, deberá/n: e. Realizar el trabajo de investigación propuesto en la solicitud, en las etapas y fechas consignadas en la misma

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¿Qué más necesito saber?
                                

CAMBIOS DEL OBJETO DE INVESTIGACIÓN 1. No se aceptarán cambios de objeto de investigación, ni prórrogas para su realización. 2. Si al momento de tramitar la beca se detectan cambios en algunos de los puntos mencionados, la beca quedará inmediatamente sin efecto. 3. Si el becario ya hubiera cobrado alguna cuota y en alguna de las rendiciones se detecta algún cambio, se considerará no cumplido el objeto de la beca otorgada y se aplicará el Reglamento de Inhabilitaciones. 4. En caso de cambio de Tutor, el solicitante deberá presentar, la documentación del nuevo tutor propuesto, que fuera requerida en la solicitud para ser nuevamente evaluado por el Jurado Nacional de Calificación de Proyectos. 5. Realizar la rendición correspondiente en tiempo y forma (ver “Rendición de la beca”) 6. Realizar la contraprestación reglamentaria (ver “Contraprestación de las personas que integran la investigación). 7. Incorporar en toda papelería, folletería u otro medio de promoción y/o difusión gráfica, audiovisual o de cualquier otro tipo, la frase: “Este Trabajo de Investigación cuenta con el apoyo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO”. 8. En el caso de difusión a través de redes sociales, arrobar al organismo en las siguientes cuentas INSTAGRAM: @inteatro_arg, @culturanacionar, TWITTER: @inteatro_arg @CulturaNacionAR, FACEBOOK: https://www.facebook.com/inteatro, y redes de la representación provincial correspondiente. CONTRAPRESTACIÓN DE LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LA INVESTIGACIÓN a. Deberán llevar a cabo el “Plan de Transferencia y Beneficiarios” en acuerdo con organismos de derechos humanos de la región o localidad de residencia de la/s persona/s investigadoras, debiendo ser una contraprestación gratuita y pertinente respecto de la temática abordada poniendo en valor la información en vínculo con la comunidad, cuya realización podrá ser convenida con el/la Representante Provincial del INT. El becario dispondrá de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días a partir de finalizada la beca para realizarlo. b. Esta contraprestación forma parte de la rendición final de la beca, sin el cumplimiento de la misma, no se considerará rendida la beca siendo pasible de aplicación las sanciones correspondientes según el Reglamento de Inhabilitaciones. RENUNCIAS 1. Para renunciar a la solicitud de beca o a la beca (si ésta ya hubiera sido otorgada por el Consejo de Dirección del INT y aún no percibida por la persona responsable), la/s personas Investigadora/s deberá/n presentar una nota en la correspondiente Representación Provincial del INT (la nota deberá estar firmada, con aclaración de firma y DNI) por la persona responsable y por los demás integrantes si los hubiere (la persona responsable y los integrantes, si los hubiere, debe/n coincidir con lo consignado en el Formulario de solicitud). 2. Cualquier situación no prevista en la Reglamentación, será dirimida por el Consejo de Dirección del INT.

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¿Cuáles son las fechas clave?
                                

Apertura de la convocatoria: 18 de julio de 2022 Fecha límite para postular: 31 de agosto de 2022

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

Instituto Nacional del Teatro (INT) http://www.inteatro.ar/ Dirección: (Sede Central) Av. Santa Fe 1235, C1059 ABG, Buenos Aires, Argentina Teléfono: +54 11 4815-6661

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Aviso importante:
Este no es el sitio oficial de la beca. Esta página contiene información resumida sobre la convocatoria de la beca recopilada por nosotros con fines exclusivamente de divulgación. Tratamos de que esta información sea correcta y esté actualizada. Sin embargo, la información de la convocatoria puede cambiar en cualquier momento sin previo aviso. Recomendamos siempre visitar la página web de la institución que concede la beca (o contactarla directamente), para obtener información completa y actualizada de las becas que le interesen. Cualquier uso que se haga de la información divulgada por Becas sin fronteras será estrictamente responsabilidad del usuario, por su cuenta y riesgo. Conozca nuestras Políticas de uso para mayor información.