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Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021

Becas para estudios de posgrado, estancias posdoctorales y de investigación en el extranjero para personal académico de la UNAM.

Inicio Convocatoria
03/12/2020
Cierre Convocatoria
26/01/2021
Estatus
CONVOCATORIA
Cerrada

Información de la beca

01
¿Quién concede la beca?

La Universidad Nacional Autónoma de México - UNAM, a través de la Dirección General de Asuntos del Personal Académico - DGAPA.

Otras becas relacionadas con estas instituciones:
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¿A quién va dirigida esta convocatoria?
                                

Las Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021 tienen como objetivo contribuir a la superación del personal académico y al fortalecimiento de la planta académica de las entidades, mediante apoyos para realizar: 1. ESTUDIOS DE POSGRADO Se darán apoyos al personal académico de tiempo completo, medio tiempo y a los profesores y profesoras de asignatura con tres años de antigüedad y un mínimo contratado de 10 horas-semana-mes frente a grupo, para realizar estudios de maestría y de doctorado en la UNAM, o bien, estudios de doctorado en una institución pública de educación superior en México, siempre y cuando el proyecto de investigación no se pueda desarrollar en algún programa de posgrado de la UNAM (http://www.posgrado.unam.mx/). Se darán apoyos al personal académico de tiempo completo, definitivo, para realizar estudios de doctorado en el extranjero, únicamente en los casos en que se justifique que el proyecto de investigación no se pueda desarrollar en la UNAM. Estos apoyos deben corresponder a áreas prioritarias dentro del plan de desarrollo de la entidad académica y deberán estar plenamente fundamentados. Sólo para el caso de escuelas, se otorgarán becas con el fin de obtener una maestría en una institución pública de educación superior en México, en un campo de especialidad que no se ofrezca en la UNAM. Asimismo, y con el objeto de que puedan formar una planta académica con nivel de posgrado, se aceptarán solicitudes de profesores y profesoras con menos de 10 horas-semana-mes contratadas frente a grupo, siempre y cuando se justifique razonadamente su participación. El personal académico que se encuentre becado por el PASPA realizando estudios de doctorado en la UNAM, podrá concursar por una beca para realizar una estancia de investigación en el extranjero vinculada a su proyecto de investigación doctoral, con una duración mínima de un mes y máxima de seis meses. Dicho periodo deberá quedar comprendido en los semestres escolares que defina el plan de estudios. Esta beca no podrá ser otorgada más de una vez para la misma persona. 2. ESTANCIAS SABÁTICAS, POSDOCTORALES O DE INVESTIGACIÓN Se otorgarán apoyos para realizar estancias sabáticas en México o en el extranjero, estancias de investigación en México o en el extranjero, y estancias posdoctorales en el extranjero. Las estancias deberán tener como objetivo desarrollar un proyecto de investigación o de innovación docente en el contexto de la superación académica y ser consistentes con el Plan de Desarrollo de la entidad. Para el caso de personas con nombramiento de profesor las estancias podrán consistir en actividades de superación académica. Para las personas académicas adscritas a las áreas artísticas que carezcan del título de licenciatura, la Comisión Técnica del programa evaluará las solicitudes del personal académico de tiempo completo definitivo, a partir de sus antecedentes académicos, trayectoria artística y su experiencia profesional. En todos los casos el proyecto y el programa de trabajo deberán señalar concretamente la aportación individual de la persona solicitante para el desarrollo de los mismos, por lo que el producto tangible resultado de la estancia deberá contener de manera explícita la participación y contribución significativa del becario o becaria, y deberá reflejarlo con claridad. El seguro de gastos médicos mayores para la persona académica y sus beneficiarios o beneficiarias aplica sólo para estancias con comisión con una duración mayor a seis meses. Para el caso de estancias con una comisión menor a los seis meses el seguro de gastos médicos mayores que tiene contratado la UNAM para su personal académico es sólo para casos de emergencia y únicamente cubre a la persona comisionada. En todos los casos, la entidad académica debe avisar a la Dirección General de Personal. MODALIDADES DE LAS ESTANCIAS SABÁTICAS Las estancias sabáticas pueden realizarse en una institución de educación y/o de investigación del extranjero o en México, en una institución pública de educación superior y/o de investigación, o en una entidad académica de la UNAM (distinta a la entidad de adscripción). Únicamente pueden participar personas con nombramiento de profesor o de investigador de carrera definitivos. DURACIÓN De uno a doce meses. Para el caso de estancias con una duración menor a seis meses, éstas deberán ser parte de un programa sabático con una duración mínima de seis meses. En caso de que el proyecto académico lo justifique plenamente y esté debidamente argumentado, la estancia se podrá presentar en dos etapas, las que deberán llevarse a cabo en el mismo periodo sabático. CARACTERÍSTICAS EN EL EXTRANJERO Una beca cuyo monto estará establecido en el tabulador autorizado. Cuando cuenten con otro apoyo proporcionado por la UNAM se autorizará una beca que se determinará de manera que en ningún caso exceda el monto que otorga el PASPA. Sólo se permitirá que la persona académica cuente con un apoyo adicional del Programa de Apoyo a Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológica (PAPIIT) para la asistencia a congresos. Cuando el congreso se verifique en el mismo país donde la persona becaria esté realizando su estancia se autorizará un máximo de cinco días de viáticos con recursos del PAPIIT. Cuando el congreso se verifique en un país diferente al de la estancia del académico o académica, se autorizará un máximo de diez días de viáticos con recursos del PAPIIT. Asignación única para gastos de traslado, de acuerdo al tabulador establecido. Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a su personal académico, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal. CARACTERÍSTICAS EN MÉXICO Para estancias sabáticas en la UNAM, el plan de trabajo a desarrollar deberá estar aprobado (de acuerdo con el año lectivo) por los consejos técnicos o internos de la entidad de adscripción de la persona académica y de la entidad que lo recibe, y se sujetarán a las siguientes modalidades: Estancias del personal académico de las unidades multidisciplinarias (FES o ENES), del bachillerato o de una escuela, para desarrollar un proyecto de investigación o de innovación docente en colaboración con algún grupo de una facultad de Ciudad Universitaria o foránea, instituto o centro de investigación que se encuentre en otro campus. Estancias del personal académico de alguna facultad de Ciudad Universitaria o foránea, instituto o centro de investigación en alguna de las unidades multidisciplinarias (FES o ENES), en el bachillerato o en una escuela que se encuentre en otro campus. Estancias del personal académico de una facultad, instituto o centro de investigación en otra facultad, instituto o centro de investigación distinta a la de adscripción de la persona candidata al apoyo y que se encuentre en otro campus. En adición a la propia UNAM, únicamente se admitirán estancias sabáticas en instituciones públicas de educación superior y/o de investigación en México. Si el proyecto a desarrollar es de interés mutuo para la universidad pública del interior de la República Mexicana y para la UNAM, el objetivo de la estancia será el de apoyar las actividades de fortalecimiento académico de dicha universidad. Se otorgará una beca mensual equivalente a dos veces la unidad de medida y actualización (UMA) vigente, cuando la persona académica no tenga que cambiar de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM, o una beca mensual equivalente a cuatro veces la UMA vigente cuando la persona académica cambie de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM. Si la persona solicitante tiene algún ingreso adicional, se otorgará un complemento de manera que el ingreso total no exceda del máximo permitido de una beca, según sea el caso, adicional al salario de la persona académica en la UNAM. 3. ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN Las estancias de investigación pueden realizarse en el extranjero en una institución de educación y/o investigación de otro país o en México en una institución pública de educación superior y/o de investigación, en un laboratorio nacional o en una entidad académica de la UNAM diferente a la de adscripción. Estos apoyos no podrán ser otorgados más de una vez cada seis años para la misma persona. ESTANCIAS EN EL EXTRANJERO Se otorgarán a las personas con nombramiento de profesor o investigador de tiempo completo interino o definitivo para la realización de un proyecto de investigación o de innovación docente y a aquéllas con nombramiento de técnico académico de tiempo completo, interino o definitivo, para el aprendizaje y capacitación en nuevas técnicas. El proyecto a realizar debe ser de interés especial y manifiesto en el plan de desarrollo de la entidad académica postulante, de manera tal, que la estancia sea indispensable para su realización y se encuadre en la superación académica de la persona solicitante. DURACIÓN Las estancias de investigación tendrán una duración mínima de un mes y máxima de seis meses y serán improrrogables. En caso de que el proyecto académico lo justifique plenamente, la estancia se podrá presentar en varias etapas, las que deberán llevarse a cabo en un periodo máximo de doce meses a partir de la primera etapa y no deberán sobrepasar los seis meses en total. ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN EN MÉXICO EN LA UNAM Estancias en otra unidad multidisciplinaria (ENES o FES), facultad, escuela, instituto o centro de investigación. Se otorgarán a personas con nombramiento de profesor o investigador de tiempo completo, interino o definitivo para apoyar la realización de un proyecto de investigación o de innovación docente o a personas con nombramiento de técnico académico de tiempo completo, definitivo, para el aprendizaje y capacitación en nuevas técnicas. El proyecto y el programa a realizar deben ser de interés especial y manifiesto en el plan de desarrollo de la entidad académica postulante y deberán ser aprobados por los consejos técnicos o internos de la entidad de adscripción de la persona solicitante y de la entidad receptora. ESTANCIAS EN UNA INSTITUCIÓN PÚBLICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y/O DE INVESTIGACIÓN EN LA REPÚBLICA MEXICANA Se otorgarán a personas con nombramiento de profesor o investigador de tiempo completo interino o definitivo para apoyar la realización de un proyecto de investigación o de innovación docente. El proyecto a realizar debe ser de interés especial y manifiesto en el plan de desarrollo de la entidad académica postulante, deberá contar con la anuencia de la institución académica donde realizará la estancia, y deberá estar aprobado por el consejo técnico o interno de la entidad de adscripción de la persona solicitante. ESTANCIAS EN UN LABORATORIO NACIONAL DE LA UNAM O DE OTRA INSTITUCIÓN Se otorgarán a personas con nombramiento de profesor, de investigador o de técnico académico de tiempo completo, interino o definitivo, para colaborar en un proyecto de investigación en desarrollo en un laboratorio nacional de la UNAM o de otra institución. El programa de trabajo a desarrollar deberá ser acorde con las líneas de investigación del laboratorio nacional y resultar de interés prioritario en el plan de desarrollo de la entidad académica postulante. Para el caso de quienes tengan nombramiento de técnico académico se otorgará el apoyo también para el aprendizaje y actualización en nuevas técnicas. DURACIÓN Las estancias de investigación tendrán una duración mínima de un mes y máxima de seis meses consecutivos y serán improrrogables. 2.2.4 CARACTERÍSTICAS: Una beca mensual equivalente a dos veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente cuando la persona académica no tenga que cambiar de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM, o una beca mensual equivalente a cuatro veces la UMA vigente cuando la persona académica cambie de ciudad de residencia y no tenga ingresos adicionales al salario de la UNAM. 4. ESTANCIAS POSDOCTORALES EN EL EXTRANJERO Se otorgarán a personal académico de tiempo completo, con la categoría de asociado C o titular, interino o definitivo, para la realización de un proyecto de investigación en una institución de educación superior y/o de investigación extranjera. La entidad académica deberá manifestar un interés específico en que se realice dicha estancia posdoctoral. Asimismo, la entidad académica y la persona académica apoyada deberán expresar el compromiso mutuo de su reincorporación a la entidad académica postulante al término de la estancia. La persona candidata deberá haber obtenido el grado de doctorado en los últimos cinco años. DURACIÓN: Las estancias deberán ser por doce meses y son improrrogables.

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¿Qué beneficios ofrecen las Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021?
Dotación / Estipendio / Apoyo económico / Salario
Seguro / Beneficios médicos
Transporte internacional
Matrícula / Colegiaturas
Otros
                                

NOTAS SOBRE LOS BENEFICIOS El PASPA otorgará becas a las y los académicos de la UNAM para la realización de: Estudios de posgrado, Estancias sabáticas, Estancias de investigación y Estancias posdoctorales en el extranjero DURACIÓN DE LOS BENEFICIOS 1. Los apoyos económicos se otorgarán por periodos anuales. 2. La duración se calcula a partir de la primera inscripción al programa de posgrado, independientemente de que ésta se haya hecho con anterioridad a la solicitud de la beca. 3. Para obtener el grado de maestría, hasta dos años. 4. Para obtener el grado de doctorado, hasta cuatro años. En términos del artículo 95 del EPA, las comisiones para realizar estudios no deben exceder de tres años. Sin embargo, y en caso de que la persona académica no haya concluido los estudios de doctorado en esos tres años, podrá continuar los estudios con una licencia sin goce de salario (artículo 97, inciso g del EPA). CARACTERÍSTICAS EN MÉXICO a. Las personas académicas becarias no podrán contar con otra beca, interna o externa a la UNAM. b. Para el personal académico de tiempo completo y de medio tiempo se otorgará una beca mensual de acuerdo con el tabulador de becas de posgrado de la UNAM, con excepción de aquellas personas que no deban cambiar de residencia durante sus estudios, en cuyo caso se otorgará únicamente la tercera parte del monto establecido. c. Para los profesores y profesoras de asignatura, y en caso de que no reciban ningún otro ingreso económico adicional a su salario en la UNAM, se otorgará un apoyo complementario de acuerdo con el tabulador autorizado. Cuando se cuente con un apoyo adicional, se otorgará un apoyo complementario sin que el monto total que se reciba exceda del monto establecido en el tabulador autorizado. d. Pago de inscripción y de colegiaturas, para estudios fuera de la UNAM. CARACTERÍSTICAS EN EL EXTRANJERO 1. Para realizar estudios de doctorado o estancia de investigación en el extranjero vinculada al proyecto de investigación doctoral que desarrolla en la UNAM, se otorgará una beca mensual de acuerdo con el tabulador autorizado. 2. Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga al personal académico, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal. 3. Pago total o parcial de inscripción y de colegiaturas sólo para estudios de doctorado en el extranjero. 4. Para estudios de doctorado asignación para gastos de traslado al inicio y a la obtención del grado, de acuerdo con el tabulador establecido. 5. Para estancia de investigación vinculada al proyecto de investigación doctoral, asignación única para gastos de traslado de acuerdo al tabulador establecido. BENEFICIOS PARA LAS ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN NACIONALES a. Un monto de beca que estará establecido en el tabulador de becas autorizado. b. Asignación única para gastos de traslado, de acuerdo con el tabulador establecido. c. Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a su personal académico, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal. d. Cuando cuenten con otro apoyo proporcionado por la UNAM se autorizará una beca que se determinará de tal manera que en ningún caso exceda el monto que otorga el PASPA. PARA EL APOYO A ESTANCIAS POSDOCTORALES EN EL EXTRANJERO 1. Una beca cuyo monto estará establecido en el tabulador autorizado. 2. Cuando cuenten con otro apoyo proporcionado por la UNAM se autorizará una beca que se determinará de manera que en ningún caso exceda el monto que otorga el PASPA. 3. Asignación única para gastos de traslado, de acuerdo al tabulador establecido. 4. Seguro de gastos médicos mayores que la UNAM otorga a su personal académico, el cual deberá tramitar la entidad académica ante la Dirección General de Personal.

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¿Cuáles son los requisitos para lograr una de las Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021?
                                

REQUISITOS GENERALES 1. Los candidatos y candidatas deberán contar, al momento de iniciar el apoyo, con la comisión con goce de salario o con la licencia sin goce de salario, aprobada por el Consejo Técnico correspondiente, en los términos del Estatuto del Personal Académico de la UNAM. 2. Las candidatas y candidatos propuestos deberán contar con título de licenciatura o grado superior y deberán ser: a) Personal académico de carrera de tiempo completo b) Profesor de asignatura con 3 años de antigüedad y un mínimo contratado de 10 horas-semana-mes frente a grupo 3. Las candidatas y candidatos que cuenten con un cargo académico-administrativo, deberán renunciar al mismo durante el periodo de la beca. 4. Las personas académicas seleccionadas deberán cumplir con las Reglas de Operación del Programa de Apoyos para la Superación del Personal Académico de la UNAM. 5. Contar con título de licenciatura o grado superior. 6. Ser personal académico de tiempo completo, de medio tiempo o profesor o profesora de asignatura con tres años de antigüedad y un mínimo contratado de 10 horas-semana-mes frente a grupo. 7. Contar con la aprobación del consejo técnico correspondiente de los programas e informes de trabajo anuales de los últimos tres años (artículos 56, inciso b y 60 del EPA). 8. La persona académica interesada deberá estar inscrita o aceptada en algún programa de posgrado de reconocida calidad. 9. Tener el aval de la Subcomisión de Superación del Personal Académico de la entidad, la cual deberá justificar académicamente su postulación a este programa y señalar cómo se vincula al Plan de Desarrollo de la entidad. 10. Contar con las comisiones con goce de sueldo o las licencias sin goce de sueldo en todos sus nombramientos, aprobadas por los consejos técnicos correspondientes. 11. Presentar la solicitud debidamente formulada y acompañada de la documentación requerida. 12. Presentar Currículum vitae actualizado. 13. Presentar constancia expedida por la Dirección General de Personal que indique categoría y antigüedad. 14. Presentar síntesis curricular de su tutor o tutora. 15. Presentar copia del plan de estudios que cursará, donde se señalen los requisitos de ingreso y de graduación, así como la duración total esperada hasta la obtención del grado. 16. Presentar un anteproyecto de investigación a realizar durante el posgrado. 17. Presentar el programa de trabajo a desarrollar durante el primer año del posgrado. 18. Presentar compromiso de dedicación de tiempo completo a los estudios para los que solicita la beca. 19. Optar por un grado superior al máximo que se posea, excepto para personas académicas con maestría que opten por realizar la Maestría en Docencia para la Educación Media Superior (MADEMS). 20. Haber tenido un desempeño satisfactorio en los programas de la UNAM que administra la DGAPA. Asimismo, deberá haber cumplido con las obligaciones y compromisos asumidos en dichos programas. 21. No tener un cargo académico-administrativo durante el periodo de la beca. 22. Carta compromiso con la DGAPA firmada, en original, por la persona académica interesada. 23. Presentar la información oficial sobre los costos de inscripción y colegiatura en el caso de estudios de posgrado fuera de la UNAM. 24. En caso de cambio de ciudad de residencia, incluir documentación oficial que acredite la fecha de traslado. 25. Para estudios de posgrado en la UNAM, la persona responsable de brindar asesoría deberá tener nombramiento de profesor o investigador de tiempo completo. 26. Presentar documento que especifique que leyó y acepta cumplir con las Reglas de operación del Programa. PARA ESTUDIOS DE DOCTORADO EN EL EXTRANJERO, ADEMÁS DE LOS REQUISITOS MENCIONADOS a. Ser personal académico de tiempo completo definitivo. b. Presentar la justificación y las razones por las cuales se opta por realizar el doctorado en el extranjero. c. Presentar carta del posgrado correspondiente de la UNAM en la que confirme que los estudios de doctorado no se pueden realizar en esta Institución. d. Presentar constancia de acreditación del dominio del idioma del país receptor, expedida por la Escuela Nacional de Lenguas, Lingüística y Traducción, por alguno de los centros de idiomas de las unidades multidisciplinarias de la UNAM, o por las instancias acreditadas por la embajada del país donde realizará los estudios (550 TOEFL) (6.0 IELTS) (Diploma DELF 1er DEGRÉ). e. Para la realización de estudios en una universidad de habla hispana las personas candidatas a beca deberán presentar la constancia de dominio de otro idioma distinto al español. PARA ESTANCIAS DE INVESTIGACIÓN EN EL EXTRANJERO VINCULADAS AL PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DOCTORAL, ADEMÁS DE LOS REQUISITOS GENERALES MENCIONADOS, CUMPLIR CON LOS SIGUIENTES 1. Ser becaria o becario vigente del PASPA. 2. Contar con la aceptación oficial de la institución receptora en el extranjero en la que se especifique la duración y la fecha de inicio. 3. Haber cumplido con el programa de trabajo aprobado por el PASPA. 4. Presentar la síntesis ejecutiva del Currículum vitae de la persona asesora en el extranjero. 5. Presentar la justificación y las razones por las cuales quiere realizar la estancia, avaladas por el tutor o la tutora. 6. Presentar la autorización del comité académico del posgrado correspondiente, para realizar la estancia de investigación. 7. Presentar la constancia de acreditación del dominio del idioma del país receptor (que no sea de habla hispana) o de inglés, expedida por la Escuela Nacional de Lenguas, Lingüística y Traducción o por alguno de los centros de idiomas de las unidades multidisciplinarias de la UNAM. 8. Presentar el programa de trabajo a desarrollar durante la estancia en el extranjero avalado por el tutor o la tutora. REQUISITOS PARA ESTANCIAS SABÁTICAS, POSDOCTORALES O DE INVESTIGACIÓN a. Contar con la autorización del consejo técnico de la entidad académica para gozar del periodo sabático, y con las comisiones con goce de sueldo en todos sus nombramientos para realizar la estancia. b. Contar con el aval de la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad. c. Contar con la aprobación del consejo técnico de los programas e informes de trabajo anuales de los últimos tres años (artículo 60 del EPA). d. Presentar la solicitud debidamente formulada y acompañada de la documentación requerida. e. Presentar Currículum vitae actualizado. f. Presentar una síntesis ejecutiva del proyecto debidamente estructurado (antecedentes, hipótesis, objetivos, metas, metodología, bibliografía, etc.). g. Presentar el programa de trabajo detallado y calendarizado; éste deberá especificar los lugares y los periodos donde se realizarán las actividades. h. Presentar documento que especifique los productos finales tangibles que se compromete a entregar, los cuales deberán ser derivados directamente y consistentes con el proyecto presentado para su aprobación a la Comisión Técnica del Programa. i. Contar con la invitación de la institución donde desarrollará el programa de trabajo, en la que se especifiquen la duración y la fecha de inicio. j. Dedicar tiempo completo al programa de trabajo aprobado. k. Haber tenido un desempeño satisfactorio en los programas de la UNAM que administra la DGAPA. Asimismo, deberá haber cumplido con las obligaciones y compromisos asumidos en dichos programas. l. Carta compromiso con la DGAPA firmada, en original, por la persona académica. m. No tener un cargo académico-administrativo durante el periodo de la beca. GACETA UNAM CONVOCATORIAS | 3 de diciembre de 2020 n. Presentar la información académica sobre el grupo de trabajo con el que colaborará y/o Currículum vitae de la persona académica que fungirá como anfitriona. o. Presentar constancia expedida por la Dirección General de Personal que especifique la figura académica que posee y la antigüedad académica que tiene. p. En caso de cambio de ciudad de residencia, documentación oficial que acredite la fecha de traslado. q. La persona académica que obtenga la beca, cuya estancia sea mayor de seis meses, deberá presentar un documento del comité académico del posgrado, respecto de la asesoría de sus alumnos adscritos, en el que señale el nombre de quien le sustituirá y será responsable de ejercer la tutoría durante el periodo de su estancia, o bien, el permiso para continuar la tutoría vía electrónica. En el caso de asesorar a alumnos que estén realizando tesis de licenciatura, deberá entregar también un documento que refleje el compromiso para continuar su asesoría vía electrónica. r. Para las estancias sabáticas menores a 6 meses, entregar el programa de trabajo a desarrollar durante todo el periodo autorizado por su consejo técnico.

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¿Cómo hago la solicitud?
                                

SOLICITUD 1. Las propuestas de candidaturas y el otorgamiento de los apoyos en esta convocatoria, se harán de acuerdo con las Reglas de Operación del Programa de Apoyos para la Superación del Personal Académico de la UNAM vigentes, publicadas en Gaceta UNAM y en el sitio web de la DGAPA, dirección electrónica: https://dgapa.unam.mx/images/paspa/2021_paspa_reglas_operacion.pdf 2. Los candidatos y candidatas deberán presentar las solicitudes acompañadas de la documentación requerida a la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad de adscripción. 3. Las solicitudes serán evaluadas por la Subcomisión de Superación del Personal Académico de la entidad, quien será la encargada de postular las solicitudes ante la Comisión Técnica del PASPA. 4. Sólo las solicitudes de apoyo debidamente requisitadas y acompañadas con la documentación correspondiente, (carpeta electrónica integrada de acuerdo a lo establecido en las reglas), serán evaluadas y dictaminadas por medio de los procedimientos que se establecen en las Reglas de Operación del Programa de Apoyos para la Superación del Personal Académico. 5. La Dirección General de Asuntos del Personal Académico (DGAPA) someterá toda solicitud a la consideración de comisiones evaluadoras integradas por académicos destacados, de acuerdo a las diversas áreas del conocimiento. La aprobación definitiva la dará la Comisión Técnica del Programa de Apoyos para la Superación del Personal Académico de la UNAM, tomando en consideración los dictámenes que resulten del proceso de evaluación y del presupuesto disponible. PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN 1. No se recibirán expedientes incompletos ni extemporáneos, con respecto a la fecha de inicio del apoyo solicitado. 2. La documentación debe entregarse en una carpeta electrónica con los archivos digitales en formato PDF, mismos que deberán ser digitalizados de los originales con una resolución mínima de 100dpi (puntos por pulgada), con un tamaño máximo de 15 MB por archivo. 3. La carpeta electrónica deberá entregarse por correo electrónico o en un dispositivo de almacenamiento (CD, DVD o USB); la modalidad de la entrega será determinada por la entidad académica, quien la hará del conocimiento de las y los interesados en participar en el Programa. 4. La entrega de la documentación digitalizada (carpeta electrónica) a la DGAPA deberá ser vía correo electrónico. 5. La información digitalizada será de utilidad para el proceso de evaluación, ya que dicha información estará disponible para las comisiones evaluadoras que participan en el proceso. PARA RENOVACIÓN DE BECAS a. Las renovaciones serán anuales o semestrales, según el caso y se juzgarán en función del desempeño académico de la persona becaria. b. La Subcomisión de Superación del Personal Académico de la entidad enviará a la DGAPA, con su aval, las solicitudes de renovación de beca con dos meses de anticipación a la fecha de vencimiento del último periodo autorizado, anexando los siguientes documentos: b.1. Formato de solicitud Informe oficial de calificaciones y del número de créditos cubiertos durante el último periodo de la beca. b.2. Constancia de inscripción o, para el caso de las personas académicas que se encuentran realizando su tesis de posgrado, constancia que indique dicha situación. b.3. Informe de actividades realizadas durante el periodo anterior de beca, avalado por el director o directora de tesis o quien ejerce la tutoría. b.4. Programa de trabajo actualizado para el periodo que se solicita, aprobado por el director o directora de tesis o quien ejerce la tutoría. b.5. Constancia de renovación de la comisión o las comisiones con goce de sueldo o de las licencias sin goce de sueldo. b.6. Documento en el que reitere su compromiso de dedicación de tiempo completo a los estudios. c. La DGAPA aprobará las solicitudes de renovación en función del dictamen presentado por la Subcomisión de Superación del Personal Académico de la entidad y pondrá a consideración de la comisión evaluadora correspondiente, aquellas solicitudes de renovación que presenten cambios en el programa de estudios, de la persona asesora o de institución. En estos casos, la comisión evaluadora decidirá si se aprueba la solicitud.

Imagen de Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021,
Imagen de Becas del Programa de apoyos para la superación del personal académico de la UNAM, PASPA, 2021. Foto: Becas sin fronteras
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¿Cómo se hace la selección del becario?
                                

La convocatoria estará abierta del 3 de diciembre del 2020 al 26 de enero del 2021. OBLIGACIONES DE LAS BECARIAS Y LOS BECARIOS 1. Cumplir con el programa de trabajo aprobado y, en su caso, obtener el grado en los tiempos establecidos por estas Reglas de Operación. 2. Dedicarse exclusivamente a su programa de estudios o de trabajo. 3. Conocer y cumplir las reglas del Programa. 4. Informar inmediatamente y solicitar la autorización correspondiente a la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad y a la DGAPA, de cualquier cambio al programa aprobado, así como cuando se ausente del lugar donde se le asignó el apoyo (país, ciudad o institución receptora). Para las estancias con una duración mayor a los 10 meses consecutivos se autorizarán ausencias por un máximo de 15 días hábiles. Estas no podrán ser al inicio o al término del periodo aprobado. 5. En caso de fuerza mayor, comunicar inmediatamente a su entidad académica y a la DGAPA su situación extraordinaria para poder definir lo que proceda. 6. En caso de cambio de residencia, presentar comprobante de llegada al destino de la estancia aprobada y comprobante que señale la fecha de salida del lugar donde se aprobó la estancia (pase de abordar e itinerario del pasaje aéreo). 7. Incluir en toda publicación, tesis, obra o producto generado con el apoyo de la beca, un reconocimiento explícito a la UNAM y al PASPA de la DGAPA. 8. Reembolsar a la UNAM el total de los gastos erogados cuando, a juicio de la comisión evaluadora, no se cumpla con el objetivo de cualquiera de estos apoyos o la persona académica no se reintegre a la UNAM. Asimismo, cuando no cumpla con alguna de las obligaciones comprometidas que se establecen en las presentes Reglas de operación. 9. Cuando la persona académica obtenga el grado o termine la estancia antes de finalizar el periodo aprobado y la DGAPA haya erogado la asignación económica respectiva al mes completo, la persona académica deberá reembolsar a la UNAM la cantidad económica correspondiente a los días que ya no permaneció en el sitio para el cual se le otorgó la beca, salvo los últimos dos días cuando el viaje de regreso a México desde el extranjero coincida con el fin de semana. 10. Informar a la DGAPA cuando finalice la estancia o el programa autorizado o se obtenga el grado antes del periodo aprobado por la Comisión Técnica del programa. 11. Mantener la relación laboral con la UNAM (conservando el nombramiento con el que fue postulado) durante el periodo del apoyo. 12. Cumplir con las obligaciones que señala la carta compromiso. 13. Entregar a la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad, al concluir el apoyo, un informe de las actividades realizadas y copia de las publicaciones, informes, patentes u otros productos generados. En el caso de estudios de posgrado, presentar a la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad un informe semestral de actividades que incluya constancias de las calificaciones obtenidas y, al término de los estudios, un informe general y copia del grado obtenido. 14. Informar inmediatamente a la DGAPA de cualquier remuneración o beca adicional que reciba durante el apoyo, además de las correspondientes a su salario, estímulos y prestaciones de la propia UNAM. 15. Para estudios de posgrado deberán mantener durante la vigencia del apoyo, un promedio superior a 8.5 o su equivalente, así como acreditar todos los cursos y actividades en las que se inscriba. Asimismo, la persona becaria deberá asegurarse de que la institución educativa donde realiza el posgrado, envíe a la DGAPA la documentación relativa a los pagos por concepto de inscripción y colegiaturas, o encargarse de realizar los trámites correspondientes. 16. Las personas académicas que tengan alumnos de posgrado realizando tesis bajo su dirección deberán informar al comité académico correspondiente sobre la obtención de la beca y para quienes asesoran a alumnos que desarrollan tesis de licenciatura deberán comprometerse a continuar proporcionando la asesoría por medios digitales. 17. Informar a la DGAPA, por vía electrónica, la recepción mensual de los depósitos del apoyo. 18. Informar a la DGAPA, por vía electrónica, cualquier cambio en su situación respecto al programa aprobado, particularmente cuando se presenten casos de fuerza mayor. CANCELACIÓN Y TERMINACIÓN DE LOS APOYOS a. Cuando se cumpla el periodo para el cual fueron otorgados o por incumplimiento del programa aprobado. b. Cuando a juicio de la Subcomisión de la entidad académica o de las comisiones evaluadoras del programa, los avances no sean satisfactorios. c. Por incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en estas Reglas de Operación. d. Cuando la persona becaria así lo solicite. e. Cuando la persona becaria omita o distorsione datos en la solicitud o en la documentación requerida que incidan en las obligaciones contraídas para recibir la beca. OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR 1. A partir de la fecha de publicación de la convocatoria, las personas interesadas deberán dirigirse a la Subcomisión de Superación del Personal Académico de su entidad académica para obtener la información respectiva para la entrega de la documentación. 2. Las personas interesadas deberán presentar la solicitud de beca acompañada de la documentación completa, respetando la fecha límite de entrega que señale la subcomisión de su entidad académica de adscripción. CALENDARIO DEL PROGRAMA: a. La Subcomisión de Superación del Personal Académico correspondiente deberá entregar las solicitudes a la Dirección General de Asuntos del Personal Académico de acuerdo al siguiente calendario: a.1. PERIODO 2021-I - hasta el 26 de enero de 2021 a.2. PERIODO 2021-II - hasta el 13 de abril de 2021 a.3. PERIODO 2021-III - hasta el 6 de agosto de 2021 b. Los resultados se darán a conocer de acuerdo al siguiente calendario: b.1. PERIODO 2021-I - a partir del 19 de marzo de 2021 b.2. PERIODO 2021-II - a partir del 11 de junio de 2021 b.3. PERIODO 2021-III - a partir del 1 de octubre de 2021

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¿A quién le pregunto por esta beca?
                                

CONTACTO Dirección General de Asuntos del Personal Académico (DGAPA) de la UNAM https://dgapa.unam.mx/ Edificio "C" y "D", 4o. piso, Zona Cultural, Ciudad Universitaria, C.P. 04510, Coyoacán, Ciudad de México. Correo electrónico: dgapaweb@dgapa.unam.mx

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